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RESOLUCIÓN 2303 DE 2020

(septiembre 7)

Diario Oficial No. 51.430 de 07 de septiembre de 2020

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por la cual se actualiza el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para el empleo de jefe de oficina, asesor, coordinador o auditor de control interno o quien haga sus veces en la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES,

en ejercicio de sus facultades legales y, en especial las que le confieren el literal g) del artículo 61 de la Ley 489, y el numeral 17 del artículo 7o del Decreto número 869 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 1580 del 16 de marzo de 2015 se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que mediante Resoluciones números 8124 de 2015, 1568 de 2016, 2831 de 2016, 10387 de 2018 y 3210 de 2019 se modificó y actualizó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que el inciso segundo artículo 2.2.2.6.1 del Decreto número 1083 de 2015 – Único Reglamentario del Sector de Función Pública – señala que: “La adopción, adición, modificación o actualización del manual específico se efectuará mediante resolución interna del jefe del organismo o entidad, de acuerdo con las disposiciones contenidas en el presente Título”.

Que el Gobierno nacional mediante Decreto número 989 del 9 de julio de 2020, adicionó el capítulo 8 al título 21 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1083 de 2015, en lo relacionado con las competencias y requisitos específicos para el empleo de jefe de oficina, asesor, coordinador o auditor de control interno o quien haga sus veces en las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional y territorial.

Que el artículo 2.2.21.8.7 del Decreto número 1083 de 2015, adicionado por el Decreto número 989 del 9 de julio de 2020, dispone:

Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales. Las entidades de que trata el presente capítulo deberán actualizar su Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales con las competencias y requisitos establecidos en el presente decreto para el empleo de jefe de oficina, asesor, coordinador o auditor de control interno o quien haga sus veces, dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de publicación del presente decreto.

PARÁGRAFO. A los servidores públicos que a la entrada de vigencia del presente decreto estén ejerciendo el empleo de jefe de oficina, asesor, coordinador o auditor de control interno o quien haga sus veces, en propiedad o en encargo, no se les exigirá requisitos distintos a los ya acreditados al momento de la posesión”.

Que en la Planta de Personal del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores, adoptada mediante Decreto número 3358 del 7 de septiembre de 2009, se creó el empleo Asesor, código 1020, grado 16, empleo que en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales tiene el propósito principal de asesorar al Ministro de Relaciones Exteriores en la formulación y aplicación del sistema de control interno en el Ministerio.

Que en consecuencia, y con el fin de dar cumplimiento a las nuevas disposiciones establecidas en el Decreto número 989 del 9 de julio de 2020, se hace necesario actualizar el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales del Ministerio de Relaciones Exteriores establecido mediante Resolución número 1580 del 16 de marzo de 2015, en lo relacionado con las competencias y requisitos específicos para el empleo Asesor, código 1020, grado 16, de la Planta de Personal del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. ACTUALIZAR. Actualícese el Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales, adoptado mediante Resolución número 1580 de marzo 16 de 2015, con el fin de actualizar las competencias y requisitos específicos para el empleo Asesor, código 1020, grado 16, de la planta de personal del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores, en cumplimiento a lo establecido en el Decreto número 989 de julio 9 de 2020, el cual quedará así:

PLANTA DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES

I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO

NIVELAsesor
DENOMINACIÓN Asesor
CÓDIGO 1020
GRADO16
NÚMERO DE EMPLEOS1
DEPENDENCIA Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores
SUPERIOR INMEDIATO Ministro de Relaciones exteriores

II. ÁREA FUNCIONAL: DESPACHO DEL MINISTRO

III. PROPÓSITO PRINCIPAL

Asesorar al Ministro de Relaciones Exteriores en la formulación y aplicación del sistema de control interno en el Ministerio.

IV. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES ESENCIALES

1. Asesorar al Ministro en la formulación y aplicación del sistema de control interno.

2. Asesorar al Ministro en la administración del sistema de control interno, evaluarlo periódicamente y proponer sus ajustes.

3. Planear, dirigir y organizar la verificación y evaluación del desarrollo del Sistema de Control Interno del Ministerio, del Fondo Rotatorio adscrito y de las Misiones en el exterior.

4. Diseñar los planes, métodos, procedimientos y mecanismos de verificación del Sistema de Control Interno del Ministerio.

5. Diseñar y desarrollar programas de auditoría, formulando las observaciones y recomendaciones pertinentes.

6. Recomendar a las dependencias del Ministerio, su Fondo Rotatorio y a las Misiones en el exterior, la actualización y mejoramiento de los procesos y procedimientos, requisitos, funciones y formas que requiere el funcionamiento de la entidad, dentro de los principios de la función administrativa.

7. Fomentar la aplicación de los principios de la función administrativa, la formación de una cultura de control interno, la autogestión, el autocontrol y la debida administración del riesgo, así como la cultura de la prevención y el mejoramiento continuo.

8. Verificar el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, planes, programas, proyectos, procesos, objetivos y metas del Ministerio y recomendar los ajustes del caso.

9. Fomentar la formación de una cultura de autocontrol que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional y fomentar la formulación y aplicación del control de gestión y su sistema de evaluación.

10. Hacer seguimiento y retroalimentación a los Planes de Mejoramiento que se generen como producto del ejercicio de la evaluación independiente.

11. Servir de enlace con los organismos externos de control y atender los requerimientos de solicitud de información de estos, suministrando la información de conformidad con los parámetros establecidos en las normas vigentes.

12. Verificar que se implementen las medidas recomendadas y mantener permanentemente informados a los servidores responsables de las dependencias acerca del estado del sistema de control interno.

13. Establecer los criterios técnicos que deberá tener en cuenta el Ministerio en caso de ser necesaria y conveniente la contratación del servicio de control interno con una empresa privada.

14. Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

- Plan Estratégico del Sector de Relaciones Exteriores

- Normas y procedimientos aplicables al área de desempeño

- Normas y directrices del Sistema de Control Interno para la gestión pública

- Planes de Acción y de Mejoramiento de la Cancillería

- Sistema Integrado de Gestión del Ministerio

VI. COMPETENCIAS (Artículo 2.2.21.8.2 Decreto número 1083 de 2015)

VII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

VIII. ALTERNATIVA

PARÁGRAFO. De conformidad con el parágrafo del artículo 2.2.21.8.7 el Decreto número 1083 de 2015, adicionado por el Decreto número 989 de 2020, el servidor público que a la entrada de vigencia del presente decreto esté ejerciendo el empleo de jefe de oficina, asesor, coordinador o auditor de control interno o quien haga sus veces, en propiedad o en encargo, no se le exigirá requisitos distintos a los ya acreditados al momento de la posesión.

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ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, y modifica lo establecido en la Resolución número 1580 del 16 de marzo de 2015.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 7 de septiembre de 2020.

La Ministra de Relaciones Exteriores,

Claudia Blum

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de mayo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.755 - 13 de mayo de 2024)

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