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DECRETO 4834 DE 2011

(diciembre 21)

Diario Oficial No. 48.290 de 21 de diciembre de 2011

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

Por el cual se adiciona un parágrafo al artículo 3o del Decreto 4567 del 1o de diciembre de 2011.

Resumen de Notas de Vigencia

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 909 de 2004 y el Decreto 770 de 2005,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Artículo compilado en el artículo 2.2.13.2.3 del Decreto Único Reglamentario 1083 de 2015. Debe tenerse en cuenta lo dispuesto por el artículo 3.1.1 del mismo Decreto 1083 de 2015> Adiciónese el siguiente parágrafo al artículo 3o del Decreto 4567 de 2011:

Parágrafo. No se requerirá la publicación de la hoja de vida de los aspirantes a ocupar empleos de la Dirección Nacional de Inteligencia”.

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ARTÍCULO 2o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, adiciona el artículo 3o del Decreto 4567 de 2011, y deroga el Decreto número 4771 de 2011.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 21 de diciembre de 2011.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

FEDERICO RENGIFO VÉLEZ.

El Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública encargado de las funciones del despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

JORGE LUIS TRUJILLO ALFARO.

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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