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DECRETO 4771 DE 2011

(diciembre 14)

Diario Oficial No. 48.283 de 14 de diciembre de 2011

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

<NOTA DE VIGENCIA: Decreto derogado por el artículo 2 del  el Decreto 4834 de 2011>

Por el cual se adiciona un parágrafo al artículo 3o del Decreto 4567 del 1o de diciembre de 2011.

Resumen de Notas de Vigencia

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 909 de 2004 y Decreto 770 de 2005,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Decreto derogado por el artículo 2 del  el Decreto 4834 de 2011> Adiciónese el siguiente parágrafo al artículo 3o del Decreto 4567 de 2011:

Parágrafo. No se requerirá la publicación de la hoja de vida, de los aspirantes a ocupar empleos del nivel directivo de los organismos que desarrollen funciones de inteligencia y contrainteligencia”.

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ARTÍCULO 2o. <Decreto derogado por el artículo 2 del  el Decreto 4834 de 2011> El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y adiciona el artículo 3o del Decreto 4567 de 2011.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 14 de diciembre de 2011.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

FEDERICO RENGIFO VÉLEZ.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR.

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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