Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCIÓN 887 DE 2009

(febrero 27)

Diario Oficial No. 47.297 de 20 de marzo de 2009

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por medio de la cual se crea y se establecen las funciones de un Grupo Interno de Trabajo.

Resumen de Notas de Vigencia

LA VICEMINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES, ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES,

en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto número 2489 del 25 de julio de 2006 y el Decreto 110 de 2003,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o.  <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011> Crear en el Ministerio de Relaciones Exteriores el siguiente Grupo Interno de Trabajo, así

DependenciaGrupo Interno de Trabajo
Viceministerio de Relaciones ExterioresEcuador
Ir al inicio

ARTÍCULO 2o.  <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011> Las funciones que tendrá a su cargo el grupo creado en el artículo 1o de esta resolución son las siguientes.

Descripción de funciones

1. Realizar el seguimiento, apoyo técnico y profesional a la demanda interpuesta por Ecuador ante la Corte Internacional de Justicia, según las instrucciones que sobre el particular impartan el Viceministerio de Relaciones Exteriores y el Agente de Colombia para el caso, directamente o a través del Coordinador del Grupo, en esta y en las demás funciones asignadas.

2. Elaborar documentos sobre temas especializados, de conformidad con las necesidades del proceso de la demanda de Ecuador en contra de Colombia ante la Corte Internacional de Justicia.

3. Organizar, actualizar y administrar el archivo documental y llevar una base de datos especializada sobre el tema de su competencia.

4. Recopilar y centralizar información de carácter histórico - jurídico. Para ello, adelantará las investigaciones que sean necesarias en las entidades nacionales que correspondan y en archivos y bibliotecas en el exterior.

5. Seleccionar, analizar, clasificar y sistematizar el material recopilado en las investigaciones que se realicen.

6. Proponer, orientar y desarrollar estudios e investigaciones con miras a optimizar el material recopilado y traducir el material requerido para atender eficientemente las solicitudes planteadas.

7. Elaborar documentos sobre temas específicos y cuadros o resúmenes, cuando las necesidades lo exijan.

8. Presentar informes sobre las actividades desarrolladas y sobre el avance de los estudios e investigaciones adelantadas, así como aquellos que le sean solicitados.

9. Proyectar respuestas a peticiones o consultas formuladas sobre el tema de su competencia.

10. Organizar las reuniones que sean necesarias de acuerdo con las labores encomendadas o aquellas que se le soliciten.

11. Las demás que le sean asignadas y que por su naturaleza sean afines con las descritas anteriormente.

Ir al inicio

ARTÍCULO 3o.  <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011> Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 27 de febrero de 2009.

La Viceministra de Relaciones Exteriores, encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores,

CLEMENCIA FORERO UCRÓS.

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de mayo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.755 - 13 de mayo de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.