Casos especiales de exención de visado
- Los nicaragüenses que acrediten ser naturales de la Región Autónoma de la Costa Caribe Norte y de la Región Autónoma de la Costa Caribe Sur estarán exentos de visa de corta estancia si son titulares de permiso de residencia vigente en un Estado miembro del “Espacio Schengen” o en los Estados Unidos de América; o si son titulares de visa Schengen o visa de los Estados Unidos de América con una vigencia mínima de ciento ochenta (180) días al momento de ingreso al territorio nacional.
- Los nacionales de terceros países que sean, Residentes Permanentes en Estados miembros