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¿Cuál es el plazo para declarar la condición de víctima?

Las personas que hayan sufrido violaciones a sus derechos en el marco del conflicto armado, entre el 1 de enero de 1985 y el 10 de junio de 2011, tendrán plazo hasta el 10 de junio de 2015 para declarar su condición de víctimas.

Las personas que hayan sufrido un hecho victimizante después del 10 de junio de 2011, contarán con dos (2) años a partir de la ocurrencia del hecho para solicitar su inclusión en el Registro.

Las víctimas de hechos anteriores al 1 de enero de 1985, aunque no son cobijadas por el proceso de reparación individual contemplado en la Ley, también tienen derecho a la verdad, a medidas de reparación simbólica y a recibir las garantías de no repetición previstas en la Ley 1448 de 2011, como parte del conglomerado social y NO es necesario que declaren.