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Necesito un visa

Visa en Linea

¿Necesito una visa para ir de turismo o negocios a Colombia?

Si usted tiene un pasaporte expedido por los Estados o territorios de la Lista A, B o C, o los que figuren como Casos especiales de exención de visado, podrá ingresar, permanecer y salir de Colombia, sin visa, para actividades de corta estancia (entre ellas, negocios, ocio, turismo o interés cultural), siempre y cuando estas actividades no generen pagos por servicios, salario o sueldo en Colombia. (Resolución 5488 de 22 de junio de 2022 y Resolución 3717 de 23 de mayo de 2023).

No se considerarán lucrativas las actividades de profesores, conferencistas o investigadores, invitados por instituciones académicas o de investigación que reciban algún tipo de reconocimiento en especie, viáticos, tiquetes aéreos, estipendio, gastos de viaje o manutención por parte de la institución académica que los invita o acoge, o de la organización del evento en el que participa.

Recuerde que es competencia discrecional del Gobierno de Colombia autorizar el ingreso y la permanencia de extranjeros al país, determinando las condiciones o requisitos para ello, así como las razones o motivos para salir y/o abandonar el territorio nacional

Consulta listas A, B y C

 

¿Necesito una visa de tránsito aeroportuario directo para pasar por Colombia?

Si usted posee un pasaporte de los siguientes Estados, requiere visa para realizar tránsito aeroportuario directo en los aeropuertos internacionales de Colombia con destino a un tercer Estado. Esta visa solo permite la permanencia en la zona de tránsito aeroportuario hasta por 24 horas, y no autoriza cambio de aeropuerto. La llegada y permanencia en tránsito internacional no se considera como un ingreso al territorio nacional (artículo 2º de la Resolución 3717 de 2023).

Consulta aquí

 

¿Qué tipo de visas hay en Colombia?

De acuerdo con la Resolución 5477 del 22 de julio de 2022 los tipos de visas en Colombia son: Visa de visitante (tipo V) - incluida la Visa de visitante (tipo V) de cortesía, Visa de Migrante (tipo M) y Residente.

Consulte las características

 

Cuadro comparativo de reclasificación de visas con la Resolución 5477 de 2022