Bogotá (abr. 4/17). La circular 018 emitida por el Ministerio de Salud en relación con las consideraciones sobre la exigencia o recomendación de la vacuna de la fiebre amarilla, expresa que la exigencia del Certificado Internacional de Fiebre Amarilla será únicamente para viajeros que se dirijan o regresen de estos países: Angola, República Democrática del Congo, Uganda y Brasil.
Para viajeros (nacionales e internacionales) que se dirijan a zonas endémicas en Colombia se recomendará que por lo menos 10 días previos a su viaje se vacunen contra la fiebre amarilla.
A continuación podrá consultar la circular 018:
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