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Ministerio de Relaciones Exteriores informa que a partir del 25 de septiembre entró en vigor la Ley 2332, por medio de la cual se establecen los requisitos para aplicar al trámite de Nacionalidad Colombiana por Adopción

 

Bogotá D.C. 6 de octubre de 2023 - @CancilleriaCol- La Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales informa que la Ley 2332 del 25 de septiembre de 2023 deroga o deja sin efectos la Ley 43 de 1993 y en su lugar establece los requisitos y el procedimiento necesario para la adquisición, pérdida y recuperación de la nacionalidad colombiana.

La Ley 2332 de 2023 en su artículo 6° determina que la Naturalización es la decisión soberana y discrecional del Presidente de la República, delegada en el Ministro de Relaciones Exteriores, de otorgar la nacionalidad colombiana por adopción a un extranjero que cumpla los requisitos establecidos en la Constitución y la Ley.

En este sentido, los extranjeros residentes en la República de Colombia que quieran iniciar el trámite de Naturalización deberán estar domiciliados en el país por el termino de cinco (5) años continuos, contados a partir de la fecha de expedición de la visa de residente. El tiempo de residencia se reducirá a dos (2) años, si el extranjero cumple algunas de las siguientes condiciones:

  1. Estar casado o tener compañero (a) permanente colombiano(a).
  2. Tener hijos colombianos.
  3. Ser nacional español.

Aunado a lo anterior, al momento de crear el trámite y durante todo el proceso administrativo, el extranjero deberá mantener su visa de residente, cédula de extranjería y pasaportes vigentes, toda vez que el proceso de naturalización no exime a los extranjeros de cumplir con sus obligaciones migratorias.

Con la entrada en vigencia de la Ley 2332 de 2023 es necesario indicar que aquellas solicitudes de Nacionalidad Colombiana por Adopción que registren en el Sistema Integral de Trámites al Ciudadano – SITAC fecha de pago hasta el 24 de septiembre de 2023 continuarán su proceso de naturalización con aplicación de lo establecido en la Ley 43 de 1993.

De otra parte, para aquellas las solicitudes de Naturalización que registren pago desde el 25 de septiembre de 2023, el Ministerio de Relaciones Exteriores aplicará los requisitos y el procedimiento establecido en la Ley 2332 de 1993, por lo que lo invitamos a verificar de manera detallada los requisitos establecidos en la norma antes de crear su solicitud. 

Finalmente es oportuno comunicar que solicitar la Nacionalidad Colombiana por Adopción no implica su otorgamiento o concesión, por ser un proceso soberano y discrecional a cargo del Gobierno Nacional.

 

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