Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción
RESOLUCIÓN 2917 DE 2022
(mayo 2)
Diario Oficial No. 52.024 de 4 de mayo de 2022
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
<Derogada. Vigencia 2022-2023>
Por medio de la cual se adoptan las políticas de prevención del daño antijurídico en el Ministerio de Relaciones Exteriores para la vigencia 2022-2023.
LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES,
en uso de las facultades legales, en especial las conferidas por el literal a) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998, el numeral 17 del artículo 7o del Decreto número 869 de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 6o del Decreto número 4085 de 2011 consagra como función de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado el formular, aplicar, evaluar y difundir las políticas públicas en materia de prevención de las conductas públicas antijurídicas, del daño antijurídico y la extensión de sus efectos.
Que el artículo 2.2.4.3.1.2.2 del Decreto número 1069 de 2015, establece que es función del Comité de Conciliación servir de instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad.
Que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado emitió la Circular Externa número 05 del 27 de septiembre de 2019, con la finalidad de que las entidades formulen las políticas de prevención del daño antijurídico de acuerdo con la metodología elaborada por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
Que el Ministerio de Relaciones Exteriores, adoptó la metodología diseñada por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado compuesta por cuatro elementos, tendientes a establecer el diagnóstico de la problemática y diseñar un plan de acción que contiene las causas que sean prevenibles, las cuales se adoptan de manera permanente a través del presente acto administrativo.
Que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, a través de la Comunicación número 2021000159331-DPE del 22 de diciembre de 2021, evaluó y aprobó el documento denominado “Políticas de Prevención del daño antijurídico del Ministerio de Relaciones Exteriores - vigencia 2022-2023” presentadas por este Ministerio, por encontrarse ajustado a los lineamientos y metodología elaborados por esa entidad.
Que el Comité de Conciliación del Ministerio de Relaciones Exteriores, en sesión del 17 de diciembre de 2021, aprobó el documento denominado “Políticas de Prevención del daño antijurídico del Ministerio de Relaciones Exteriores - vigencia 2022-2023”.
Que se hace necesario expedir la presente resolución, para que se adopten las políticas de prevención del daño antijurídico en el Ministerio de Relaciones Exteriores para la vigencia 2022-2023.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. OBJETO. Adoptar las Políticas de Prevención del Daño Antijurídico del Ministerio de Relaciones Exteriores para la vigencia 2022 a 2023, conforme a la aprobación impartida por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y el Comité de Conciliación del Ministerio de Relaciones Exteriores, contenidas en el Anexo 1, el cual hace parte integral de la presente resolución.
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 2 de mayo de 2022.
La Ministra de Relaciones Exteriores,
Martha Lucía Ramirez Blanco.
<Anexo no publicado en el Diario Oficial, obtenido directamente de la entidad>
“POLÍTICAS DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y SU FONDO ROTATORIO VIGENCIA 2022 - 2023''
En consideración a la obligación legal que le asiste a las entidades públicas del orden nacional de adoptar anualmente las políticas de prevención del daño antijurídico, aunado a las directrices, lineamientos y metodología que sobre la materia ha impartido la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, a continuación se presenta el plan estratégico de Prevención del Daño Antijurídico para la vigencia 2022 -2023, propuesto para mitigar y/o eliminar las causas generadoras de litigiosidad en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
1. Identificación de la actividad litigiosa.
Para desarrollar esta etapa se tienen en cuenta no solo las condenas y las demandas notificadas a la entidad durante los años 2020 y 2022, sino también las solicitudes de conciliación extrajudicial, cada una de estas agrupadas tanto por el medio de control promovido o a promover, así como por las causas generales de dicha litigiosidad conforme a la parametrización fijada por el Sistema Único de Gestión e información Litigiosa del Estado EKOGUI.
Conforme a lo anterior, teniendo en cuenta el valor de las pretensiones y la frecuencia, según queda consignado dentro de la plataforma E- Kogui, dispuesta por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, se encontraron dentro de las causas generales parametrizadas, las generadoras de litigiosidad para el Ministerio de Relaciones Exteriores, de los cuales se desprende la sub causa o problema específico, así como las cuantías y frecuencias de los mismos, según se desarrolla en la “Matriz paso 1: identificación de la Actividad Litigiosa”
2. Análisis de las causas primarias o subcausas.
Se efectuó la priorización de las causas generales que arrojaban más frecuencia y mayores valores pagados en el período estudiado, determinándose las siguientes:
I. Ilegalidad del acto administrativo que nombra funcionario público
II. No reconocimiento de reajuste o nivelación salarial
III. Ilegalidad del acto administrativo que declara insubsistencia de funcionario en provisionalidad
IV. Privación injusta de la libertad
V. Indebida liquidación del auxilio de cesantías
VI. Indebida liquidación de pensión de vejez
Como problemáticas específicas que generaron las mencionadas causas generales del daño antijurídico, se evidenciaron las siguientes:
I. Indebida aplicación analógica de la Ley 100 de 1993 al pago de aportes con anterioridad a su vigencia, en los actos administrativos que negaron la reliquidación.
II. Omisión en notificación del acto administrativo de liquidación anual y definitiva del auxilio de cesantías.
III. Nombramiento en cargos de carrera diplomática y consular de personal no perteneciente a la misma cuando están funcionarios escalafonados para ocupar el cargo disponible.
IV. Errores cometidos dentro del proceso administrativo de extradición surtido por las autoridades colombianas o terminación de los procesos penales adelantados en el exterior por absolución de las personas acusadas.
V. Reliquidación de prestaciones sociales, salarios, aportes a seguridad social – Pago de Aumento Prima Especial en funcionarios de planta externa.
Así mismo, se valoró si dichas reclamaciones ante la Entidad se originan por la inconformidad respecto de actuaciones internas en cualquiera de los procesos, derivándose de ello la característica de prevenible o no, en la medida en que la solución a la posible falencia se encuentra modificando o apoyando algún procedimiento interno.
3. Plan de acción
Con el fin de mitigar las causas primarias prevenibles antes identificadas, denominadas:
I) Ilegalidad del Acto Administrativo que declara la Insubsistencia de funcionario en Provisionalidad y 2) No reconocimiento de reajuste o nivelación salarial. Se procedió a elaborar un plan de acción conjunto teniendo en cuenta que el origen es el mismo, por cuanto tiene que ver con la planta global de personal de la entidad; conforme lo anterior se determinó la medida a adoptar y el mecanismo para concretarla, el cual consistió en la integración de una mesa de trabajo conformadas por las siguientes dependencias, de la Dirección de Talento Humano:
- Coordinador-G.I.T. Prestaciones Sociales.
- Coordinador-G.I.T. Nomina.
- Coordinador-G.I.T. Administración de Personal.
- Coordinador-G.I.T. Asuntos Pensionales.
- Coordinador-G.I.T. Carreras Diplomática y Administrativa.
- Asesores Jurídicos de la Dirección de Talento Humano.
De la Oficina Asesora Jurídica Interna, sin perjuicio de la asistencia del Jefe de Oficina:
- Coordinador del GIT de Asuntos Legales.
- El Secretario Técnico del Comité de Conciliación.
Se definió que dicha mesa de trabajó se reunirá de manera trimestral con el objetivo de estudiar algunas de las respuestas y actos administrativos que se pongan a consideración, especialmente los que versen sobre reliquidación de prestaciones sociales y salariales, y desvinculaciones de la entidad, con la finalidad de buscar respuestas completas y unificadas de todas las áreas.
Los tiempos establecidos para la realización de dicha actividad serán máximo el 29 de abril, 29 de julio, 28 de octubre, 15 de diciembre de 2022, así mismo, el 8 de febrero, 28 de abril, 28 de julio y 29 de septiembre de 2023.
Lo anterior se describe en el cuadro denominado “matriz paso 2: Plan de acción''.
Ahora bien, el insumo principal se obtiene de las bases de datos de la Oficina Asesora Jurídica Interna y de la base de datos de actividad litigiosa de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado tomando como media los dos últimos dos años por lo que se tiene que:
El Ministerio de Relaciones Exteriores ha sido convocado o demandado por funcionarios de planta externa que solicitan el reconocimiento de reajuste salarial y de prima especial y de reliquidación de las diferencias en aportes pensionales conforme los Decretos por los cuales se fijan las escalas de asignación básica de los empleos que sean desempeñados por empleados públicos de la rama ejecutiva, en el caso del Ministerio de Relaciones Exteriores a los funcionarios de planta interna; esto, pese a que cada planta tiene su propia normatividad, en el caso de planta externa es el Decreto 2348 de 2014; a corte de 30 de agosto de 2021 se tiene que se han presentado 14 solicitudes de conciliaciones extrajudiciales por esta causa, por un valor de pretensiones de $32,882,203,226 aproximadamente.
Así mismo, se tiene que la segunda causa se toma de la litigiosidad y solicitudes de conciliación extrajudicial, y las PQRS, iniciadas por ex funcionarios que estuvieron en la entidad en provisionalidad o de libre remoción, y que fueron desvinculados. A la fecha hay 3 de procesos activos por la suma de $ 128.384.126
Finalmente, se tiene que durante los dos últimos años a corte de 30 de agosto de 2021, el Ministerio de Relaciones Exteriores continua con un número importante de asuntos iniciados por ex funcionarios y por diferentes causas tales como, reliquidación de cesantías, reliquidación de aportes a pensión y otros emolumentos laborales para un promedio de 101 de procesos vigentes por la suma de $ 13.774.129.036, aproximadamente, dichas causas ya han sido sujetas a Políticas de Prevención del Daño Antijurídico en años anteriores, por lo que los asuntos que persisten son rezagos pendientes de fallo, o de asuntos no conciliables.
Así las cosas, la mayoría de causas que producen litigio en contra de la entidad, proviene del área de talento humano, por lo que se hace necesario fortalecer las respuestas dadas por el área con el plan de acción aquí previsto.
4. Seguimiento y evaluación.
Una vez desarrollados los pasos anteriores y la formulación del plan de acción, se elaboró el paso cuatro de la metodología propuesta por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, en aras de efectuar el seguimiento y evaluación pertinente al plan de acción propuesto, estableciéndose los indicadores de gestión, de resultado y de impacto para cada sub causa, contenidos en el último cuadro denominado “matriz paso 3: Seguimiento y evaluación
MATRIZ PASO 1: IDENTIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD LITIGIOSA
paso 1: Identificación de la actividad litigiosa
Nombre de la entidad: Ministerio de Relaciones Exteriores | Nivel de litigiosidad: bajo | |
Desde: enero 2020 | Hasta: agosto 2021 | |
CAUSA GENERAL | FRECUENCIA | VALOR EN PESOS DE LAS PRETENSIONES |
ILEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE NOMBRA FUNCIONARIO PÚBLICO | 119 | $ 45.426.300.00 |
PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD | 42 | $ 170.037.632.074.27 |
INDEBIDA LIQUIDACIÓN DEL AUXILIO DE CESANTÍAS | 39 | $ 6.094.253.685.98 |
INDEBIDA LIQUIDACIÓN DE PENSIÓN DE VEJEZ | 35 | $ 5.474.795.078.46 |
INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL | 27 | $ 2.205.080.273.39 |
INCONSTITUCIONALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO | 22 | 0.00 |
ILEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE IMPONE SANCIÓN DISCIPLINARIA | 21 | $ 4.889.404.728.90 |
VIOLACIÓN AL DEBIDO PROCESO ADMINISTRATIVO | 21 | $ 6.009.044.741.81 |
ILEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE DECLARA LA INSUBSISTENCIA DE FUNCIONARIO | 18 | $ 1.538.462.173.41 |
CONFIGURACIÓN DEL CONTRATO REALIDAD | 18 | $ 15.061.472.222.70 |
ILEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO GENERAL QUE DISPONE LA REESTRUCTURACIÓN | 14 | $ 5.666.255.409.17 |
INCUMPLIMIENTO DE NORMA JURÍDICA | 14 | 0.00 |
INDEBIDA LIQUIDACIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES | 12 | $ 1.806.638.628.39 |
ERROR JUDICIAL | 12 | $ 24.736.991.513.51 |
NO RECONOCIMIENTO DE REAJUSTE O NIVELACIÓN SALARIAL | 11 | $ 2.144.192.810.24 |
MUERTE DE CIVIL POR GRUPO ARMADO ILEGAL | 9 | $ 62.757.610.021.37 |
NO RECONOCIMIENTO DE PENSIÓN DE VEJEZ | 9 | $ 1.448.255.089.39 |
NO RECONOCIMIENTO DE PRESTACIONES SOCIALES | 9 | $ 3.842.474.274.54 |
VIOLACIÓN O AMENAZA A LA MORALIDAD ADMINISTRATIVA | 9 | $ 90.852.600.00 |
DESPIDO SIN JUSTA CAUSA DE TRABAJADOR OFICIAL | 9 | $ 33.913.571.948.57 |
ILEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE DECLARA LA INSUBSISTENCIA DE FUNCIONARIO | 9 | $ 995.672.554.66 |
ILEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE DECLARA LA INSUBSISTENCIA DE FUNCIONARIO | 8 | $ 1.730.167.047.40 |
DEFECTUOSO FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA | 8 | $ 20.001.908.687.50 |
MUERTE POR INDEBIDA O INSUFICIENTE ADOPCIÓN DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD | 8 | $ 67.935.184.879.11 |
DAÑOS CAUSADOS A FUNCIONARIO DE CARRERA ADMINISTRATIVA | 7 | $ 2.334.964.854.18 |
DAÑOS DERIVADOS DE ACTO ADMINISTRATIVO LÍCITO | 7 | $ 11.154.870.095.35 |
ILEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS | 7 | $ 603.821.523.12 |
ILEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE MODIFICA PLANTA DE PERSONAL | 7 | $ 2.421.127.534.40 |
INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO DE AUXILIO DE CESANTÍAS | 6 | $ 2.822.357.533.74 |
OMISIÓN EN LAS FUNCIONES DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL | 6 | $ 24.305.056.458.18 |
VIOLACIÓN O AMENAZA AL GOCE DEL ESPACIO PÚBLICO Y A LA UTILIZACIÓN Y DEFENSA | 6 | $ 111.529.344.25 |
VIOLACIÓN O AMENAZA AL PATRIMONIO PÚBLICO | 5 | 0.00 |
PAGO DE CONDENA O CONCILIACIÓN POR ACTUACIÓN DOLOSA O GRAVEMENTE CULPOSA | 5 | $ 564.907.805.45 |
MUERTE POR FALTA DE ADOPCIÓN DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD | 5 | $ 41.092.348.122.38 |
INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO DE SALARIO | 5 | $ 776.901.935.47 |
INDEBIDA INCORPORACIÓN DE CONSCRIPTOS | 5 | $ 2.440.202.953.13 |
INDEBIDA LIQUIDACIÓN DE INCREMENTO DE PENSIÓN DE VEJEZ | 4 | $ 383.620.132.59 |
INDEBIDA LIQUIDACIÓN DE INTERESES SOBRE AUXILIO DE CESANTÍAS | 4 | $ 252.374.504.03 |
ILEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE ADJUDICA UN CONTRATO | 4 | $ 994.066.943.68 |
FALTA DE REPARACIÓN INTEGRAL A VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO INTERNO | 4 | $ 20.433.257.595.94 |
ILEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE REVOCA EL NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIO | 4 | $ 530.402.983.71 |
LESIÓN A CIVIL CON VEHÍCULO OFICIAL | 4 | $ 2.743.793.200.36 |
VIOLACIÓN O AMENAZA AL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN | 4 | 0.00 |
VIOLACIÓN O AMENAZA A LA SEGURIDAD Y SALUBRIDAD PÚBLICAS | 4 | 0.00 |
VIOLACIÓN O AMENAZA A LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS | 3 | 0.00 |
MUERTE POR INCUMPLIMIENTO DEL DEBER DE SEGURIDAD EN LA ATENCIÓN HOSPITALARIA | 3 | $ 7.277.518.757.65 |
DESPLAZAMIENTO FORZADO | 3 | $ 13.122.064.809.65 |
ILEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE AUTORIZA O NIEGA UN ASCENSO | 3 | $ 367.078.419.23 |
INDEBIDA LIQUIDACIÓN DE INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DE PENSION DE VEJEZ | 3 | $ 146.454.831.38 |
INDEBIDO TRASLADO DE FUNCIONARIO PÚBLICO | 3 | $ 1.354.831.939.30 |
INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO DE LA INDEXACIÓN Y REAJUSTE DE LA PENSIÓN DE VEJEZ | 3 | $ 652.046.035.80 |
INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO DE PENSIÓN DE VEJEZ | 3 | $ 360.356.307.20 |
INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO DE SINIESTRO POR ASEGURADORA | 2 | $ 1.714.568.211.24 |
ILEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE RECONOCE PENSIÓN - ACCIÓN DE LESIVIDAD | 2 | $ 363.956.982.94 |
ILEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LIQUIDA LA PENSIÓN - ACCIÓN DE LESIVIDAD | 2 | $ 694.448.510.14 |
ILEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE NOMBRA FUNCIONARIO PÚBLICO | 2 | 0.00 |
INCUMPLIMIENTO DE SENTENCIA JUDICIAL | 2 | $ 1.501.380.426.95 |
DESMEJORA EN LAS CONDICIONES LABORALES | 2 | $ 502.902.394.33 |
DESAPARICIÓN FORZADA | 2 | $ 5.811.872.926.41 |
DESCONOCIMIENTO DE TRASLADO DE REGIMEN PENSIONAL | 2 | $ 42.727.616.45 |
DAÑOS A BIENES POR FALTA DE ADOPCIÓN DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD | 2 | $ 20.297.504.805.10 |
ACOSO LABORAL | 2 | $ 822.379.115.33 |
DAÑOS CAUSADOS A BIENES EN PROCEDIMIENTO DE POLICÍA | 2 | $ 246.488.758.78 |
NO RECONOCIMIENTO DE CUOTA PARTE PENSIONAL | 2 | $ 35.903.669.83 |
NO RECONOCIMIENTO DE INTERESES SOBRE AUXILIO DE CESANTIAS | 2 | $ 308.604.545.62 |
PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD SIN QUE MEDIE MEDIDA DE ASEGURAMIENTO | 2 | $ 610.208.796.93 |
LESIÓN A CIVIL POR GRUPO ARMADO ILEGAL | 2 | $ 8.600.953.116.09 |
LESIÓN POR FALTA DE ADOPCIÓN DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD | 2 | $ 4.458.905.522.35 |
LESIÓN POR INDEBIDA O INSUFICIENTE ADOPCIÓN DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD | 2 | $ 17.422.549.606.52 |
MUERTE DE CIVIL CON ARMA DE DOTACIÓN OFICIAL | 2 | $ 13.815.022.301.18 |
MUERTE DE CIVIL EN COMBATE O ENFRENTAMIENTO | 2 | $ 15.270.084.041.53 |
VÍA DE HECHO DE LA ADMINISTRACIÓN | 2 | 0.00 |
VIOLACIÓN O AMENAZA AL GOCE DE UN AMBIENTE SANO | 1 | 0.00 |
MUERTE DE CIVIL EN PROCEDIMIENTO DE POLICÍA | 1 | $ 1.259.181.214.41 |
MUERTE DE CIVIL POR ACTO TERRORISTA CONTRA POBLACIÓN CIVIL | 1 | $ 10.210.686.742.85 |
MUERTE DE CIVIL CON VEHÍCULO OFICIAL | 1 | $ 597.739.354.86 |
MUERTE POR INDEBIDA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SALUD | 1 | $ 2.278.114.848.95 |
NO ACEPTACIÓN DE LA RENUNCIA | 1 | $ 52.908.269.70 |
NO RECONOCIMIENTO DE BONO PENSIONAL | 1 | $ 305.809.297.39 |
LESIÓN POR INDEBIDA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SALUD | 1 | $ 2.890.786.447.63 |
LESIÓN POR INCUMPLIMIENTO DEL DEBER DE SEGURIDAD EN LA ATENCIÓN HOSPITALARIA | 1 | $ 1.726.199.400.00 |
LESIÓN A CIVIL EN COMBATE O ENFRENTAMIENTO | 1 | $ 2.766.562.097.21 |
LESIÓN A CIVIL EN OPERATIVO MILITAR | 1 | $ 2.766.562.097.21 |
LESIÓN A CIVIL EN PROCEDIMIENTO DE POLICÍA | 1 | $ 363.410.400.00 |
LESIÓN A CIVIL POR ACTO TERRORISTA CONTRA POBLACIÓN CIVIL | 1 | $ 11.052.105.059.27 |
NO RECONOCIMIENTO DEL AUXILIO DE CESANTÍAS | 1 | $ 496.933.870.61 |
PERJUICIOS OCASIONADOS POR INSTAURAR UN PROCESO JUDICIAL INFUNDADO | 1 | $ 35.323.490.880.00 |
PERJUICIOS OCASIONADOS POR NO EXPEDICIÓN DE DOCUMENTO | 1 | 0.00 |
NO RECONOCIMIENTO DE PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE | 1 | $ 9.085.260.00 |
NO RECONOCIMIENTO DE PRIMA TÉCNICA | 1 | $ 19.289.055.80 |
NO RECONOCIMIENTO DE HONORARIOS | 1 | $ 767.662.770.29 |
NO RECONOCIMIENTO DE INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO SIN JUSTA CAUSA | 1 | $ 652.807.661.73 |
DAÑOS A BIENES POR INDEBIDA O INSUFICIENTE ADOPCIÓN DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN | 1 | $ 5.451.156.000.00 |
DAÑO O AMENAZA AMBIENTAL POR ACTIVIDAD AGROPECUARIA | 1 | $ 1.373.579.844.969.85 |
DAÑO O AMENAZA AMBIENTAL POR ACTIVIDAD MINERA | 1 | $ 352.950.442.340.91 |
DAÑO O AMENAZA AMBIENTAL POR ERRADICACIÓN DE CULTIVOS ILÍCITOS | 1 | $ 1.373.579.844.969.85 |
DAÑOS A BIENES CON ARMA DE DOTACIÓN OFICIAL | 1 | $ 7.089.498.059.28 |
DESCUENTO DE NÓMINA NO AUTORIZADO | 1 | $ 16.652.432.35 |
DESCUENTO ILEGAL A LA MESADA PENSIONAL | 1 | $ 27.315.312.32 |
DESEQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO POR ACTOS O HECHOS DE LA ENTIDAD CONTRATANTE | 1 | 0.00 |
DAÑOS DERIVADOS DE LA ACTIVIDAD LEGISLATIVA | 1 | $ 597.739.354.86 |
DAÑOS CAUSADOS POR MEDIDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO | 1 | $ 1.111.103.211.94 |
DESPIDO INDIRECTO DE FUNCIONARIO PÚBLICO | 1 | $ 97.381.460.66 |
DESPIDO INDIRECTO DE TRABAJADOR OFICIAL | 1 | $ 171.382.475.02 |
DESPOJO JURÍDICO Y MATERIAL DE TIERRAS | 1 | 0.00 |
ILEGALIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO DURANTE EL CONCURSO DE MÉRITOS PARA PROVEER | 1 | $ 26.729.163.78 |
ILEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO DE LIQUIDACIÓN OFICIAL DE AFORO IMPUESTO | 1 | 0.00 |
ILEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE DISPONE EL REINTEGRO DE RECURSOS A FAVOR | 1 | 0.00 |
ILEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE IMPONE SANCIÓN POR VIOLACIÓN DE NORMAS | 1 | $ 450.022.466.78 |
ILEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE IMPONE SANCIONES DERIVADAS DE LA FACULTAD | 1 | $ 8.333.362.14 |
INCUMPLIMIENTO DEL DEBER DE LIQUIDAR EL CONTRATO | 1 | $ 4.393.697.688.44 |
INCUMPLIMIENTO DEL DEBER DE PROTECCIÓN A LA HONRA Y BUEN NOMBRE | 1 | $ 355.313.153.60 |
INCUMPLIMIENTO EN EL DEBER DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DE DESASTRES | 1 | 0.00 |
ILEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE NIEGA INSCRIPCIÓN DE FUNCIONARIO | 1 | $ 29.910.520.93 |
INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO DE APORTES PARAFISCALES | 1 | $ 154.290.129.18 |
INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO DE INCREMENTO DE PENSIÓN DE VEJEZ | 1 | $ 43.198.381.22 |
INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO DE INDEMNIZACION SUSTITUTIVA DE PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES | 1 | $ 18.323.694.49 |
INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO DE INTERESES SOBRE EL AUXILIO DE CESANTÍA | 1 | $ 224.570.691.59 |
INDEBIDA LIQUIDACIÓN DE CUOTA PARTE PENSIONAL | 1 | $ 322.142.677.25 |
INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES | 1 | $ 35.054.633.71 |
INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO DE RETROACTIVO DE PENSIÓN DE VEJEZ | 1 | $ 37.175.459.11 |
LESIÓN A ALUMNO EN ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO | 1 | $ 2.989.050.540.00 |
INDEBIDA LIQUIDACION DE PRIMA TÉCNICA | 1 | $ 137.735.622.69 |
INDEBIDA LIQUIDACIÓN DE PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE | 1 | $ 185.441.295.00 |
MATRIZ PASO 2: PLAN DE ACCIÓN
Insumo | Causa e-Kogui | Justificación | Sub causa | N° Medida | Medida ¿qué? |
Solicitudes de Conciliación Extrajudicial | NO RECONOCIMIENTO DE REAJUSTE O NIVELACION SALARIAL | Los insumos se toman con solicitudes de conciliación extrajudicial, y las PQRS. Esto teniendo en cuenta que en los dos últimos dos años el MRE ha sido demandado por funcionarios de planta externa que solicitan el reconocimiento de reajuste salarial y de prima especial y de reliquidación de las diferencias en aportes pensionales conforme los Decretos por los cuales se fijan las escalas de asignación básica de los empleos que sean desempeñados por empleados públicos de la rama ejecutiva, en el caso del MRE a los funcionarios de planta interna; esto pese a que cada planta tienen su propia normatividad en el caso de planta externa es el Decreto 2348 de 2014. A la fecha se tiene que se han presentado 14 solicitudes de conciliaciones extrajudicial por esta causa, por un valor de $ 32,882,203,226 en pretensiones. | Se genera el riesgo de que se ordene al MRE reliquidar las prestaciones sociales a funcionarios de planta externa conforme los Decretos del Gobierno Nacional por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los funcionarios del orden nacional. | 1 | Efectuar seguimiento y control |
Litigiosidad | ILEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE DECLARA LA INSUBSISTENCIA DE FUNCIONARIO EN PROVISIONALIDAD | Los insumos se toman de la litigiosidad y solicitudes de conciliación extrajudicial, y las PQRS. Esto teniendo en cuenta que en los dos últimos años el MRE ha sido demandado por ex funcionarios que estuvieron en la entidad en provisionalidad o de libre remoción. A la fecha hay 3 de procesos activos por la suma de $ 128.384.126 | Retiro de funcionarios en provisionalidad, o libre nombramiento y remoción sin observancia plena de los requisitos jurisprudenciales respecto de las personas con posible estabilidad reforzada. | 1 | Efectuar seguimiento y control |
Período de implementación de la medida | N° Mecanismo | Mecanismo ¿cómo? | Otro Mecanismo | ||
Fecha inicio | Fecha fin | ||||
1/01/2022 | 30/09/2023 | 1 | Otro (escríbala en la siguiente columna) | mesas de trabajo | |
1/01/2022 | 30/09/2023 | 1 | Otro (escríbala en la siguiente columna) | mesas de trabajo | |
Ejecución del mecanismo | Área responsable ¿quién? | Divulgación | |||
Se integrará una mesa de trabajo conformada por las siguientes dependencias. De la Dirección de Talento Humano: Coordinador-G.I.T. Prestaciones Sociales; Coordinador-G.I.T. Nomina; Coordinador-G.I.T. Administración de Personal; Asesores Jurídicos de la Dirección de Talento Humano; Coordinador-G.I.T. Asuntos Pensionales, y el Coordinador-G.I.T. Carreras Diplomática y Administrativa. De la Oficina Asesora Jurídica Interna, sin perjuicio de la asistencia del Jefe de Oficina: el Coordinador de del GIT de Asuntos legales y el Secretario Técnico del Comité de Conciliación. Se reunirá de manera trimestral con el objetivo de estudiar algunas de las respuestas y actos administrativos que se pongan a consideración especialmente los que versen sobre reliquidación de prestaciones sociales y salariales, con la finalidad de buscar respuestas completas y unificadas por todas las áreas. Dichas reuniones serán: el 29 de abril, 29 de julio, 28 de octubre, 15 de diciembre de 2022 así mismo el 8 de febrero, 28 de abril, 28 de julio y 29 de septiembre de 2023. | Dirección de Talento Humano; Oficina Asesora Jurídica Interna, Secretaría Comité de Conciliación | Intranet | |||
Se integrará una mesa de trabajo conformada por las siguientes dependencias. De la Dirección de Talento Humano: Coordinador-G.I.T. Prestaciones Sociales; Coordinador-G.I.T. Nomina; Coordinador-G.I.T. Administración de Personal; Asesores Jurídicos de la Dirección de Talento Humano; Coordinador-G.I.T. Asuntos Pensionales, y el Coordinador-G.I.T. Carreras Diplomática y Administrativa. De la Oficina Asesora Jurídica Interna, sin perjuicio de la asistencia del Jefe de Oficina: el Coordinador de del GIT de Asuntos Legales y el Secretario Técnico del Comité de Conciliación. Se reunirá de manera trimestral con el objetivo de estudiar algunas de las respuestas y actos administrativos que se pongan a consideración especialmente los que versen sobre desvinculaciones de la entidad, con la finalidad de buscar respuestas completas y unificadas por todas las áreas, de manera que se observen los requisitos jurisprudenciales en la materia. Dichas reuniones serán: el 29 de abril, 29 de julio, 28 de octubre, 15 de diciembre de 2022 así mismo el 8 de febrero, 28 de abril, 28 de julio y 29 de septiembre de 2023. | Dirección de Talento Humano; Oficina Asesora Jurídica Interna, Secretaría Comité de Conciliación | Intranet |
MATRIZ PASO 3: SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
INDICADOR DE GESTIÓN
Sub causa | N° Del Mecanismo | Mecanismo | Descripción del numerador | Descripción del denominador | Fórmula del indicador |
Se genera el riesgo de que se ordene al MRE reliquidar las prestaciones sociales a funcionarios de planta externa conforme los decretos del Gobierno Nacional, por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los funcionarios del orden nacional. | 1 | Mesas de trabajo | Número de mesas de trabajo realizadas | Número mesas de trabajo planeadas | (Número de mesas de trabajo realizadas/ Número mesas de trabajo planeadas)* 100 |
Retiro de funcionarios en provisionalidad, o libre nombramiento y remoción sin observancia plena de los requisito jurisprudenciales respecto de las personas con posible estabilidad reforzada. | 1 | Mesas de trabajo | Número de mesas de trabajo realizadas | Número mesas de trabajo planeadas | (Número de mesas de trabajo realizadas/ Número mesas de trabajo planeadas)* 100 |
INDICADOR DE RESULTADO
Sub causa | N° Medida | Medida | Descripción del numerador | Descripción del denominador | Fórmula del indicador |
Se genera el riesgo de que se ordene al MRE reliquidar las prestaciones sociales a funcionarios de planta externa conforme los decretos del Gobierno Nacional por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los funcionarios del orden nacional. | 1 | Efectuar seguimiento y control | número de seguimiento y control realizados | número de seguimiento y control programado | (número de seguimiento y control realizados/ número de seguimiento y control programado)*100 |
Se genera el riesgo de que se ordene al MRE la Nulidad y el Restablecimiento del Derecho de los actos administrativos proferidos por la entidad, de quienes fueron desvinculados de la entidad, reliquidar las prestaciones sociales a funcionarios de planta externa conforme los decretos del Gobierno Nacional por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los funcionarios del orden nacional. | 1 | Efectuar seguimiento y control | número de seguimiento y control realizados | número de seguimiento y control programado | (número de seguimiento y control realizados/ número de seguimiento y control programado)*100 |
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.