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RESOLUCIÓN 2468 DE 2013

(junio 26)

Diario Oficial No. 48.839 de 2 de julio de 2013

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución 313 de 2015>

Por medio de la cual se modifica el artículo 2o de la resolución 2310 del 21 de noviembre de 2012 del Sistema de Gestión Integral y se dictan otras disposiciones.

Resumen de Notas de Vigencia

EL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN,

en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confieren los numerales, 14, 17, 22 y 33 del artículo 11 de la Ley 938 del 30 de diciembre de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia de 1991, dispone en su artículo 269 la obligatoriedad de diseñar y aplicar métodos y procedimientos de Control Interno, según la naturaleza de las funciones de la Entidad.

Que el literal b) del artículo 3o de la Ley 87 de 1993, prescribe que corresponde a la máxima autoridad del organismo o Entidad, la responsabilidad de establecer, mantener y perfeccionar el Sistema de Control Interno, el cual debe ser adecuado a la naturaleza, estructura y misión de la organización.

Que el artículo 6o de la Ley 87 de 1993, consagra que “el establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno en los organismos y Entidades Públicas, será responsabilidad del representante legal o máximo directivo correspondiente”. No obstante, la aplicación de los métodos y procedimientos al igual que la calidad, eficiencia y eficacia del control interno, también será de responsabilidad de los jefes de cada una de las distintas dependencias de las Entidades y organismos.

Que el artículo 13 de la Ley 87 de 1993, determina que los Organismos y Entidades a que se refiere el artículo 5o, de la presente ley, deberán establecer al más alto nivel jerárquico un Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, de acuerdo con la naturaleza de las funciones propias de la organización.

Que la Ley 489 de 1998, en los Capítulos IV y VI dictan normas sobre el Sistema de Desarrollo Administrativo y el Sistema Nacional de Control Interno.

Que la Ley 872 de 2003, reglamentada por el Decreto número 4110 del 9 de diciembre de 2004, crea el Sistema de Gestión de Calidad para las Entidades del Estado, como herramienta de gestión sistemática y transparente que permita dirigir y evaluar desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de las entidades y agentes obligados, la cual estará enmarcada en los planes estratégicos y de desarrollo de tales entidades.

Que el parágrafo 1o del artículo 2o de la Ley 872 de 2003, establece que la máxima autoridad de cada Entidad pública tendrá la responsabilidad de desarrollar, implementar, mantener, revisar y perfeccionar el Sistema de Gestión de la Calidad que se establezca de acuerdo con lo dispuesto en dicha ley.

Que a su vez el parágrafo del artículo 3o de la Ley 872 de 2003, determina que el Sistema de Gestión de Calidad es complementario a los sistemas de Control Interno y de Desarrollo Administrativo establecidos por la Ley 489 de 1998.

Que mediante la Resolución número 0-0159 del 1o de febrero de 2006, se adopta el Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005 en la Fiscalía General de la Nación, y su estructura establecida en el Decreto 1599 de 20 de mayo de 2005. Así mismo es necesario contar con una única instancia del más alto nivel, que unifique el comité coordinador del Sistema de Control Interno, el Comité del Sistema de Gestión de la Calidad y los demás comités que exijan los sistemas de gestión que la Entidad decida adoptar.

Que con el objetivo de evitar duplicidad de funciones y de asegurar el óptimo desempeño del sistema, se requiere ajustar y unificar los diferentes actos administrativos relacionados con la estructura para la implementación, mantenimiento, seguimiento y mejora de los sistemas de gestión, evitando además la dispersión normativa.

En mérito de lo expuesto este despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución 313 de 2015> Modificar el artículo 2o de la Resolución número 0-2310 del 21 de noviembre de 2012, con el fin de aclarar quiénes de sus miembros pueden delegar la asistencia en el Comité de Coordinación del Sistema de Gestión Integral, así:

1. El Fiscal General de la Nación, o quien este delegue, quien lo presidirá.

2. El Vicefiscal General de la Nación, o quien este delegue.

3. El Secretario General o quien este delegue.

4. El Director Nacional de Fiscalías o quien este delegue.

5. El Director Nacional del Cuerpo Técnico de Investigación o quien este delegue.

6. El Director Nacional Administrativo y Financiero o quien este delegue.

7. El Jefe de la Oficina de Planeación.

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ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución 313 de 2015> Modificar el parágrafo 1o del artículo 2o de la Resolución número 0-2310 del 21 noviembre de 2012, el cual quedará así: Las reuniones ordinarias del Comité de Coordinación del Sistema de Gestión Integral (SGI), se realizarán una vez cada seis (6) meses. Podrán celebrarse reuniones de carácter extraordinario a instancia de cualquiera de sus integrantes, a través de la Oficina de Planeación quien realizará la convocatoria, con no menos de quince (1 5) días hábiles anteriores a esta.

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ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución 313 de 2015> Modificar el parágrafo 3o del artículo 2o de la Resolución número 0-2310 del 21 de noviembre de 2012, el cual quedará así: La Oficina de Control Interno y la Oficina de Veeduría y Control Disciplinario Interno participarán en el Comité de Coordinación del Sistema de Gestión Integral con voz pero sin voto, como invitados permanentes.

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ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución 313 de 2015> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D.C., a 26 de junio d e2013.

El Fiscal General de la Nación,

EDUARDO MONTEALEGRE LYNETT.

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de marzo de 2018

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