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RESOLUCION 05246 DE 2001
(septiembre 14)
Diario Oficial No. 44.577, de 09 de octubre de 2001
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Por la cual se modifica la Resolución número 05149 de octubre 26 de 2000.
El Contralor General de la República,
en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto número 267 de febrero 22 de 2000 estableció las normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría General de la República;
Que la Ley 610 del 16 de agosto de 2000, Título III, artículo 60, asignó a la Contraloría General de la República la competencia para la publicación trimestral del boletín de responsables fiscales, en el cual se incluirá a todas aquellas personas naturales o jurídicas a quienes se les haya dictado fallo con responsabilidad fiscal; y este se encuentre en firme y ejecutoriado y no se haya satisfecho la obligación contenida en él;
Que el inciso segundo del citado artículo asignó a las Contralorías Territoriales, la obligación de reportar a la Contraloría General de la República, el listado de las personas contra las cuales se hubiere fallado con responsabilidad fiscal; igualmente de informar para su desanotación, acerca de las revocatorias directas, pagos efectuados y fallos anulados por la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo;
Que el inciso final de dicha norma, contempla la obligación para las autoridades nominadoras y demás funcionarios competentes, de abstenerse de nombrar, dar posesión o celebrar cualquier tipo de contrato con quienes aparezcan registrados en el Boletín de Responsables Fiscales, advirtiendo que de no contar con dicha información, los servidores públicos consultarán a la Contraloría General de la República, acerca de la posible inclusión de los futuros funcionarios o contratistas en el boletín;
Que mediante el artículo 5o. de la Resolución 05149 de octubre 26 de 2000, se asignó a la Contraloría Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva, la expedición del Certificado de Antecedentes Fiscales a cualquier persona natural o jurídica que lo solicitare, previo el diligenciamiento del formato correspondiente;
Que en virtud de la desconcen tración, celeridad y para facilitar la solicitud y diligenciamiento del Certificado de Antecedentes Fiscales, se hace necesario que este pueda ser expedido por las Gerencias Departamentales de la Contraloría General de la República, de acuerdo con su jurisdicción y solicitudes que le sean presentadas, toda vez que el certificado de antecedentes fiscales que se expida tiene connotación y cobertura nacional,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 5o. de la Resolución número 05149 de octubre 26 de 2000, el cual quedará así:
Asignar a los Gerentes Departamentales de acuerdo con su jurisdicción y a la Contraloría Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva en lo referente a Bogotá, Distrito Capital, y Cundinamarca, la expedición del certificado de antecedentes fiscales a cualquier persona natural o jurídica que lo solicitare, previo diligenciamiento del formato correspondiente, anexando la fotocopia de la cédula de ciudadanía o número de identificación tributaria.
La certificación se expedirá previa revisión del Coordinador de Gestión del Grupo de Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva de la Gerencia Departamental, conforme al último boletín trimestral difundido y allegado por la Contraloría Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva.
PARÁGRAFO. Cumplidos los requisitos señalados, la dependencia responsable dispondrá de ocho (8) días hábiles para su expedición y entrega.
ARTÍCULO 2o. Para efecto del control y seguimiento que debe efectuar la Contraloría Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva, los Coordinadores de Gestión de los Grupos de Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva de las Gerencias Departamentales, deberán remitir a esa delegada, una relación semanal de los Certificados de Antecedentes Fiscales expedidos.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica el artículo 5o. de la Resolución 05149 del 26 de octubre de 2000, conforme con lo aquí establecido.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a 14 de septiembre de 2001.
El Contralor General de la República,
CARLOS OSSA ESCOBAR.
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