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RESOLUCION 2693 DE 2014
(diciembre 1)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL MIGRACIÓN COLOMBIA
<NOTA DE VIGENCIA : Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 760 de 2016>
"Por la cual se adopta el la Guía de Salida del País de Niños, Niñas y Adolescentes MCG.04 v3 como parte Integral de la tercera Versión del Manual de Procedimientos de Control Migratorio"
EL DIRECTOR DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL MIGRACIÓN COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades legales, en especial las que le confieren los numerales 14 y 24 del artículo 10 del Decreto 4062 de 2011 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 4 de la Ley 87 de 1993, relacionado con los elementos para el Sistema de Control interno, consagra que toda entidad, bajo responsabilidad de sus directivos, debe por lo menos implementar, entre otros, los siguientes aspectos que deben orientar la aplicación de Controlo Interno (...) b) Definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de los procesos; (...) e) Adopción de normas para la protección y utilización racional de los recursos; (...) I) Simplificación y actualización de normas y procedimientos".
Que el artículo 2 del Decreto 1537 de 2001 establece que como instrumento, que garantice el cumplimiento del control interno en las organizaciones públicas éstas elaborarán, adoptarán y aplicarán manuales a través de los cuales se documentarán y formalizarán los procedimientos a partir de la identificación de los procesos institucionales.
Que el Gobierno Nacional Promulgó la Ley 872 de 2003, por la cual se crea el Sistema de Gestión de la Calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras entidades prestadoras de servicios.
Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 4110 de 2004, por el cual se reglamenta la Ley 872 de 2003 y se adopta la Norma técnica de Calidad en la Gestión Pública NTCGP1000:2004.
Que la norma NTCGP 1000:2009, establece en el literal c) del numeral 4.2.1 "Generalidades" del numeral 4.2 "Gestión Documental", que la documentación del sistema de gestión de calidad debe incluir los procedimientos documentados y los registros requeridos en esta norma.
Que el Gobierno Nacional mediante el Decreto 2913 de 2007, consideró que el Modelo Estándar de Control Interno y el Sistema de Gestión de la Calidad son complementarios, toda vez que tienen como propósito el fortalecimiento institucional, la modernización de las instituciones públicas, el mejoramiento continuo, la prestación de los servicios con calidad, la responsabilidad de la alta dirección y de los funcionarios en el logro de objetivos, por lo tanto, su implementación debe ser un procesos armónico y complementario.
Que mediante la Resolución 1688 del 1 de octubre de 2013, se adoptó la tercera versión del Manual de procedimientos del proceso de Control Migratorio.
Que es necesario actualizar la Guía de salida del País de Niños, Niñas y Adolescentes, teniendo como referente nuevas interpretaciones normativas, consultas de los diferentes Consulados y puestos de Control Migratorio con relación a los permisos de salida del País de Niños, niñas y adolescentes; así como a las diferentes situaciones que se presentan diariamente en los Puestos de Control Migratorio en el ingreso y salida de Niños, Niñas y adolescentes.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Artículo derogado por el artículo 6 de la Resolución 760 de 2016> Adoptar la Guía "SALIDA DEL PAIS DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES" MCG.04 v3, como parte integral del Manual de Procedimientos de Control Migratorio, adoptado mediante la Resolución 1688 deI 1 de octubre de 2013, la cual será obligatoria para el ejercicio de sus funciones y cuyo texto forma parte integral de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2o. <Artículo derogado por el artículo 6 de la Resolución 760 de 2016> Adoptar los formatos:
- Autorización Permiso de Salida del País para los Niños, Niñas y Adolescentes. MCF.02 v3
- Acta de entrega d.e Niños, Niñas y Adolescentes a otras autoridades MCF.19 v1
PARÁGRAFO: El formato Autorización Permiso de Salida del País para los Niños, Niñas y Adolescentes. MCF.02 v3, se encuentra en varios idiomas (Español, Inglés, Francés y portugués)
ARTÍCULO 3o. <Artículo derogado por el artículo 6 de la Resolución 760 de 2016> La presente Resolución y los documentos que la integran son de uso obligatorio por todas las dependencias que cumplen funciones relacionadas con el Procedimiento de Autorización y Control de Ingreso y Salida del País y Centros Facilitadores, y hacen parte integral del Manual de Procedimientos de Control Migratorio, adoptado mediante la Resolución 1688 del 1 de octubre de 2013.
ARTÍCULO 4o. <Artículo derogado por el artículo 6 de la Resolución 760 de 2016> La Oficina Asesora de Planeación acompañará técnicamente la elaboración y actualización de los procedimientos y demás documentación relacionada con el presente Guía, a solicitud del Subdirector de Control Migratorio.
ARTÍCULO 5o. <Artículo derogado por el artículo 6 de la Resolución 760 de 2016> La Subdirección de Control Migratorio y las Direcciones Regionales deben socializar e implementar los documentos adoptados en la presente Resolución.
ARTÍCULO 6o. VIGENCIA. <Artículo derogado por el artículo 6 de la Resolución 760 de 2016> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Dada en Bogotá., a los
IAN SERGIO BUENO AGUIRRE
Director General
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