Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción
RESOLUCIÓN 7485 DE 2018
(mayo 25)
Diario Oficial No. 50.604 de 25 de mayo de 2018
REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
Por la cual se adiciona la conformación de una Registraduría Auxiliar como Grupo Internos de Trabajo, establecida en la Resolución 4108 del 12 de marzo de 2014.
EL REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL,
en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 4o del Decreto Ley 1012 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución número 4108 del 12 de marzo de 2014, se conformaron las Registradurías Auxiliares como Grupos Internos de Trabajo.
Que, mediante Resolución número 0140 del 13 de enero de 2015 se crearon unos cargos para la Registraduría Auxiliar de El Poblado - Antioquia.
Que, mediante Resolución número 0411 del 25 de julio de 2017, la Delegación Departamental de Antioquia, realizó la distribución de empleos para la Registraduría El Poblado.
Que, mediante oficio número DDA - CP-0910-26-001189, del 12 de mayo de 2018, recibido el 21 de mayo de 2018, los Delegados Departamentales de Antioquia, remiten certificación de conformidad en cuanto a la infraestructura y personal requerido, y solicitan que se conforme como Grupo Interno de Trabajo y asignación de la Prima de Coordinación a la Registraduría Auxiliar de El Poblado.
Que, con el fin de atender las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad, se hace necesario conformar una Registraduría Auxiliar como Grupo Internos de trabajo.
Que, en el presupuesto de la Registraduría Nacional del Estado Civil, existen los fondos suficientes para cubrir esta erogación.
Que, en virtud de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adicionar al artículo 2o de la Resolución número 4108 del 12 de marzo de 2014, la siguiente Registraduría Auxiliar:
CÓDIGO CARGO | NOMBRE CARGO | DELEGACIÓN | NOMBRE REGISTRADURÍA |
3015-04 | Registrador Auxiliar | Antioquia | Registraduría Auxiliar de El Poblado |
ARTÍCULO 2o. Asignar al servidor que ocupe el cargo de Registrador Auxiliar 3015-04 que hace referencia el artículo 1o de la presente resolución, un reconocimiento por coordinación equivalente al veinte (20%) de la asignación básica mensual sin que constituya factor salarial para ningún efecto legal.
El reconocimiento por Coordinación será calculado con base en la asignación básica mensual del empleo que esté desempeñando, siempre y cuando al momento de percibirla, la integración del Grupo Interno de Trabajo no sea inferior a cinco (5) cargos de la planta de personal, destinados a cumplir las funciones de esta Registraduría.
PARÁGRAFO. En el evento que se efectúe un encargo de funciones por vacancia temporal o definitiva del empleo de Registrador Auxiliar 3015-04, la persona designada tendrá derecho a percibir esta prima de coordinación.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase
Dada en Bogotá, D. C., 25 de mayo de 2018.
El Registrador Nacional del Estado Civil,
Juan Carlos Galindo Vácha.
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.