Consultoría para Asuntos en Derecho Internacional

 

El Grupo Interno de Trabajo de Consultoría para Asuntos en Derecho Internacional, adscrito a la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, ejercerá las siguientes funciones:

  1. Proyectar estudios y conceptos en materia de derecho internacional, de acuerdo con las instrucciones del Director de Asuntos Jurídicos Internacionales.

  2. Proyectar estudios y conceptos sobre la aplicación e integración del derecho internacional en el ordenamiento jurídico interno, de acuerdo con las instrucciones del Director de Asuntos Jurídicos Internacionales.

  3. Proyectar y preparar las respuestas a los derechos de petición que versen sobre cuestiones de derecho internacional, de acuerdo con las instrucciones del Director de Asuntos Jurídicos Internacionales.

  4. Asistir a las reuniones, negociaciones, comités y grupos por delegación del Director de Asuntos Jurídicos Internacionales.

  5. Mantener actualizada la base de datos de pronunciamientos, análisis, conceptos y documentos preparados por el Grupo Interno de Trabajo de acuerdo con las instrucciones del Director de Asuntos Jurídicos Internacionales.

  6. Participar en la definición, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas, planes y programas relacionados con los temas de su competencia.

  7. Presentar los informes que sean requeridos por el Ministro, el Director de Asuntos Jurídicos Internacionales, los organismos de control y demás entidades, relacionados con las funciones asignadas al Grupo Interno de Trabajo.

  8. Mantener actualizada y sistematizada la documentación relativa a los asuntos relacionados con el Grupo Interno de Trabajo y velar por su correcto archivo y conservación.

  9. Proyectar los actos administrativos por medio de los cuales el Ministerio de Relaciones Exteriores resuelve los recursos legales presentados contra las decisiones expedidas en materia de reconocimiento de la condición de refugiado.

  10. Preparar el estudio y recomendaciones para el Director de Asuntos Jurídicos Internacionales para la votación de los casos que la Secretaría técnica de la Comisión Asesora para la Determinación de la Condición de Refugiado, someta a consideración de sus miembros.