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RESOLUCION 8783 DE 2017

(Noviembre 10)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

“Por medio de la cual se regula el Comité Sectorial de Gestión y Desempeño del Sector de Relaciones Exteriores, el Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio, y se deroga las Resoluciones 2197 de 2013, 455 de 2015, 456 de 2015, 4099 de 2016 y 7163 de 2016”.

LA VICEMINISTRA DE ASUNTOS MULTILATERALES ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, y en particular las conferidas por el numeral 3o del artículo 59 de la Ley 489 de 1998 y el numeral 17 del artículo 7o del Decreto 869 de 2016, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1499 de 2017, se modifica el Decreto 1083 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015.

Que para el efecto se hace necesario actualizar el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del que trata el Título 22 de la Parte 2 de Libro 2 del Decreto 1083 de 2015.

Que de conformidad con lo señalado en el artículo 5 del Decreto 1499 de 2017, una vez entre en operación el Modelo Integrado de Planeación y Gestión actualizado, los artículos 15 al 23 de la Ley 489 de 1998 y la Ley 872 de 2003 perderán vigencia.

Que de conformidad con lo expuesto en el artículo 2.2.22.1.1 del Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, modificado por el Decreto 1499 de 2017, se define el Sistema de Gestión como “el conjunto de entidades y organismos del Estado, políticas, normas, recursos e información, cuyo objeto es dirigir la gestión pública al mejor desempeño institucional y a la consecución de resultados para la satisfacción de las necesidades y el goce efectivo de los derechos de los ciudadanos, en el marco de la legalidad y la integridad.”

Que para efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2.2.22.3.6 y el artículo 2.2.22.3.8 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 1499 de 2017, se hace necesario denominar a los Comités de Desarrollo Administrativo de que trataba la Ley 489 de 1998, como Comité Sectorial de Gestión y Desempeño y Comité Institucional de Gestión y Desempeño.

Que de conformidad con lo expuesto en el artículo 2.2.22.3.8 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 1499 de 2017, en el cual se establece que “...el Comité Institucional de Gestión y Desempeño (...) sustituirá a los demás Comités que tengan relación con el Modelo y que no sean obligatorios por mandato legal”, se hace necesario derogar la Resolución 455 de 2015 “Por la cual se crea el Comité de Ética del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio, y se dictan otras disposiciones”,

Que en disposición con lo expuesto se hace necesario derogar las Resoluciones 2197 de 2013, 456 de 2015, 4099 de 2016 y 7163 de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1499 de 2017 por el cual se adopta la versión actualizada del Modelo Integrado de Planeación y Gestión- MIPG, para el funcionamiento del Sistema de Gestión y su articulación con el Sistema de Control Interno.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. OBJETO. Conformar y definir el Comité Sectorial de Gestión y Desempeño del Sector de Relaciones Exteriores y el Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio, y adoptar la versión actualizada del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, definido en el Decreto 1499 del 11 de septiembre de 2017.

CAPÍTULO I.

COMITÉ SECTORIAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO DEL SECTOR DE RELACIONES EXTERIORES.

ARTÍCULO 2o. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ SECTORIAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO DEL SECTOR DE RELACIONES EXTERIORES. El Comité Sectorial de Gestión y Desempeño del Sector de Relaciones Exteriores, estará conformado por los siguientes miembros:

1. El Ministro de Relaciones Exteriores o su delegado.

2. El Representante Legal del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.

3. El Director de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia

PARÁGRAFO 1. El Ministro de Relaciones Exteriores o su delegado presidirá el Comité Sectorial de Gestión y Desempeño.

PARÁGRAFO 2. El Comité Sectorial de Gestión y Desempeño del Sector de Relaciones Exteriores podrá invitar a sus reuniones con carácter permanente u ocasional a las personas que considere necesarias de acuerdo con los temas a tratar. Estas personas tendrán voz, pero no voto.

PARAGRAFO 3. El Comité Sectorial de Gestión y Desempeño del Sector de Relaciones Exteriores, evaluará y estructurara las políticas, acciones y estrategias del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, previo informe remitido por el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación y Desarrollo Organizacional del Ministerio de Relaciones Exteriores.

ARTÍCULO 3o. FUNCIONES DEL COMITÉ SECTORIAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO DEL SECTOR DE RELACIONES EXTERIORES. Serán funciones del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño del Sector de Relaciones Exteriores las siguientes:

1. Dirigir y orientar la planeación estratégica del sector.

2. Dirigir y articular a las entidades del sector administrativo en la implementación, desarrollo y evaluación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG.

3. Hacer seguimiento a la gestión y desempeño del sector y proponer estrategias para el logro de los resultados, por lo menos una vez cada trimestre

4. Hacer seguimiento, por lo menos una vez cada trimestre, a las acciones y estrategias sectoriales adoptadas: para la operación y evaluación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, y proponer los correctivos necesarios.

5. Dirigir y articular a las entidades del sector administrativo en la operación de las políticas de gestión y desempeño y de las directrices impartidas por la Presidencia de la República y el Ministerio- de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en materia de Gobierno y Seguridad Digital.

6. Las demás que tengan relación directa con la implementación, operación, desarrollo y evaluación del Modelo en su integridad, en el sector de Relaciones Exteriores

PARÁGRAFO 1. La secretaría técnica será ejercida por el jefe de la Oficina Asesora de Planeación y Desarrollo Organizacional del Ministerio de Relaciones Exteriores.

PARÁGRAFO 2. El Comité Sectorial de Gestión y Desempeño del Sector de Relaciones Exteriores realizará sesiones ordinarias por lo menos una vez cada trimestre y extraordinarias cuando se estimen necesarias, previa citación de sus integrantes.

ARTÍCULO 4o. FUNCIONES DEL SECRETARIO TÉCNICO DEL COMITÉ SECTORIAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO DEL SECTOR DE RELACIONES EXTERIORES. Serán funciones del Secretario Técnico del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño del Sector de Relaciones Exteriores las siguientes:

1. Elaborar el orden del día.

2. Citar a reunión a los integrantes del Comité.

3. Elaborar el acta de cada reunión.

4. Verificar previo al comité los documentos y propuestas que serán presentadas.

5. Llevar el archivo de los documentos relacionados con el Comité.

6. Las demás que le sean asignadas por el Comité.

ARTÍCULO 5o. QUORUM DEL COMITÉ SECTORIAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO DEL SECTOR DE RELACIONES EXTERIORES. El quorum decisorio del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño del Sector de Relaciones Exteriores será de tres (3) de sus miembros con derecho al voto.

CAPÍTULO II.

COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y SU FONDO ROTATORIO.

ARTÍCULO 6o. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y SU FONDO ROTATORIO. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio estará conformado por los siguientes miembros:

1. El Viceministro de Relaciones Exteriores o su delegado.

2. El Viceministro de Asuntos Multilaterales o su delegado.

3. El Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores.

4. El Jefe de Gabinete.

5. El Director de Talento Humano.

6. El Director de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano.

7. El Director Administrativo y Financiero.

8. El Director de Gestión de Información y Tecnología.

9. El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación y Desarrollo Organizacional.

10. El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica Interna.

11.El Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Archivo.

12. El Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Control Interno de Gestión.

13. El Coordinador del Grupo Interno de Prensa y Comunicación Corporativa.

14. Funcionario con funciones de Oficial de Seguridad de Información.

PARÁGRAFO 1. El Comité será liderado por el Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores.

PARÁGRAFO 2. El Jefe de la Oficina Asesora de Pianeación y Desarrollo Organizacional del Ministerio de Relaciones Exteriores ejercerá funciones de Secretaria Técnica del Comité.

PARÁGRAFO 3. El Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Control de Gestión o quien haga sus veces será invitado permanente con voz, pero sin voto.

PARÁGRAFO 4. La delegación de los Viceministros deberá ser comunicada por escrito al Secretario Técnico del Comité.

PARÁGRAFO 5. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio podrá invitar a sus reuniones con carácter permanente y ocasional a las personas que considere necesarias de acuerdo con los temas a tratar. Estas personas tendrán voz, pero no voto.

ARTÍCULO 7o. FUNCIONES DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y SU FONDO ROTATORIO. Serán funciones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio las siguientes:

1. Aprobar y hacer seguimiento, por lo menos una vez cada trimestre, a las acciones y estrategias adoptadas para la operación del Modelo Integrado de Pianeación y Gestión -MIPG.

2. Articular los esfuerzos institucionales, recursos, metodologías y estrategias para asegurar la implementación, sostenibilidad y mejora del Modelo Integrado de Pianeación y Gestión -MIPG.

3. Proponer al Comité Sectorial de Gestión y Desempeño Institucional, iniciativas que contribuyan al mejoramiento en la implementación y operación del Modelo Integrado de Pianeación y Gestión -MIPG.

4. Presentar los informes que el Comité Sectorial de Gestión y el Desempeño Institucional y los organismos de control requieran sobre la gestión y el desempeño de la entidad.

5. Adelantar y promover acciones permanentes de autodiagnóstico para facilitar la valoración interna de la gestión.

6. Asegurar la implementación y desarrollo de las políticas de gestión y directrices en materia de seguridad digital y de la información.

7. Las demás que tengan relación directa con la implementación, desarrollo y evaluación del Modelo.

PARÁGRAFO 1. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio realizará sesiones ordinarias por lo menos una vez cada trimestre y extraordinarias cuando se estimen necesarias, previa citación de sus integrantes.

ARTÍCULO 8o. FUNCIONES DE LA SECRETARIA TÉCNICA DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y SU FONDO ROTATORIO. Serán funciones del Secretario Técnico del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio serán las siguientes:

1. Elaborar el orden del día.

2. Citar a reunión a los integrantes del Comité.

3. Elaborar el acta de cada reunión.

4. Verificar previo al comité los documentos y propuestas que serán presentadas.

5. Llevar el archivo de los documentos relacionados con el Comité.

6. Las demás que le sean asignadas por el Comité.

ARTÍCULO 9o. QUORUM DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y SU FONDO ROTATORIO. El quorum decisorio del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio será de sus catorce (14) integrantes con voto.

ARTÍCULO 10o. VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente resolución rige a partir de su fecha de publicación y deroga las Resoluciones 2197 de 2013, 455 de 2015, 456 de 2015, 4099 de 2016 y 7163 de 2016.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a

ADRIANA DEL ROSARIO MENDOZA AGUDELO

Viceministra de Asuntos Multilaterales encargada de las funciones del Despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de mayo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.755 - 13 de mayo de 2024)

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