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Se suspende temporalmente el término de 6 meses para la acreditación de la fe de vida (supervivencia) que se debía presentar ante las entidades que conforman el Sistema General de Seguridad Social Integral

 

Bogotá (mar. 28/20). El Ministerio de Relaciones Exteriores informa que, mediante el decreto 488 del 27 de marzo de 2020 emitido por el Ministerio del Trabajo, se suspende temporalmente el término de 6 meses para la acreditación de la fe de vida (supervivencia) que se debía presentar ante las entidades que conforman el Sistema General de Seguridad Social Integral.

Esta medida se toma en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19 para beneficiar a los colombianos en el exterior, especialmente aquellos pensionados y cuyo desplazamiento a los consulados se dificulta dadas las medidas de aislamiento preventivo y cierre de servicios públicos que se han ordenado en varios países.

El Ministerio de Relaciones Exteriores continúa trabajando para poder prestar la asistencia y facilitar los trámites y servicios a los connacionales en el exterior que sea posible en el marco de esta emergencia internacional.

Nota:

Que el artículo 8º del Decreto Legislativo 488 del 27 de marzo de 2020, solo aplica para las supervivencias cuyos vencimientos ocurrieron a partir de la declaratoria de la pandemia por el COVID-19, es decir, a partir del 11 de marzo de 2020.

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