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RESOLUCIÓN 1083 DE 2006

(Marzo 8)

<Fuente: Archivo interno de la entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por medio de la cual se modifica una Resolución

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

En uso de sus facultades legales y en especial las que le confieren el Decreto Ley 489 de 1998 y el Decreto 110 de 2004

CONSIDERANDO:

Que en la actualidad la consulta de Internet es un elemento fundamental para acceder a la información y es un instrumento tecnológico básico y esencial en toda oficina para la atención de cualquier tipo de labores;

Que es necesario e imprescindible permitir a los estudiantes que realizan sus prácticas en la Cancillería “el ingreso a internet” para que consulten las páginas Web, de manera que puedan desempeñar sus funciones según las actuales exigencias y de la manera más eficiente.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Se modifica el parágrafo del artículo 10 de la resolución 4349 del 18 de Octubre de 2002, el cual quedará así:

"Parágrafo: No se otorgará acceso a los servicios establecidos en el artículo 1 de esta resolución, “excepto la consulta de páqinas Web” a los estudiantes que estén realizando pasantías".

ARTÍCULO 2o. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, a los 6 MAR 2006

CAROLINA BARCO

MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

Tú opinión vale


*Recuerda que puedes copiar el texto de este mensaje para enviarlo por correo electrónico a la dirección contactenos@cancilleria.gov.co*


Asunto: Retroalimentación Normativa de la Resolución 1083 de 2006 MR Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
R/ta:

2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta?
R/ta:

3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

R/ta:

4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
R/ta:

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