RESOLUCION 3790 DE 2005
(agosto 11)
Diario Oficial No. 46.006 de 20 de agosto de 2005
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011>
Por medio de la cual se crea y se establecen las funciones de un Grupo Interno de Trabajo.
NOTAS DE VIGENCIA: - Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011, 'Por la cual se crean Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores' |
EL VICEMINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES,
en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 y el Decreto 110 de 2004,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011> Crear el Grupo Interno de Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores en la siguiente forma:
Dependencia Grupo Interno de Trabajo
Viceministerio de Asuntos Multilaterales 1. Unesco
1.1. Grupo Financiero
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011> Las funciones que tendrán a su cargo el grupo creado en el artículo 1o de esta resolución son las siguientes:
Viceministerio de Asuntos Multilaterales
1. Grupo Unesco
1.1. Grupo Financiero
Descripción de funciones
1. Apoyar la gestión del Grupo Interno de Trabajo de la Unesco en las funciones propias de Organo Sectorial de Enlace con Unesco.
2. Colaborar en la coordinación de las acciones logísticas para la participación del país en las Conferencias y Reuniones de los Organismos Internacionales y países extranjeros.
3. Realizar seguimiento, control del trámite y ejecución presupuestal de los proyectos de Cooperación Internacional del Grupo Interno de Trabajo de la Unesco.
4. Realizar seguimiento al cumplimiento de las obligaciones presupuestales contraídas en el marco de acuerdos o tratados de interés del sector.
5. Llevar la ejecución presupuestal y los registros contables de los proyectos de cooperación internacional.
6. Rendir informes mensuales de ejecución presupuestal con sus respectivos reportes.
7. Representar al Grupo Interno de Trabajo de la Unesco en compromisos de carácter administrativo cuando se le delegue dicha función.
8. Adelantar las acciones necesarias para el mantenimiento del Archivo de la dependencia.
9. Velar por el inventario físico de la oficina.
10. Las demás que le sean asignadas y que por su naturaleza sean afines con las descritas anteriormente.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011> Dentro de los cargos de la planta asignada a cada grupo, uno de los funcionarios actuará como coordinador del grupo; además de las funciones que le correspondan al cargo del cual es titular, desempeñará las siguientes funciones en su condición de coordinador:
- Organizar y coordinar el desarrollo de las funciones propias del grupo de trabajo asignado.
- Distribuir las funciones del grupo de trabajo asignado en los distintos cargos previstos.
- Coordinar la preparación de los informes requeridos sobre la gestión del grupo.
ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011> Delegar en el Director del Talento Humano la facultad de ubicar a los funcionarios y de designar los Coordinadores de los Grupos Internos de Trabajo de las distintas dependencias del Ministerio de Relaciones Exteriores.
ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 11 de agosto de 2005.
El Viceministro de Relaciones Exteriores encargado de las funciones del Despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores,
CAMILO REYES RODRÍGUEZ.
Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores
ISSN 2256-1633
Última actualización: 29 de abril de 2025