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Asuntos Jurídicos Internacionales

 

En el marco de las relaciones exteriores, existe un sistema normativo que constituye parámetros que procuran facilitar la interacción entre los Estados y los demás actores del sistema internacional. En esa medida, el Ministerio de Relaciones Exteriores cuenta con una dependencia que se encarga de la gestión jurídica internacional, con el fin último de proteger los intereses nacionales a través de las herramientas que ofrece el Derecho Internacional.

La Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales (DIAJI), de conformidad con el Decreto 869 de 2016, tiene como labor principal el planear, dirigir y controlar la gestión jurídica internacional que sea de competencia del Ministerio de Relaciones Exteriores, así como asesorar al Ministro, Viceministros, Secretario General y Directores, sobre la misma.

La Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales se encuentra dividida en tres ejes temáticos específicos, organizados en coordinaciones así:
•    Grupo Interno de Trabajo de Naturalización, Renuncia y Recuperación de la Nacionalidad
•    Grupo Interno de Trabajo de Consultoría para Asuntos en Derecho Internacional
•    Grupo Interno de Trabajo de Tratados

Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales
 

Conforme al artículo 9 del Decreto 869 de 2016, las funciones principales que tiene la DIAJI a su cargo, son:

1.    Participar en la formulación de las políticas para la defensa jurídica internacional del Estado colombiano y apoyar a las entidades que representen sus intereses en materia judicial en el ámbito internacional.
2.    Proponer al Ministro, los viceministros, el Secretario General y los Directores del Ministerio de Relaciones Exteriores, la política del Estado colombiano para la negociación y suscripción de instrumentos internacionales de carácter vinculante y no vinculante.
3.    Estudiar, cuando le sea solicitado por el Ministro o los Viceministros, las reclamaciones diplomáticas que se presenten ante el Gobierno de Colombia o que este deba presentar ante otros gobiernos u organismos internacionales.
4.    Adelantar los trámites que en materia de extradición activa y pasiva le correspondan al Ministerio de Relaciones Exteriores.
5.    Elaborar estudios y conceptos sobre temas de derecho internacional público y privado, de conformidad con la solicitud del Ministro, los Viceministros, el Secretario General y los Directores y Jefes de Oficina del Ministerio de Relaciones Exteriores.
6.    Estudiar, conceptuar y tramitar las solicitudes de naturalización, renuncia y recuperación de la nacionalidad colombiana.
7.    Proyectar y sustanciar, de conformidad con la normativa vigente y en el ámbito de su competencia, los recursos que, en materia de naturalización de extranjeros, renuncia, recuperación de la nacionalidad colombiana y refugio le corresponda resolver al Ministro de Relaciones Exteriores.
8.    Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.