Sus observaciones son importantes en la construcción del Decreto "Por el cual se adiciona el Titulo 9 a la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1067 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores, con el fin de reglamentar la operación y funcionamiento de los Centros Nacionales de Atención en Frontera (CENAF) y dar lineamientos para los Centros Binacionales de Atención en Frontera (CEBAF)".
Plazo para enviar sus observaciones: 1° al 16 de agosto de 2023
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