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RESOLUCION 6768 DE 2016

(octubre 20)

<Fuente: Archivo Ministerio de Relaciones Exteriores>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por la cual se aclaran los artículos 2o y 7o de la Resolución 6212 del 29 de septiembre de 2016

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

En uso de las facultades que le confiere el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 6212 del 29 de septiembre de 2016 se adoptó el Plan de Incentivos Institucionales para los funcionarios de Carrera Administrativa, Carrera Diplomática y Consular, Libre Nombramiento y Remoción y equipos de trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que, en el artículo segundo de la Resolución precitada, por un yerro de digitación, se escribió: “ARTÍCULO 2.- BENEFICIARIOS DEL PLAN ANUAL DE INCENTIVOS. Serán beneficiarios del Plan de Incentivos del Ministerio de Relaciones Exteriores los siguientes funcionarios: Los mejores funcionarios de Carrera Administrativa de cada nivel jerárquico y, entre ellos, el mejor funcionario” en lugar de “ARTÍCULO 2.- BENEFICIARIOS DEL PLAN ANUAL DE INCENTIVOS. Serán beneficiarios del Plan de Incentivos del Ministerio de Relaciones Exteriores los siguientes funcionarios: Los mejores funcionarios de Carrera Administrativa de cada nivel jerárquico y el mejor empleado de la misma”

Que, así mismo, en el artículo séptimo de la Resolución precitada, por un yerro de digitación, se escribió “participación adicional en cada factor para alcanzar el desempeño sobrante. Cada participación da 2 puntos. 5 pts”, en lugar de “participación adicional en cada factor para alcanzar el desempeño sobrante. 2 pts”

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. ACLARAR el artículo 2o y 7o de la Resolución 6212 del 29 de septiembre de 2016, los cuales quedarán así:

“ARTÍCULO 2. BENEFICIARIOS DEL PLAN ANUAL DE INCENTIVOS. Serán beneficiarios del Plan de Incentivos del Ministerio de Relaciones Exteriores los siguientes funcionarios:

1. Los mejores funcionarios de Carrera Administrativa de cada nivel jerárquico y el mejor empleado de la misma.

ARTÍCULO 7. DESEMPATE. En caso de empate se tendrán en cuenta los siguientes factores para otorgar puntaje adicional:

Para funcionarios de Carrera Administrativa:

No.VARIABLEPUNTAJE
1Cada factor adicional en la evaluación del desempeño, después de alcanzar el nivel sobresaliente5 pts
2Participación adicional en cada factor para alcanzar el desempeño sobresaliente.2 pts

Para los funcionarios de Carrera Diplomática y Consular y de Libre Nombramiento y Remoción:

No.VARIABLEPUNTAJE
1Estudios realizados en el año inmediatamente anterior que debe acreditar con el diploma o certificado de asistencia. 5 pts por
cada estudio

PARAGRAFO 1. Para los funcionarios de Carrera Administrativa, de Carrera Diplomática y Consular y de Libre Nombramiento y Remoción, se tendrá en cuenta el puntaje más alto en la Evaluación del Desempeño del año inmediatamente anterior.

PARAGRAFO 2. Para los funcionarios de Libre Nombramiento y Remoción de Gerencia Publica, se tendrá en cuenta el puntaje más alto en el Acuerdo de Gestión del año inmediatamente anterior.

PARAGRAFO 3. Los funcionarios de Carrera Diplomática y Consular y de Libre Nombramiento y Remoción opcionados a obtener el incentivo, deberán enviar a la Dirección de Talento Humano los certificados de estudios del año inmediatamente anterior, dentro de las fechas establecidas en el cronograma de incentivos.

PARAGRAFO 4. Las participaciones en cada factor y los factores adicionales serán los que el funcionario presentó al momento de entregar la calificación y que reposan en su historia laboral.

PARÁGRAFO 5. En caso de persistir el empate, se escogerá el ganador al azar.

ARTÍCULO 2. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los

MARÍA ÁNGELA HOLGUÍN CUÉLLAR

Ministra de Relaciones Exteriores

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de mayo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.755 - 13 de mayo de 2024)

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