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RESOLUCIÓN 4099 DE 2016

(julio 15)

Diario Oficial No. 49.938 de 18 de julio de 2016

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 10 de la Resolución 8783 de 2017>

Por medio de la cual se modifica parcialmente las disposiciones sobre la integración del Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo del Sector de Relaciones Exteriores y del Comité Institucional de Desarrollo Administrativo del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio de que trata la Resolución número 2197 de 2013.

Resumen de Notas de Vigencia

EL VICEMINISTRO DE ASUNTOS MULTILATERALES ENCARGADO DE FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

en ejercicio de las facultades Constitucionales y legales, y en particular las que confiere el numeral 3 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998, el numeral 17 del artículo 7o del Decreto número 869 de 2016 y el literal “a” del artículo 6o del Decreto número 2482 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 21 de la Ley 489 de 1998 dispuso que los organismos y entidades de la Administración Pública diseñarán su política de desarrollo administrativo, poniendo además en cabeza del Ministerio o Departamento Administrativo correspondiente, la coordinación y articulación de las políticas de desarrollo administrativo de su respectivo sector.

Que el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Resolución número 2197 de 2013 creó el Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo del Sector de Relaciones Exteriores y el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio, acorde con los lineamientos establecidos por el Decreto número 2482 de 2012.

Que la Resolución número 2197 de 2013 fue objeto de modificación por las Resoluciones números 2198 de 2014 y 456 de 2015, en tanto se hizo necesario ajustar y actualizar la estructura funcional de los respectivos comités mediante segregación y correlativa inclusión de dependencias relacionados con el tema.

Que en virtud de la dinámica de la administración Pública, se expidió la Resolución número 3598 de 2015, la cual actualizó la estructura funcional de los grupos internos de trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores, por lo cual se hace necesario adecuar la conformación del Comité Institucional de Desarrollo Administrativo del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio, además de fijar el procedimiento delegatorio de los miembros tanto del Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo del Sector de Relaciones Exteriores, como del Comité Institucional de Desarrollo Administrativo del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Artículo derogado por el artículo 10 de la Resolución 8783 de 10 de noviembre de 2017.> <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 7163 de 2016> Adiciónese el parágrafo 3o al artículo 3o de la Resolución número 2197 de 2013, el cual quedará de la siguiente manera:

Artículo 3o. Conformación del Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo del Sector Relaciones Exteriores. El Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo del Sector de Relaciones Exteriores, estará conformado por los siguientes miembros:

1. El Ministro de Relaciones Exteriores o su delegado, quien lo presidirá.

2. El Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, o su delegado.

3. El Director de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia o su delegado.

PARÁGRAFO 1o. El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación del Ministerio de Relaciones Exteriores tendrá voz pero no voto y ejercerá las funciones de Secretaria Técnica del Comité.

PARÁGRAFO 2o. El Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo del Sector de Relaciones Exteriores podrá invitar a sus reuniones con carácter permanente u ocasional a las personas que considere necesarias de acuerdo con los temas a tratar. Estas personas tendrán voz, pero no voto.

PARÁGRAFO 3o. La delegación de los miembros de cada una de las entidades deberá ser comunicada por escrito al Secretario Técnico del Comité”.

Notas de Vigencia
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ARTÍCULO 2o. <Artículo derogado por el artículo 10 de la Resolución 8783 de 10 de noviembre de 2017.> <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución   7163 de 2016> Modifíquese el artículo 1o de la Resolución número 456 de 2015, el cual quedará de la siguiente manera:

Artículo 1o. Conformación del Comité Institucional de Desarrollo Administrativo del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio. El Comité Institucional de Desarrollo Administrativo del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio estará conformado por los siguientes miembros:

1. La Ministra de Relaciones Exteriores o su Delegado.

2. El Viceministro de Relaciones Exteriores o su delegado.

3. El Viceministro de Asuntos Multilaterales o su delegado.

4. El Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores o su delegado.

5. El Director de Talento Humano.

6. El Director de Gestión de Información y Tecnología.

7. El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación y Desarrollo Organizacional.

8. El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica Interna.

9. Funcionario con funciones de Oficial de Seguridad de Información.

PARÁGRAFO 1o. El Comité será presidido por el Secretario General del Ministerio de Relaciones o su delegado.

PARÁGRAFO 2o. El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación del Ministerio de Relaciones Exteriores ejercerá las funciones de Secretaria Técnica del Comité.

PARÁGRAFO 3o. El Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Control Interno de Gestión tendrá voz pero no voto.

PARÁGRAFO 4o. El Comité Institucional de Desarrollo Administrativo del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio podrá invitar a sus reuniones con carácter permanente u ocasional a las personas que considere necesarias de acuerdo con los temas a tratar. Estas personas tendrán voz, pero no voto.

PARÁGRAFO 5o. La delegación de los miembros de los despachos del Ministro, los Viceministros y el Secretario General deberá ser comunicada por escrito al Secretario Técnico del Comité”.

Notas de Vigencia
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ARTÍCULO 3o. VIGENCIA Y DEROGATORIA.  <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 7163 de 2016> La presente resolución rige a partir de su fecha de su expedición y modifica las Resolución número 2197 de 2013 y la Resolución número 456 de 2015 por medio de la cual se modificó la Resolución número 2198 de 2014.

Notas de Vigencia

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 15 de julio de 2016.

El Viceministro de Asuntos Multilaterales Encargado de Funciones del Despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores,

FRANCISCO JAVIER ECHEVERRI LARA.

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
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