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RESOLUCION 5158 DE 2013

(agosto 23)

<Fuente: Archivo Ministerio de Relaciones Exteriores>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por medio de la cual se delega la representación del Ministerio de Relaciones Exteriores ante la Comisión Intersectorial Nacional para la Acción Contra Minas Antipersonales (CINAMAP).

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, en concordancia con el numeral 9o del artículo 6o del Decreto 3355 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que la Convención sobre la Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción, fue aprobada por Ley 554 de 2000 y declarada exequible por medio de Sentencia de Constitucionalidad No 991/00, ratificada por el Estado Colombiano; mediante instrumento depositado el 6 de septiembre de 2000, y en vigor a partir del 1o de marzo de 2001.

Que en virtud de la Ley 759 de 2002, por medio de la cual se dictan normas para dar cumplimiento a la Convención sobre la Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción y se fijan disposiciones con el fin de erradicar en Colombia el uso de las minas antipersonal, se crea la Comisión intersectorial para la Acción contra Minas Antioersonal (CINAMAP), como una comisión intersectorial, adscrita al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, de la cual es miembro el Ministro de Relaciones Exteriores o su delegado, entre otros.

Que la señora Ministra de Relaciones Exteriores ha delegado la representación del Ministerio ante la Comisión lntersectorial Nacional para la Acción Contra Minas Antipersonal (CINAMAP), en la Directora de Asuntos Políticos Multilaterales o en la Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Desarme y No Proliferación,

Que la Ley 489 de 1998, 'por medio de la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones", consagra en su artículo 9o, lo siguiente:

"Artículo 9o. Delegación. Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias",

Sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, en todo caso, los ministros, directores de departamento administrativo, superintendentes, representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente Ley' (El subrayado fuera del texto).

Que el artículo 6o numeral 9o del Decreto 3355 de 2009, establece que son funciones del Ministro de Relaciones Exteriores, además de las establecidas en la Constitución Política y en el artículo 61 de la Ley 489 de 1998, entre otras, la siguiente:

"Delegar en los servidores de los niveles directivo y asesor las funciones que se requieran para el óptimo desarrollo de la gestión del Ministerio, así como la asistencia a Comisiones Intersectoriales, Consejos y Juntas Directivas y Comités interinstitucionales de las cuales forme parte por derecho propio".

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTICULO 1. Delegar al Coordinador (a) del Grupo Interno de Trabajo de Desarme y No Proliferación, la representación del Ministerio de Relaciones Exteriores, ante la Comisión Intersectorial Nacional para la Acción Contra Minas Antipersonal (CINAMAP).

ARTÍCULO 2. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a

MARÍA ÁNGELA HOLGUÍN CUÉLLAR

Ministra de Relaciones Exteriores

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de mayo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.755 - 13 de mayo de 2024)

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