RESOLUCIÓN 331 DE 2022
(diciembre 19)
Diario Oficial No. 52.254 de 20 de diciembre de 2022
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
<Anexo no publicado en el Diario Oficial>
<NOTAS DE VIGENCIA: Anexo "Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos, del Marco Normativo para Entidades de Gobierno" subrogado por el publicado en la Resolución 285 de 2023>
Por la cual se modifican las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para Entidades de Gobierno.
LA CONTADORA GENERAL DE LA NACIÓN,
en ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 354 de la Constitución Política de Colombia, además de las conferidas por la Ley 298 de 1996 y el Decreto 143 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1o de la Resolución 354 de 2007, modificado por el artículo 1o de la Resolución 156 de 2018, expedida por la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación (CGN), establece que el Régimen de Contabilidad Pública (RCP) está conformado por: a) el Referente Teórico y Metodológico de la Regulación Contable Pública; b) el Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Captan o Administran Ahorro del Público con sus respectivos elementos; c) el Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público con sus respectivos elementos; d) el Marco Normativo para Entidades de Gobierno con sus respectivos elementos; e) el Marco Normativo para Entidades en Liquidación con sus respectivos elementos; f) la Regulación del Proceso Contable y del Sistema Documental Contable; y g) los Procedimientos Transversales.
Que la Resolución 628 de 2015, expedida por la CGN, incorpora, en el RCP, el Referente Teórico y Metodológico de la Regulación Contable Pública, el cual define el alcance del RCP y sirve de base para desarrollar este instrumento de normalización y regulación, en el contexto de la convergencia hacia estándares internacionales de información financiera.
Que el párrafo 83 del Referente Teórico y Metodológico de la Regulación Contable Pública indica que “El RCP está basado en una estructura metodológica para su construcción. La sujeción a una metodología garantiza coherencia, consistencia y legitimidad conceptual al proceso de regulación y normalización. Así, este Régimen se fundamenta, además de la autoridad legal, en preceptos lógicos y racionales que se contrastan con la realidad organizacional y el entorno jurídico, económico y social en el que se aplica; esta dinámica para la regulación ha sido discutida, aceptada y validada por la comunidad académica y profesional contable, por los diferentes reguladores a nivel internacional y por los usuarios de la información”.
Que el párrafo 84 del Referente Teórico y Metodológico de la Regulación Contable Pública manifiesta que “De igual manera, este Régimen incorpora conceptos y criterios de los estándares internacionales de información financiera de mayor aceptación a nivel internacional. Las normas locales han sido enriquecidas con los elementos internacionales aplicables al contexto local y estratégicos para la interacción del sector público en un entorno globalizado”.
Que la Resolución 533 de 2015, expedida por la CGN, incorpora, en el RCP, el Marco Normativo para Entidades de Gobierno, el cual está conformado por el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera; las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos; los Procedimientos Contables; las Guías de Aplicación; el Catálogo General de Cuentas; y la Doctrina Contable Pública.
Que la Resolución 211 de 2021, expedida por la CGN, modifica el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera y las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos, del Marco Normativo para Entidades de Gobierno.
Que se requiere modificar las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para Entidades de Gobierno, a fin de incorporar lo pertinente de las modificaciones de las NICSP, en su versión 2021; los aspectos coincidentes con el Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público; y las mejoras identificadas a partir de la revisión permanente de la regulación contable expedida por la CGN y del proceso de retroalimentación con las entidades de gobierno, siguiendo el enfoque lógico deductivo adoptado por la CGN.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para Entidades de Gobierno, las cuales quedarán tal y como se establece textualmente en el anexo que hace parte integral de la presente resolución.
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 119 de la Ley 489 de 1998, y tiene aplicación a partir del 1 de enero de 2023.
PARÁGRAFO 1o. Las entidades tendrán hasta el 31 de marzo de 2023 para ajustar los sistemas de información de acuerdo con las modificaciones a las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para Entidades de Gobierno, prescritas en la presente Resolución.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 19 de diciembre de 2022.
La Contadora General de la Nación,
Marleny María Monsalve Vásquez.
<Anexo no publicado>
<Consultar anexo original descargado de la web de la entidad (03/01/2023) directamente en el siguiente enlace:
http://168.61.69.177/documentospdf/PDF/R_CGN_0331_2022-ANEXO.pdf
Consultar "Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para Entidades de Gobierno" en el siguiente enlace:
https://www.contaduria.gov.co/normas-para-el-reconocimiento-medicion-revelacion-y-presentacion-de-los-hechos-economicos-del-marco-normativo-para-entidades-de-gobierno