Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCIÓN 2098 DE 2021

(marzo 12)

Diario Oficial No. 51.616 de 14 de marzo de 2021

REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL

Por la cual se fija el calendario electoral para las elecciones de Congreso de la República que se realizarán el 13 de marzo de 2022.

EL REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL,

en uso de las atribuciones constitucionales y legales y en especial las consagradas en el artículo 266 de la Constitución Política, el numeral 2 del artículo 26 del Decreto Ley 2241 de 1986, Ley Estatutaria 1475 de 2011 y el numeral 11 del artículo 5o del Decreto Ley 1010 de 2000 y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2o de la Constitución Política establece como fin esencial del Estado, facilitar la participación de todos los ciudadanos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.

Que, el artículo 266 de la Constitución Política establece como función propia del Registrador Nacional del Estado Civil, dirigir y organizar el proceso electoral.

Que, la Ley Estatutaria 1475 de 2011, prevé diversas disposiciones aplicables al proceso comicial de Congreso de la República.

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 207 del Decreto Ley 2241 de 1986, las elecciones para Congreso de la República se realizarán el segundo domingo de marzo del respectivo año.

Que, el numeral 11 del artículo 5o del Decreto Ley 1010 de 2000, atribuye a la Registraduría Nacional del Estado Civil la función de dirigir y organizar el proceso electoral y demás mecanismos de participación ciudadana y elaborar los respectivos calendarios electorales.

Que, de acuerdo con la normativa correspondiente, el 13 de marzo de 2022 se deben realizar elecciones para Congreso de la República, siendo necesario fijar el calendario electoral correspondiente.

Que, en virtud de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Establecer el calendario electoral de las diferentes etapas preclusivas y actividades que se deben desarrollar para las elecciones de Congreso de la República que se realizarán el 13 de marzo de 2022, así:

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de su publicación

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 12 marzo de 2021.

El Registrador Nacional del Estado Civil,

Alexánder Vega Rocha.

El Secretario General,

Benjamín Ortiz Torres.

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de mayo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.755 - 13 de mayo de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.