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Comunicado de prensa

 

La Unidad Administrativa Especial Migración Colombia se permite informar que:
 
1. El día 9 de febrero de 2012 la señora Yuliet Carolina Tangarife Rojas se presentó a los Oficiales de Migración en el Aeropuerto Internacional Eldorado de Bogotá con sus dos hijos menores de 4 y 2 años de edad, con destino a la ciudad de Santiago de Chile, haciendo escala en Lima, Perú.
 
2. Para el trámite migratorio hacia ese lugar de destino, según las normas establecidas en Mercosur y al ser Colombia país asociado, la madre debía presentar además del registro civil de los dos menores, el permiso de salida del país que otorga el padre, con la debida autenticación notarial, y los dos pasaportes por tener los infantes menos de siete años.
 
3. Tan pronto se conoció esta situación, el Director de Migración Colombia ordenó abrir una investigación disciplinaria con el fin de esclarecer cómo los menores salieron del país sin los documentos requeridos. 
 
4. La Cancillería Colombiana, a través de su consulado en Santiago de Chile, emitió pasaportes de emergencia para tratar de evitar la deportación de los menores; a pesar de los esfuerzos de la Cónsul y de sus diálogos con autoridades chilenas, no fue posible garantizar la permanencia en ese país de los menores que llegaron a Santiago de Chile sin pasaporte.
 
5. En todo momento la madre y los dos pequeños fueron asistidos por las autoridades consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores, tanto en Santiago de Chile como en Lima, Perú donde hicieron escala en su retorno al país. A su llegada a Bogotá estuvieron acompañados por funcionarios de Migración Colombia y del Ministerio de Relaciones Exteriores hasta que fueron trasladados a Medellín donde se encontraron con sus familiares.
 
6. Es importante aclarar que según lo estipula la ley 1098 de 2006 "Código de Infancia y Adolescencia", los menores que van a salir del país, según el caso, deben presentar su pasaporte y el permiso de salida autenticado, tal como lo prevé el artículo 110 Parágrafo 1.
 
7. Colombia al ser país Asociado de Mercosur, sus nacionales pueden ingresar a los países miembros y asociados, con pasaporte y/o cédula de ciudadanía, tarjeta de identidad, cédula de extranjería (que no sea de nacionalidad restringida en los países de Mercosur). No obstante, por la decisión 014 de 2011 se reconoce como documento válido de viaje la tarjeta de identidad, PERO SOLO para infantes mayores de siete años.
 
8. En el caso de la CAN pueden ingresar en condición de turistas con pasaporte y/o tarjeta de identidad o registro civil de nacimiento los menores de siete años.
 
9. Para evitar inconvenientes solicite información a fuentes autorizadas. En la página web: www.migracioncolombia.gov.co, y en la del Ministerio de Relaciones Exteriores www.cancilleria.gov.co se encuentran a disposición de los ciudadanos todos los requisitos que se necesitan para el ingreso y salida del país tanto de nacionales como de extranjeros.
 
Bogotá, D.C., febrero 11 de 2012.

 

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