¿Puedo tramitar visas de otros países en el Consulado?
No. El Consulado de Colombia solo expide visas a aquellos extranjeros que deseen ingresar al país. No se realizan trámites relacionados con visas americanas o de ningún otro país.
¿Si no resido en el área de la jurisdicción del Consulado puedo aplicar por una visa?
Si. Lo importante es que aporte los documentos que son requisito para el tipo de visa por la que está aplicando.
¿Puedo tramitar o renovar mi cédula de extranjería en el Consulado?
No. Ese trámite solo puede realizarse en Colombia en las oficinas de control migratorio, si la cédula de extranjería es colombiana.
¿Qué tramites puedo hacer en el Consulado?
Puede autenticar su firma en un documento, elaborar una escritura pública, solicitar una constancia de supervivencia o tramitar el permiso de salida de un menor de Colombia.
También puede solicitar un certificado de residencia para los trámites de su pensión, realizar una declaración de soltería, solicitar un certificado de vigencia de su licencia de conducción colombiana o autorizar la expedición de un pasaporte a un menor en Colombia.
También puede solicitar un certificado de residencia para los trámites de su pensión, realizar una declaración de soltería, solicitar un certificado de vigencia de su licencia de conducción colombiana o autorizar la expedición de un pasaporte a un menor en Colombia.
¿Qué documentos debo presentar en la notaría ?
Si usted es colombiano debe presentar, sin excepción, su cédula de ciudadanía. Si su cédula está en trámite, puede presentar la contraseña o prueba de que está en trámite. También se acepta el pasaporte colombiano vigente. Si es extranjero debe presentar el pasaporte.
¿Cómo solicito una Declaración de Soltería?
Debe presentar 2 testigos que, bajo la gravedad de juramento, declaren el estado civil del interesado. Todos los testigos y el interesado deben identificarse debidamente con cédula de ciudadanía o pasaporte vigente.
¿Puedo tramitar el RUT en el Consulado?
No. Actualmente existen dos formas de poder realizar el trámite desde el exterior. La primera de ellas es ingresando a la página web www.dian.gov.co en donde podrá solicitar la inscripción y posterior formalización del RUT. La segunda opción es por medio de un apoderado acreditado en Colombia, el cual deberá adjuntar toda la documentación necesaria.
¿Puedo presentar mi declaración de renta en el Consulado?
Sí. Deberá traer el formulario completamente diligenciado, copia del Rut y su cédula de ciudadanía amarilla con hologramas.
Nací en Colombia y necesito copia de mi Registro Civil de nacimiento. ¿Puedo pedir copias en el Consulado?
No. Si usted nació en Colombia y desea obtener la copia de su Registro Civil de nacimiento, debe hacer la solicitud directamente o por intermedio de un apoderado a la notaría en la cual fue registrado en Colombia. Para su trámite es necesario tener el número del registro y la fecha de inscripción, lo cual facilitará la búsqueda de este documento.
¿El Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, Embajada o Consulado Colombiano asume la defensa de los detenidos en el exterior?
No. La defensa de todo connacional detenido en el exterior debe ser asumida por su abogado. En caso de no tener dinero para sufragarla, será defendido por un abogado de oficio otorgado por el Estado receptor. Sin embargo, contamos con los servicios de una firma de abogados asesores para proporcionar orientación legal.