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La congestión de pasajeros en el aeropuerto El Dorado no se relaciona con la exención de visas de tránsito

 

  • La situación de congestión que se ha presentado recientemente en el Aeropuerto El Dorado y en otros aeropuertos del mundo responde principalmente a las dinámicas generadas por el aumento en los flujos migratorios globales. 
  • Las personas que permanecen en la zona de tránsito del Aeropuerto El Dorado arribaron a Colombia con destino final El Salvador. Tienen, en su mayoría, visa de tránsito y están a la espera de un vuelo de conexión. Esta espera, en ocasiones, llega a ser hasta de 48 horas o más. 
  • De acuerdo con la norma internacional es obligación de las aerolíneas asegurar que cada pasajero cumple con los requisitos del país de destino final. Las aerolíneas que no la cumplan pueden ser objeto de sanciones administrativas. En este sentido, el propósito principal del Gobierno Nacional es asegurar el cabal cumplimiento de la normatividad migratoria de Colombia por parte de las aerolíneas.

Bogotá, 21 de diciembre de 2021. El viceministro de Relaciones Exteriores, Francisco Coy, se refirió a la situación que se presenta con pasajeros procedentes de distintos países de África en el Aeropuerto El Dorado, aclarando que estas personas están en la zona de tránsito internacional a la espera de vuelos de conexión con destino a El Salvador. 

Al respecto, el viceministro explicó que el aumento en los flujos migratorios es una situación global y que la permanencia de estos pasajeros en la zona de tránsito del Aeropuerto se debe, en su gran mayoría, a conexiones demasiado prolongadas que estarían incumpliendo las normas de tránsito aeroportuario. Por esta razón, se iniciará un trabajo exhaustivo con las aerolíneas para garantizar el cumplimiento de las disposiciones en esta materia. Sobre este punto resaltó que: 

• En nuestro régimen de visado actual, la visa de tránsito sólo permite la permanencia en zona de tránsito aeroportuario hasta por 24 horas y no autoriza cambio de aeropuerto. En este momento, la espera de los vuelos de conexión de estos pasajeros se está tardando hasta 48 horas.

• Aunque de acuerdo con las nomas migratorias, a las personas con visa de tránsito no se les realiza un proceso migratorio, debido a la situación que se viene presentando, Migración Colombia como autoridad de control y verificación migratorio, en territorio nacional, realiza procesos de verificación a los pasajeros en la zona de tránsito, lo que no implica ingreso al país. 

Mediante estos procesos, se verifica la autenticidad de los documentos de viaje (pasaportes, visas, y otros requisitos para el destino final). Quienes presentan inconsistencias o documentos falsos son objeto de sanciones migratorias. Estas personas se remiten a las aerolíneas, las cuales, tienen la obligación de devolverlos a los sitios de origen. Se ha observado que, de los pasajeros que se encuentran en espera de conexión, menos del 10% no cumplen con los requisitos del país de destino, principalmente, El Salvador. Estas personas también son remitidas a las aerolíneas para que sean devueltas al puerto de origen.

• Con respecto a menores no acompañados Migración Colombia y el ICBF han establecido un protocolo de atención, que incluye la colaboración con aerolíneas como Turkish Airlines para identificar previamente la presencia de niños, niñas, adolescentes y familias en los vuelos con destino a Colombia.

• Las aerolíneas, son el primer filtro de los viajeros, por lo que, estamos conversando con ellas y las autoridades aeronáuticas nacionales e internacionales, para que refuercen los controles para evitar la devolución de los pasajeros que incumplan las medidas establecidas por el Gobierno colombiano. Hemos observado que se está presentando una flexibilización permanente en la aplicación de las normas y situaciones de sobreventa por parte de las aerolíneas.

En este sentido, a través de Aerocivil, “vamos a exigir que las aerolíneas se aseguren de que los pasajeros que embarcan cumplen las normas migratorias de cada uno de los países de tránsito y hasta el país de destino final. Lo anterior, incluye que los tiempos entre conexiones sea suficiente y que no exceda el máximo permitido en el aeropuerto, así como el cumplimiento de las normas aplicables al ingreso y la salida del país de menores no acompañados”, dijo el viceministro.

• Actualmente, mediante la resolución 3717 de 2023 se exige visa a 27 nacionalidades para realizar tránsito aeroportuario directo en los aeropuertos internacionales de Colombia, con destino a un tercer Estado. Entre ellas, tenemos 14 nacionalidades africanas: Angola, Burkina Faso, Camerún, Costa de Marfil, Egipto, Etiopía, Eritrea, Gambia, Ghana, Kenia, Mali, Nigeria, Sierra Leona y Sudan.

La resolución 3717 modificó la Resolución 5488 del 22 de julio de 2022 que contemplaba 41 nacionalidades que requerían visa de tránsito. La decisión de revisar este régimen se inició en octubre de 2022 a partir de criterios técnicos y políticos, y con base en datos estadísticos históricos.

“En este sentido, los datos que tenemos no permiten afirmar que existe correlación entre la exención del visado de tránsito aplicado desde junio pasado, con la situación que se observa en el aeropuerto El Dorado. Lo cierto es que, en materia de todo tipo de visas, los datos históricos asociados a estas nacionalidades dan cuenta de volúmenes de solicitudes de visa muy bajos”, explicó el viceministro.

 

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