¿Puedo solicitar permisos de trabajo de otros países en los consulados colombianos?
No. Los permisos de trabajo deberán solicitarse ante la entidad competente del país donde pretende establecerse o trabajar.
No. Los permisos de trabajo deberán solicitarse ante la entidad competente del país donde pretende establecerse o trabajar.
La autoridad deberá emitir un oficio de impulso a la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano. La información sobre dichas consultas se hará entre entidades no entre particulares, apoderados o interesados.