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RESOLUCION 6107 DE 2017

(agosto 3)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 7980 de 2018>

Por la cual se adopta el Plan de Incentivos Institucionales para los funcionarios de Carrera Administrativa, Carrera Diplomática y Consular, Libre Nombramiento y Remoción y los mejores equipos de trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores

Resumen de Notas de Vigencia

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

En uso de sus facultades legales y, en especial, de las conferidas por el artículo 36 de la Ley 909 de 2004, el numeral 17 del artículo 7o del Decreto 869 de 2016 y el artículo 2.2.10.9 del Decreto 1083 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 36 de la Ley 909 de 2004, las entidades deberán implementar programas de bienestar e incentivos, de acuerdo con las normas vigentes, con el propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción y desarrollo de los empleados en el desempeño de su labor y de contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales.

Que el artículo 47 de la Ley 909 de 2004 establece que los cargos que conlleven ejercicio de responsabilidad directiva en la administración pública de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial tendrán el carácter de empleos de gerencia pública y son de libre nombramiento y remoción.

Que el numeral 5 del artículo 48 de la Ley 909 de 2004 consagra que el desempeño de los gerentes públicos será valorado de acuerdo con los principios de eficacia y eficiencia y que el otorgamiento de incentivos dependerá de los resultados conseguidos en el ejercicio de sus funciones.

Que mediante el Título 10 del Decreto 1083 de 2015, el Gobierno Nacional reglamentó el Sistema de Estímulos para los Funcionarios Públicos, el cual se debe implementar través de los programas de bienestar social, con el fin de motivar el desempeño eficaz y el compromiso de sus empleados.

Que de conformidad con el artículo 2.2.10.9 del Decreto 1083 de 2015, el jefe de cada entidad adoptará anualmente el Plan de Incentivos Institucionales en el cual señalará los incentivos pecuniarios y no pecuniarios para el mejor empleado de carrera de la entidad, a los mejores empleados de carrera de cada nivel jerárquico, al mejor empleado de libre nombramiento y remoción de la entidad, así como para los mejores equipos de trabajo.

Que el plan de incentivos, en marcado dentro del plan de bienestar social del Ministerio de Relaciones Exteriores, tiene por objeto otorgar reconocimientos por el buen desempeño, propiciando así una cultura de trabajo orientada a la calidad y productividad bajo un esquema de mayor compromiso con los objetivos de las entidades.

Que el numeral 17 del artículo 7o del Decreto 869 de 2016, establece que es función del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores expedir los actos administrativos que le correspondan.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

CAPITULO I.

DEL PLAN ANUAL DE INCENTIVOS.

ARTÍCULO 1. <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 7980 de 2018> ADOPTAR el Plan de Incentivos Institucionales pecuniarios y no pecuniarios para los funcionarios de Carrera Administrativa, Carrera Diplomática y Consular, Libre Nombramiento y Remoción y los mejores equipos de trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores, el cual se desarrollará anualmente.

1. Incentivos no Pecuniarios, conformados por un conjunto de programas flexibles dirigidos a reconocer y premiar el desempeño en niveles de excelencia de los funcionarios de Carrera Administrativa, Carrera Diplomática y Consular, y Libre Nombramiento y Remoción incluyendo Gerentes Públicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, así como los de los equipos de trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores que ocupen el segundo y el tercer puesto.

2. Incentivos Pecuniarios, constituidos por un reconocimiento económico que se asigna al mejor equipo de trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 2. BENEFICIARIOS DEL PLAN ANUAL DE INCENTIVOS. <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 7980 de 2018> Serán beneficiarios del Plan de Incentivos del Ministerio de Relaciones Exteriores los siguientes funcionarios:

1. Los mejores funcionarios de Carrera Administrativa de cada nivel jerárquico y, entre ellos, el mejor funcionario.

2. Los mejores funcionarios de Carrera Diplomática y Consular de cada nivel jerárquico y, entre ellos, el mejor funcionario.

3. El mejor funcionario de Libre Nombramiento y Remoción

4. El mejor Gerente Público.

5. Los tres (3) mejores equipos de trabajo que hayan presentado proyectos en el marco de esta resolución.

Notas de Vigencia

CAPITULO II.

DE LOS INCENTIVOS AL DESEMPEÑO INDIVIDUAL.

ARTÍCULO 3. INCENTIVOS NO PECUNIARIOS PARA LOS MEJORES FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO. <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 7980 de 2018> Los incentivos no pecuniarios para los mejores funcionarios de Carrera Administrativa, Carrera Diplomática y Consular, y Libre Nombramiento y Remoción del Ministerio de Relaciones Exteriores, serán los que se señalan a continuación:

a) Becas para educación formal, en universidades acreditadas en Colombia.

b) Programas de turismo social.

c) Financiación de investigaciones.

d) Publicación de trabajos.

e) Participación en proyectos especiales.

f) Reconocimiento público a la labor meritoria del funcionario.

PARÁGRAFO 1. Para el caso de los incentivos no pecuniarios cada funcionario seleccionado como el mejor tendrá derecho a escoger el incentivo de su preferencia, que podrá hacerse efectivo durante el año siguiente a su asignación, con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores de la presente vigencia.

PARÁGRAFO 2. El desempeño laboral de los empleados de Libre Nombramiento y Remoción de Gerencia Publica, se efectuará mediante la calificación obtenida en el Acuerdo de Gestión del año inmediatamente anterior y el incentivo no pecuniario consistirá en reconocimiento público a la labor meritoria.

PARÁGRAFO 3. Si los funcionarios seleccionados como los mejores escogieren como incentivo el relacionado en el literal a) “becas para educación formal”, la institución educativa escogida por el beneficiario debe ser nacional y estar reconocida por el Ministerio de Educación Nacional y los estudios deberán guardar relación con la misión del Ministerio. Adicionalmente, los tramites de admisión académica correrán a cargo del beneficiario y el pago se hará directamente a la institución educativa, previo cumplimiento de los requisitos legales. Solamente se girará el valor aprobado para los incentivos no pecuniarios, por tanto, el excedente del costo de matrícula estará a cargo del beneficiario.

PARÁGRAFO 4. Si los funcionarios seleccionados como los mejores escogieren como incentivo alguno de los relacionados en los literales c), d) o e), del presente artículo, el proyecto de investigación, el trabajo a publicar o el proyecto en el cual se vaya a participar, deberán ser evaluados previamente por el Comité de Incentivos, y deberán guardar relación con la misión del Ministerio.

PARÁGRAFO 5. Si los funcionarios seleccionados como los mejores escogieren como incentivo el descrito en el literal b) del presente artículo, el programa de turismo social se gestionará con la Caja de Compensación Familiar a la cual está afiliado el Ministerio.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 4. MONTO DE LOS INCENTIVOS NO PECUNARIOS PARA LOS MEJORES FUNCIONARIOS. <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 7980 de 2018> El monto del incentivo no pecuniario escogido por los mejores funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, de acuerdo con las opciones señaladas en el artículo anterior, se establecerá anualmente mediante resolución, de acuerdo con la partida presupuestal asignada para este fin en cada vigencia.

PARÁGRAFO. En ningún caso, los incentivos no pecuniarios establecidos en el presente artículo constituyen factor salarial o pueden compensarse en dinero.

Notas de Vigencia
Concordancias

ARTÍCULO 5. REQUISITOS. <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 7980 de 2018> Se seleccionarán los mejores funcionarios que cumplan con los requisitos que se describen a continuación:

1. Funcionarios de Carrera Administrativa:

- Acreditar tiempo de servicio continuo en el Ministerio de Relaciones Exteriores no inferior a un (1) año, a la fecha de postulación.

- No haber sido sancionado disciplinariamente en el año inmediatamente anterior a la fecha de postulación o durante el proceso de selección.

- Acreditar nivel Sobresaliente, en la evaluación del desempeño en firme, correspondiente al año inmediatamente anterior al cual se otorguen los incentivos.

2. Funcionarios de Carrera Diplomática y Consular:

- Acreditar tiempo de servicio continuo en el Ministerio de Relaciones Exteriores no inferior a un (1) año, a la fecha de postulación.

- No haber sido sancionado disciplinariamente en el año inmediatamente anterior a la fecha de postulación o durante el proceso de selección.

- Acreditar nivel de excelencia (Con Personal a Cargo 258 a 288 puntos, Sin Personal a Cargo 181 a 200 puntos) en la evaluación del desempeño en firme, correspondiente al año inmediatamente anterior al cual se otorguen los incentivos.

3. Funcionarios de Libre Nombramiento y Remoción:

- Pertenecer a los niveles directivo, profesional, técnico o asistencial.

- Acreditar tiempo de servicio continuo en el Ministerio de Relaciones Exteriores no inferior a un (1) año, a la fecha de postulación.

- Para los Gerentes Públicos tener un porcentaje de cumplimiento entre el 90% y 100%, en el Acuerdo de Gestión del año inmediatamente anterior.

- Para los niveles profesional, técnico o asistencial: Haber sido evaluados en el nivel Sobresaliente, con los instrumentos de calificación que se aplican para los funcionarios de Carrera Administrativa, correspondiente al año inmediatamente anterior al cual se otorguen los incentivos.

- No haber sido sancionado disciplinariamente en el año inmediatamente anterior a la fecha de postulación o durante el proceso de selección.

PARÁGRAFO. Para los funcionarios de Libre Nombramiento y Remoción la calificación solamente tendrá efectos para el reconocimiento de incentivos y no otorgará derechos de Carrera.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 6. SELECCIÓN DE LOS MEJORES FUNCIONARIOS. <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 7980 de 2018> Para otorgar los incentivos, el nivel de excelencia de los funcionarios se establecerá con base en la calificación definitiva resultante de la Evaluación del Desempeño Laboral.

Los mejores funcionarios de Carrera Administrativa, de Carrera Diplomática y Consular, y de Libre nombramiento y Remoción, serán aquellos con las más altas calificaciones entre los seleccionados como los mejores de cada nivel.

Los mejores Gerentes Públicos serán aquellos con el puntaje más alto en el Acuerdo de Gestión del año inmediatamente anterior.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 7. DESEMPATE. <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 7980 de 2018> En caso de empate se tendrán en cuenta los siguientes factores para otorgar puntaje adicional:

Para funcionarios de Carrera Administrativa:

No.VARIABLEPUNTAJE
1Cada factor adicional en la evaluación del desempeño, después de alcanzar el nivel sobresaliente5 pts
2Participación adicional en cada factor para alcanzar el desempeño sobresaliente. Cada participación da 2 puntos.2 pts

Para los funcionarios de Carrera Diplomática y Consular y de Libre Nombramiento y Remoción, incluyendo Gerentes Públicos:

No.VARIABLEPUNTAJE
1Estudios realizados en el año inmediatamente anterior que debe acreditar con el diploma o certificado de asistencia.

Pregrado y Posgrado

Diplomado

Cursos con intensidad de 8 horas en adelante

Cursos con intensidad menor de 8 horas


7 puntos

5 puntos

3 puntos

2 puntos  

PARAGRAFO 1. Para los funcionarios de Carrera Administrativa, de Carrera Diplomática y Consular y de Libre Nombramiento y Remoción, se tendrá en cuenta el puntaje más alto en la Evaluación del Desempeño del año inmediatamente.

PARAGRAFO 2. Para los funcionarios de Libre Nombramiento y Remoción de Gerencia Publica, se tendrá en cuenta el puntaje más alto en el Acuerdo de Gestión del año inmediatamente anterior.

PARAGRAFO 3. Los funcionarios de Carrera Diplomática y Consular y de Libre Nombramiento y Remoción opcionados a obtener el incentivo, deberán enviar a la Dirección de Talento Humano - Grupo Interno de Trabajo Bienestar, Desarrollo de Personal y Capacitación los certificados de estudios del año inmediatamente anterior, dentro de las fechas establecidas en el cronograma de incentivos.

PARAGRAFO 4. Las participaciones en cada factor y los factores adicionales serán los que el funcionario presentó al momento de entregar la calificación y que reposan en su historia laboral.

PARÁGRAFO 5. En caso de persistir el empate, se escogerá el ganador al azar.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 8. CRONOGRAMA. <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 7980 de 2018> A más tardar el 31 de octubre de cada año, la Dirección de Talento Humano organizará el cronograma con base en el cual se desarrollará el Plan de Incentivos Institucionales en cada vigencia, mediante resolución ministerial.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 9. PROCEDIMIENTO. <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 7980 de 2018> La Dirección de Talento Humano presentará al Comité de Incentivos, un informe sobre los funcionarios de Carrera Administrativa, Carrera Diplomática y Consular, y Libre Nombramiento y Remoción, que cumplieron con los requisitos señalados en el artículo quinto de la presente Resolución y los puntajes obtenidos por cada funcionario después de aplicar los criterios de desempate contenidos en el artículo séptimo de esta resolución.

En caso de persistir el empate, el Comité de Incentivos deberá escoger a los candidatos al azar. El comité escogerá el mecanismo al azar que consideré pertinente.

La Ministra de Relaciones Exteriores, de acuerdo con lo establecido dentro del Plan de Incentivos Institucionales, mediante acto administrativo, designará los mejores funcionarios.

Mediante acto público deberán ser proclamados y premiados los mejores funcionarios.

Notas de Vigencia

CAPITULO III.

DE LOS INCENTIVOS PARA LOS EQUIPOS DE TRABAJO.

ARTÍCULO 10. INCENTIVOS PARA LOS MEJORES EQUIPOS DE TRABAJO DEL MINISTERIO. <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 7980 de 2018> Los incentivos pecuniarios y no pecuniarios para los mejores equipos de trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores, serán los siguientes:

1. Incentivo pecuniario: Reconocimiento económico para el mejor equipo de trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores.

2. Incentivos no pecuniarios para los equipos de trabajo que ocupen el segundo y tercer puesto:

a. Becas para educación formal.

b. Programas de turismo social.

c. Financiación de investigaciones.

d. Publicación de trabajos.

e. Participación en proyectos especiales.

f. Reconocimiento público a la labor meritoria del funcionario.

PARÁGRAFO 1. Para el caso de los incentivos no pecuniarios los integrantes de los mejores equipos de trabajo seleccionados tendrán derecho a escoger el incentivo de su preferencia, que podrá hacerse efectivo durante el año siguiente a su asignación, con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores de la presente vigencia.

PARÁGRAFO 2. Si los integrantes de los mejores equipos de trabajo seleccionados escogieren como incentivo el relacionado en el literal a) “becas para educación formal”, la institución educativa escogida por el beneficiario debe ser nacional y estar reconocida por el Ministerio de Educación Nacional y los estudios deberán guardar relación con la misión del Ministerio. Adicionalmente, los tramites de admisión académica correrán a cargo del beneficiario y el pago se hará directamente a la institución educativa, previo cumplimiento de los requisitos legales. Solamente se girará el valor aprobado para los incentivos no pecuniarios, por tanto, el excedente del costo de matrícula estará a cargo del beneficiario.

PARÁGRAFO 3. Si los integrantes de los mejores equipos de trabajo seleccionados escogieren como incentivo alguno de los relacionados en los literales c), d) o e), del presente artículo, el proyecto de investigación, el trabajo a publicar o el proyecto en el cual se vaya a participar, deberá ser evaluado previamente por el Comité de Incentivos, y deberán guardar relación con la misión del Ministerio.

PARÁGRAFO 4. Si los integrantes de los mejores equipos de trabajo seleccionados escogieren como incentivo el descrito en el literal b), del presente artículo, Programas de turismo social, se gestionará con la Caja de Compensación Familiar a la cual está afiliado el Ministerio.

ARTÍCULO 11. MONTOS DE LOS INCENTIVOS PECUNIARIOS Y NO PECUNIARIOS PARA LOS MEJORES EQUIPOS DE TRABAJO. <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 7980 de 2018> Los montos de los incentivos pecuniarios y no pecuniarios para los mejores equipos de trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores, se establecerán anualmente, de acuerdo con la partida presupuestal asignada para tal fin en cada vigencia.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 12. DEFINICIÓN DE EQUIPO DE TRABAJO. <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 7980 de 2018> Se entiende por equipo de trabajo, un grupo conformado con un mínimo de tres (3) de personas que trabajan de manera interdependiente y aportando habilidades complementarias, para el logro de un propósito común o un proyecto con el cual se sienten comprometidos y solidariamente responsables.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 13. CARACTERÍSTICAS DEL EQUIPO DE TRABAJO. <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 7980 de 2018> El equipo de trabajo debe tener las siguientes características:

1. Complementariedad. Cada miembro del equipo tiene un conocimiento y maneja un tema de manera precisa. Dicho conocimiento y manejo que son de su especialidad deben ser compartidos para el logro del objetivo.

2. Coordinación. Con un líder seleccionado por sus compañeros y teniendo en cuenta cronogramas y el manejo del tiempo, se debe buscar de forma organizada un desarrollo eficiente del proyecto.

3. Comunicación. El uso de la comunicación abierta y la realimentación de manera positiva genera confianza y hace que se coordinen los distintos procesos del trabajo en equipo.

4. Confianza. La confianza supone seguridad en uno mismo como en otros ya que implica la creencia de que ciertos resultados o consecuencias serán alcanzados en determinada situaciones. La confianza se basa en el diálogo y es de vital importancia desarrollarla, pues permite que cada miembro aporte lo mejor de sí mismo, manteniendo en el horizonte el objetivo común y no, el individual.

5. Compromiso. Cada miembro se responsabiliza por aportar lo mejor del mismo y poner todo su empeño en el logro de los objetivos del proyecto.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 14. REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN. <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 7980 de 2018> Se inscribirán los equipos de trabajo que cumplan con los requisitos que se describen a continuación:

1. Los equipos deben estar conformados por un mínimo de tres (3) funcionarios de Carrera Administrativa, Carrera Diplomática y Consular y Libre Nombramiento y Remoción. Pueden ser de la misma o diferente dependencia del Ministerio de Relaciones Exteriores.

2. Los equipos deberán presentar un proyecto desarrollado en el Ministerio de Relaciones Exteriores, el cual deberá estar concluido a la fecha de inscripción.

3. Para la inscripción del proyecto se debe diligenciar en su totalidad el formato GH-FO-174, “PRESENTACIÓN PROYECTO EQUIPOS DE TRABAJO”, que se encuentra en el Sistema Maestro, en caso de no estar completa la información requerida en el formato o presentar el proyecto fuera de los tiempos establecidos, este no será inscrito. El formato debidamente diligenciado deberá enviarse al correo electrónico [email protected] (Formato PDF), dentro de las fechas establecidas.

PARÁGRAFO. El cronograma se establecerá anualmente mediante acto administrativo.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 15. CONTENIDOS. <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 7980 de 2018> Los proyectos que se postulen para la selección de los mejores equipos de trabajo deberán contener la siguiente información:

1. INFORMACIÓN BÁSICA: Nombre y objetivo del Proyecto.

2. Alineación con el Plan Estratégico Institucional. El proyecto debe estar relacionado con alguno de los objetivos estratégicos definidos en el Plan Estratégico que se encuentre vigente.

3. Aporte a la Mejora continua. El proyecto debe permitir la mejora de los procesos y el desarrollo de las actividades encaminadas al cumplimiento de la misión y la visión de la Entidad.

4. Descripción del Proyecto: El proyecto debe incluir la problemática que el proyecto buscó solucionar, la población objetivo, la descripción breve del proyecto y las metas planteadas al inicio del mismo.

5. Resultados del Proyecto: El proyecto debe incluir los resultados obtenidos con relación a las metas planteadas.

6. Innovación. El proyecto deberá ser novedoso y crear valor agregado al desarrollo de la misión de la Entidad, y se deberán caracterizar por ser creativos y eficientes, generando beneficios a los usuarios y a los servidores públicos.

7. Posibilidad de réplica. El proyecto debe ser posible de implementar en otras áreas de la Entidad.

8. Sostenibilidad en el tiempo. El proyecto debe describir las estrategias y condiciones necesarias para que las acciones, logros e impactos del proyecto puedan mantenerse en el tiempo.

9. Impacto ambiental: En caso de ser identificado, el proyecto debe describir el impacto ambiental positivo.

10.  Impacto en la atención al Ciudadano: En caso de ser identificado, el proyecto debe describir el impacto producido en términos de mejora en la atención y servicio al Ciudadano.

11.  Recursos Utilizados: El proyecto debe Incluir los recursos utilizados bien sean financieros, humanos, tecnológicos, etc.

12.  Integrantes del Grupo de Trabajo: El proyecto debe listar los funcionarios que integren el equipo de trabajo.

PARÁGRAFO 1. El proyecto deberá ser novedoso y no debe incluir proyectos del normal desempeño de las actividades propias de las dependencias.

PARÁGRAFO 2. Los proyectos deberán cumplir los siguientes requisitos de forma. Letra Arial Narrow 12, papel carta, espacio sencillo; la extensión total del proyecto no puede exceder de 20 páginas, incluidos los anexos.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 17. PROCEDIMIENTO. <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 7980 de 2018> Para la selección del mejor equipo de trabajo se procederá de la siguiente manera:

1. Una vez termine el plazo para la inscripción de los proyectos, se programarán las audiencias públicas virtuales o presenciales para que los integrantes de los equipos en un plazo no superior a 30 minutos sustenten el proyecto ejecutado, sus logros, desempeño y se absuelvan las preguntas del Comité y de los asistentes.

El Ministerio de Relaciones Exteriores no cubrirá los gastos de traslado a los que pueda incurrir un miembro del equipo, con el fin de sustentar el proyecto.

A las audiencias públicas solo podrán asistir funcionarios, contratistas o practicantes de la Entidad. En caso de requerirse, el Comité podrá invitar a personas, Entidades o grupos que considere deben participar en la audiencia.

2. La evaluación del proyecto será realizada por el Comité de Incentivos de acuerdo con los siguientes criterios:

SUSTENTACIÓN

CONCEPTOPUNTAJE
El proyecto se entregó oportunamente5
Sustentación pública o virtual del proyecto ante el Comité de Incentivos10
Capacidad para responder a las preguntas planteadas por los evaluadores5

Para la sustentación del proyecto ante el Comité de Incentivos es obligatoria la asistencia de todos los integrantes del equipo. El orden de presentación de los proyectos será de acuerdo con el orden de radicación en la Dirección de Talento Humano. Tanto los miembros del Comité como los asistentes podrán formular preguntas a cualquier integrante del mismo.

ESTRUCTURA DEL PROYECTO

CONCEPTOVARIABLEPUNTAJE
El objetivo general del proyecto esClaro2
Medible3
Cuantificable5
Se encuentra alineado a la planeación Estratégica VigenteSi10
El proyecto aporta a la mejora de los procesos de la entidadSi10
El proyecto describe claramente la problemática a solucionar, la población objetivo, las principales acciones realizadas y las metas planteadas?Dependiendo de la claridad entre 0 y 10 puntos10
Los resultados del proyecto de acuerdo a las metas planteadas son concretos y verificablesDependiendo del cumplimiento entre 0 y 10 puntos 10
El proyecto aporta elementos Innovadores y creativos a los procesos de la entidad Si10
El proyecto tiene posibilidad de réplica en otras áreas?Si5
El proyecto describe las condiciones de sostenibilidad en el tiempo?Si5
Uso de energías verdes, impacto ambiental y desarrollo sostenibleSi5
Se presentan mejoras a la atención y servicio al ciudadanoSi5

3. Luego de realizada la evaluación del Comité y en caso de empate se tendrá en cuenta los siguientes factores adicionales de calificación:

CRITERIOS DE DESEMPATE

CONCEPTOVARIABLEPUNTAJE
¿El proyecto está alineado con los objetivos estratégicos de la Entidad? 1 objetivo estratégico5
2 objetivos estratégicos10
3 objetivos estratégicos15
4 objetivos estratégicos20
5 objetivos estratégicos25
6 objetivos estratégicos30
7 objetivos estratégicos35
8 objetivos estratégicos40

4. Este resultado será consignado en acta que deberá ser firmada por todos los miembros.

5. La Ministra de Relaciones Exteriores, de acuerdo con lo establecido dentro del Plan de Incentivos Institucional, mediante acto administrativo, asignará a los mejores equipos de trabajo.

6. Mediante acto público deberán ser proclamados y premiados los mejores equipos de trabajo seleccionados.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 18. CRONOGRAMA. <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 7980 de 2018> A más tardar el 31 de octubre de cada año, la Dirección de Talento Humano organizará el cronograma con base en el cual se desarrollará el Plan de Incentivos Institucionales en cada vigencia.

Notas de Vigencia

CAPITULO IV.

DEL COMITÉ DE INCENTIVOS.

ARTÍCULO 19. CONFORMACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 7980 de 2018> El Comité de Incentivos del Ministerio de Relaciones Exteriores, estará integrado por:

- Un representante del Ministro de Relaciones Exteriores, quien lo presidirá.

- El Secretario General o su delegado.

- El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación.

- El Director de Talento Humano.

- Los representantes principales de los funcionarios ante la Comisión de Personal de Carrera Administrativa.

- El Representante de los funcionarios ante la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 20. IMPEDIMENTOS Y RECUSACIONES. <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 7980 de 2018> Los miembros del comité están sujetos a los impedimentos y recusaciones establecidos por la Ley 1437 de 2011 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. De esta situación se dejará constancia en el acta de reunión del comité de incentivos.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 21. FUNCIONES. <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 7980 de 2018> Las funciones del Comité de Incentivos, son las siguientes:

a) Seleccionar al mejor empleado de cada uno de los niveles jerárquicos que conforman la Carrera Administrativa y la Carrera Diplomática y Consular, y entre ellos a los mejores funcionarios de cada una de ellas; y el mejor empleado de Libre Nombramiento y Remoción incluyendo el mejor gerente público del Ministerio de Relaciones Exteriores, con base en los parámetros establecidos en la presente resolución.

b) Seleccionar los mejores equipos de trabajo de la Entidad, con base en los parámetros establecidos en la presente resolución.

c) Dirimir los empates que se presenten en el proceso de selección de los mejores funcionarios y equipos de trabajo, con base en los parámetros establecidos.

d) Dictar su propio reglamento.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 22. VIGENCIA. <Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 7980 de 2018> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las Resoluciones 6212 del 29 de septiembre de 2016 y 6768 del 20 de octubre de 2016.

Notas de Vigencia

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los

MARÍA ÁNGELA HOLGUÍN CUÉLLAR

Ministra de Relaciones Exteriores

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