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RESOLUCIÓN 5695 DE 2022

(julio 27)

Diario Oficial No. 52.109 de 28 de julio de 2022

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por la cual se concede un día libre remunerado por semestre a todos los servidores públicos del Ministerio de Relaciones Exteriores para compartir en familia, en cumplimiento de la Ley 1361 de 2009 modificada por la Ley 1857 de 2017.

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES,

en uso de sus facultades legales, y en especial las que le confieren los literales a) y g) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998, el parágrafo del artículo 5A de la Ley 1361 de 2009 modifica por la Ley 1857 de 2017, los numerales 17 y 19 del artículo 7o. del Decreto 869 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1361 de 2009, la cual fue modificada por la Ley 1857 del 26 de julio de 2017, en el parágrafo del artículo 5A, establece que los empleadores deberán facilitar, promover y gestionar una jornada semestral en la que sus empleados puedan compartir con su familia en un espacio suministrado por el empleador o en uno gestionado ante la caja de compensación familiar con la que cuentan los empleados. Así mismo, determina la norma referida que si el empleador no logra gestionar esta jornada deberá permitir que los trabajadores tengan este espacio de tiempo con sus familias sin afectar los días de descanso, esto sin perjuicio de acordar el horario laboral complementario.

Que, en cumplimiento del parágrafo mencionado, el Ministerio de Relaciones Exteriores, dadas las limitaciones logísticas y presupuestales no le es factible organizar para todos los servidores un espacio común para compartir junto con sus familias, por lo tanto, concederá un (1) día hábil libre remunerado por semestre a todos los servidores públicos de la entidad, con el fin de que puedan compartir con su familia y fortalecer los lazos familiares, sin afectar los días de descanso.

Que, en cumplimiento del Acuerdo Colectivo del 24 de junio de 2022, suscrito entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y las organizaciones sindicales SEMREX y UNIDIPLO, se estableció en el acuerdo número 16 el otorgamiento de un día libre remunerado por semestre para que los servidores públicos disfruten con sus familias.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. OBJETO. Implementar en el Ministerio de Relaciones Exteriores el incentivo del “Día de la Familia” para todos los servidores públicos, el cual corresponde a un (1) día hábil libre remunerado por semestre para disfrutar con sus familias.

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ARTÍCULO 2o. BENEFICIARIOS. Serán beneficiarios del incentivo del día de permiso remunerado, sin afectar los días de descanso, todos los servidores del Ministerio de Relaciones Exteriores.

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ARTÍCULO 3o. INCENTIVO: Los servidores del Ministerio de Relaciones Exteriores, tendrán derecho al incentivo de un (1) día hábil libre remunerado por semestre para compartir con sus familias, contado de enero a junio y de julio a diciembre de cada anualidad.

PARÁGRAFO 1o. El incentivo no es acumulable, y no se podrá unir con otro incentivo, con otros permisos, incapacidades, licencias o vacaciones.

PARÁGRAFO 2o. La autorización del día libre remunerado está sujeta a las necesidades del servicio, razón por lo cual el funcionario deberá comunicar al jefe inmediato con tres (3) días hábiles de antelación, con el fin de verificar la disponibilidad y contar con su visto bueno para acceder al beneficio.

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ARTÍCULO 4o. OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO. El funcionario presentará al Jefe inmediato el formato de “Autorización de permiso remunerado (planta interna y externa) - ausencia (planta externa)” que se encuentra en el Sistema Maestro de la Entidad, en el cual debe diligenciar en el numeral 3. “JUSTIFICACIÓN DEL PERMISO”: DÍA DE LA FAMILIA y radicarlo en la Dirección de Talento Humano.

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ARTÍCULO 5o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 27 de julio de 2022.

La Ministra de Relaciones Exteriores,

Martha Lucía Ramírez Blanco.

(C. F.).

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 30 de septiembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.869 - 4 de septiembre de 2024)

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