logo gov.co
Logo Cancillería

En ausencia de un tratado, el Trato Nacional se podrá conceder en virtud del principio de reciprocidad.

La Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, previo concepto técnico de la Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente, elaborará los certificados de reciprocidad respecto de los Estados con los cuales la República de Colombia no haya suscrito tratado en la materia. Dichos certificados serán publicados en el Sistema Electrónico de Contratación Pública –SECOP- y actualizados coordinadamente con la Agencia Nacional de Contratación Pública, Colombia Compra Eficiente.

Los certificados de reciprocidad son de carácter general y podrán ser consultados en el SECOP por las entidades públicas que abran procesos de selección y por las personas interesadas en participar en esos procesos.

En el evento en que no obre en el SECOP certificado de reciprocidad con un determinado País, se debe formular solicitud a la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales con miras a que se efectúen las respectivas consultas a las autoridades extranjeras y, de ser procedente, se elabore y publique el certificado.

NOTA 1: Los certificados de reciprocidad se encuentran actualmente publicados en el SECOP para su consulta en el siguiente link, en el que debe seguir las instrucciones que se enumeran a continuación: http://www.colombiacompra.gov.co

  1. Encontrará un recuadro que se titula: “COMPRADORES”.
  2. En este recuadro encontrará la opción: “INFORMACIÓN DE INTERÉS – CERTIFICADOS DE TRATO NACIONAL”.
  3. Al hacer clic en esta opción, el sistema le mostrará el listado de países respecto de los cuales se ha expedido certificado de reciprocidad.