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Nuevo procedimiento para quienes requerían certificado de antecedentes judiciales para: ingresar a otro país, regularizaciones, nacionalizaciones y trámites internacionales

 

Bogotá, (Ene, 24/12).  Teniendo en cuenta la entrada en vigencia del Decreto - Ley No. 019 de 2012, el Ministerio de Relaciones Exteriores diseñó un procedimiento para los colombianos a los que normalmente les exigían el certificado de antecedentes judiciales legalizado o apostillado, como previo requerimiento soberano de cada país para ingresar a su territorio, realizar trámites de regularización, nacionalización y otros procedimientos de carácter internacional.

Este procedimiento diseñado por la Cancillería permite, desde hoy, emitir una certificación, partiendo de una base de datos conocida como “Consulta de Base de Datos de Antecedentes Judiciales”, la cual podrá ser apostillada o legalizada según sea el caso.

La persona interesada en obtenerlo puede ingresar a la página del Ministerio de Relaciones Exteriores a la sección “Trámites”, o directamente a través del link https://tramites.cancilleria.gov.co/Ciudadano/certificadoAntecedentes/solicitud.aspx donde están las indicaciones de lo que debe hacer la persona interesada en esta certificación.

Certificación consulta en línea de antecedentes judiciales

Una vez en la sección de trámites de la página www.cancilleria.gov.co  la persona interesada deberá diligenciar un formulario con unos datos básicos del ciudadano, donde deberá decir para qué necesita la certificación, y anotar un correo electrónico para que éste le sea enviado.

El sistema le presentará un formulario con los datos del costo del trámite y los datos de quien realizará el pago del mismo; si se encuentra en el exterior el único medio de pago es a través del Proveedor de Medios Electrónicos PSE; si se encuentra en Colombia podrá realizar el pago a través del Proveedor de Medios Electrónicos PSE o realizando el pago en cualquiera de las sucursales del banco GNBSudameris o cajeros electrónicos ATH imprimiendo el recibo de pago (el recibo para pago en banco se imprime de la página). El trámite solamente será autorizado después de realizado el pago. Una vez efectuado el pago le será notificado mediante correo electrónico el estado de su trámite y toda la información relacionada con el mismo. En caso de ser posible expedir su certificación esta será enviada mediante correo electrónico junto con la apostilla o legalización de la misma.

 

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