RESOLUCIÓN 603 DE 2008
(Febrero 3)
<Fuente: Archivo interno de la entidad emisora>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 5360 de 2012>
Por la cual se establece el horario de trabajo y atención al público en el Ministerio de Relaciones Exteriores
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 33 del Decreto 1042 de 1978 y el Decreto 110 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 33 del Decreto 1042 de 1978, la asignación mensual fijada en las escalas de remuneración, corresponde a jornadas de cuarenta y cuatro (44) horas semanales.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 5360 de 2012> Establecer la jornada laboral para los funcionarios que prestan sus servicios en la planta interna del Ministerio de Relaciones Exteriores, de lunes a viernes así:
MAÑANA 8:00 a.m. a 12:30 p.m.
TARDE 1:30 p.m. a 5:45 p.m.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 5360 de 2012> Establecer en jornada continua, la jornada laboral para los funcionarios que prestan sus servicios en los Grupos Internos de Trabajo de Visas, Pasaportes, Legalizaciones y Apostilla, de la planta interna del Ministerio de Relaciones Exteriores, de lunes a viernes así:
Grupo de Visas 7:30 a.m. a 5:15 p.m.
Grupo de Pasaportes 7:30 a.m. a 5:15 p.m.
Grupo de legalizaciones y apostilla:
- Sede calle 98 # 17-32: 7:00 a.m. a 4:45 p.m.
- Sede Carrera 13 #26-45
Primer Turno 6:00 a.m. a 3:45 p.m.
Segundo Turno 9:00 a.m. a 6:45 p.m.
PARAGRAFO. Los funcionarios de los Grupos Internos de trabajo de Visas, Pasaportes, Legalizaciones y Apostilla, tendrán una (1) hora de almuerzo, que se tomará de acuerdo a las necesidades del servicio.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 5360 de 2012> Establecer el horario de atención al público en los Grupos Internos de Trabajo de de <sic> Visas, Pasaportes, Legalizaciones y Apostilla, de la planta interna del Ministerio de Relaciones Exteriores, de lunes a viernes, así:
Grupo de Visas 7:30 a.m. a 12:00 m.
Grupo de Pasaportes 8:00 a.m. a 3:00 p.m.
Grupo de Legalizaciones y Apostilla
- Sede calle 98# 17-32 7:00 a.m. a 2:00 p.m.
- Sede Carrera 13 #26-45 6:30 a.m. a 5:30 p.m.
PARAGRAFO. El horario de atención al público el último día hábil de cada mes será como se relaciona a continuación:
Grupo de Visas 7:30 a.m. a 10:30 a.m.
Grupo de Pasaportes 8:00 a.m. a 12:00 m.
Grupo de Legalizaciones y Apostilla
- Sede calle 98 # 17-32 7:00 a.m. a 11:00 a.m.
- Sede Carrera 13 #26-45 6:30 a.m. a 1:00 p.m.
ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 5360 de 2012> Establecer la jornada de cuarenta y cuatro (44) horas semanales para los funcionarios que prestan sus servicios en las Misiones Diplomáticas y Consulares.
PARAGRAFO 1. El Jefe de cada Misión, determinará la jornada laboral diaria y de atención al público, que no podrá ser menor de 6 horas diarias, de acuerdo a los horarios de trabajo establecidos en cada país, atendiendo estrictamente la jornada prevista en el presente artículo.
ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 5360 de 2012> Los jefes de cada dependencia velarán por el estricto cumplimiento del horario de trabajo establecido en la presente Resolución, e informarán a la Dirección de Control Interno Disciplinario su incumplimiento.
ARTÍCULO 6o. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 5360 de 2012> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga en su totalidad las resoluciones 2573 del 13 de junio de 2007 y 5025 del 31 de octubre de 2007.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D. C. a
FERNANDO ARAUJO PERDOMO
Ministerio de Relaciones Exteriores