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RESOLUCION ORGANICA 5677 DE 2005

(junio 27)

Diario Oficial No. 45.993 de 07 de agosto de 2005

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Por la cual se adopta el Software Aplicativo, Sistema de información del Boletín
de Responsables fiscales, SIBOR.

EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 610 del 15 de agosto de 2000, Título III, artículo 60 asignó a la Contraloría General de la República la competencia para la publicación trimestral del Boletín de Responsables Fiscales, en el cual se incluirá a todas aquellas personas naturales o jurídicas a quienes se les haya dictado fallo con responsabilidad fiscal, y este se encuentre debidamente ejecutoriado y en firme y no hayan satisfecho la obligación contenida en este;

Que el inciso final de dicha norma, establece la obligación para los nominadores, representantes legales, y demás funcionarios competentes, de abstenerse de nombrar, dar posesión o celebrar cualquier tipo de contrato con quienes aparezcan registrados en el Boletín de Responsables Fiscales. Advirtiendo, que de no contar con dicha información, los servidores públicos consultarán a la Contraloría General de la República, acerca de la inclusión de los futuros funcionarios o contratistas en el Boletín;

Que el Decreto-ley 267 del 22 de febrero de 2000, en su artículo 58 numeral 2 asigna a la Contraloría Delegada de Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva, la función de preparar y difundir el Boletín de Responsables Fiscales y la definición de los términos y condiciones en que las Contralorías del nivel territorial informarán sobre los fallos pr oferidos en el ámbito de su jurisdicción;

Que el Decreto-ley 267 de 2000 en su artículo 6o, señala que le corresponde a la Contraloría General de la República en ejercicio de su autonomía administrativa, definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones, en armonía con los principios consagrados en la Constitución y en el citado decreto;

Que la Contraloría Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva, una vez definida la metodología para el diseño, arquitectura, desarrollo e implementación del proceso del Boletín de Responsables Fiscales, y el trámite administrativo desde la recepción del formulario de inclusión y exclusión de responsables fiscales reportados por la Contraloría General de la República, las Contralorías Territoriales y la Auditoría General de la República, hasta el proceso de corte trimestral establecido en la Ley 610 de 2000, para efectos de la publicación del Boletín de Responsables Fiscales en la página web, expedición de Certificados de Antecedentes de Responsabilidad Fiscal, consultas, y generación de reportes en tiempo real y oportuno y para unificar criterios de procedimiento, diseñó, desarrolló e implementó el Sistema de Información del Boletín de Responsables Fiscales, e instaló el Software Aplicativo, SIBOR;

Que el Decreto-ley 267 de 2000, en su artículo 46 numerales 5 y 8, asigna a la Oficina de Comunicaciones y Publicaciones la función de canalizar la información de la Entidad hacia los medios de comunicaciones masivos en el ámbito nacional y regional, y producir y realizar los programas que convengan a la imagen de la Contraloría General y a las necesidades de información de la opinión pública, de acuerdo con las políticas establecidas por el Contralor General de la República sobre el particular;

Que para efectos de la publicación del Boletín de Responsables Fiscales y la comunicación a los encargados de su observancia y con el fin de garantizar la inmediatez de la información, la publicación del mismo se realizará en la página web de la Contraloría General de la República, en el mes siguiente al vencimiento de cada trimestre calendario, trámite con el que surtirá la comunicación del mismo a los encargados de su observancia. Sin embargo, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal de la Contraloría General se podrán realizar publicaciones en otros medios de información;

Que por lo anterior, se hace necesario adoptar el Software Aplicativo del Sistema del Boletín de Responsables Fiscales, SIBOR, como herramienta informática de la Contraloría General de la República, para la inclusión y exclusión de los fallos con Responsabilidad Fiscal reportados por el Organo de Control Fiscal Superior, las Contralorías Territoriales y la Auditoría General de la República; la publicación del Boletín de Responsables Fiscales; la expedición de Certificados Fiscales; la generación de reportes; y la contestación de consultas en tiempo real;

Que para efectos de proteger los derechos de autor, el Sistema de Información Boletín de Responsables Fiscales, SIBOR, requiere ser registrado en el Ministerio del Interior y de Justicia-Dirección Nacional de Derechos de Autor, UAE, Oficina de Registro;

En mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adoptar el Software Aplicativo del Sistema de Información del Boletín de Responsables Fiscales, SIBOR, como herramienta informática de la Contraloría General de la República, para la inclusión y exclusión de los fallos con Responsabilidad Fiscal reportados por el Organo de Control Fiscal Superior, las Contralorías Territoriales y la Auditoría General de la República; la publicación del Boletín de Responsables Fiscales; la expedición del certificado de antecedentes de responsabilidad fiscal; la contestación de consultas; la generación de informes en tiempo real y demás procesos que el Software realiza, conforme a los considerandos de esta resolución.

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ARTÍCULO 2o. Publicar el Boletín de Responsables Fiscales, en la página web de la Contraloría General de la República, durante el mes siguiente al vencimiento de cada trimestre calendario, trámite con el cual se entiende surtida la comunicación del mismo a los encargados de su observancia; conforme a la consolidación que para tal efecto realice la Contraloría Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva.

PARÁGRAFO. De acuerdo con la disponibilidad presupuestal de la Contraloría General de la República se podrá publicar el Boletín de Responsables Fiscales en otros medios o sistemas de información.

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ARTÍCULO 3o. El Software Aplicativo, Sibor, adoptado por la presente resolución es de inmediata y obligatoria aplicación, por parte de la Contraloría Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva de la Contraloría General de la República, a través del Grupo del Boletín de Responsables Fiscales.

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ARTÍCULO 4o. La Oficina de Planeación de la Contraloría General de la República, a partir de la fecha de expedición del presente acto administrativo debe realizar el Registro de Propiedad del instrumento informático, ante el Ministerio del Interior y de Justicia, Dirección Nacional de Derechos de Autor, UAE, Oficina de Registro.

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ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, deroga la Resolución Orgánica número 05458 del 11 de febrero de 2003 y sustituye el parágrafo único del artículo 1° de la Resolución Orgánica número 5149 de 2000.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 27 de junio de 2005.

El Contralor General de la República,

ANTONIO HERNÁNDEZ GAMARRA.

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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