La persona que requiera una constancia de existencia y representación de una sociedad extranjera para efectos de lo establecido en el Título VIII del Código de Comercio, deberá solicitarlo ante el consulado de Colombia correspondiente (artículo 480 del Código de Comercio), previo el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a. Documento de identificación y comparecencia del (de los) solicitante(s).
b. Certificación de existencia y representación legal vigente de la sociedad extranjera, expedida por la respectiva autoridad competente.
Costos y medios de pago
Lista de consulados que reciben Money Order para realizar el pago:
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Recuerde que para efectuar su pago debe haber realizado previamente la formalización de la solicitud.
Debe validar los medios de pago habilitados por cada consulado. Ver Directorio de Consulados. |
Portal Único del Estado: https://www.gov.co/ficha-tramites-y-servicios/T770