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RESOLUCIÓN 4468 DE 2009
(Octubre 28)
<Fuente: Archivo interno de la entidad emisora>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Por la cual se establece el Plan de Incentivos Institucionales para los empleados públicos de Carrera Administrativa, Carrera Diplomática y Consular, Libre Nombramiento y Remoción y equipos de trabajo de la Planta Interna del Ministerio de Relaciones Exteriores para el año 2009
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
En uso de sus facultades legales y, en especial, de las conferidas por los artículos 36 de la Ley 909 de 2004, 34 del Decreto Ley 1567 y el artículo 77 del Decreto 1227, y
CONSIDERANDO:
PRIMERO. Que, de conformidad con la Ley 909 de 2004, las entidades deberán adoptar programas de incentivos, con el propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción y desarrollo de los empleados y contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales.
SEGUNDO. Que mediante los Decretos 1567 de 1998 y 1227 de 2005, el Gobierno Nacional reglamentó el Sistema de Estímulos para los Empleados Públicos y estableció los planes de incentivos pecuniarios y no pecuniarios que se pueden ofrecer a aquellos funcionarios que se han destacado por su desempeño en niveles de excelencia y para los equipos de trabajo que obtengan calificación sobresaliente en los proyectos presentados.
TERCERO. Que el plan de incentivos debe orientarse a crear condiciones favorables para el desempeño laboral, y estimular mejores comportamientos y mayores niveles de productividad.
CUARTO. Que el plan de incentivos debe fundamentarse sobre bases éticas y objetivas, con el fin de garantizar la transparencia en su asignación, conforme a criterios equitativos y justos y teniendo en cuenta las características del empleo.
QUINTO. Que mediante Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 136 del 12 de marzo de 2009, expedido por la Jefe de Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, por la suma de diecinueve millones ochocientos setenta y seis mil pesos ($19.876.000.00) moneda legal, existe apropiación para ejecutar el Plan Anual de Incentivos 2009 del Ministerio de Relaciones Exteriores.
SÉPTIMO. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 16, numeral 16, literal h, de la Ley 909 de 2004, la Comisión de Personal participó en la elaboración del Plan de Incentivos y participará en su seguimiento.
SEXTO. Que, con base en lo anteriormente expuesto, este Despacho,
RESUELVE:
DEL PLAN DE INCENTIVOS.
ARTÍCULO PRIMERO. ADOPCIÓN DEL PLAN ANUAL DE INCENTIVOS. Adoptar el Plan de Incentivos Institucionales para los empleados públicos de Carrera Administrativa, Carrera Diplomática y Consular, Libre Nombramiento y Remoción y equipos de trabajo de la Planta Interna del Ministerio de Relaciones Exteriores, correspondiente al año 2009, así:
1. No pecuniarios, conformados por un conjunto de programas flexibles dirigidos a reconocer y premiar el desempeño en niveles de excelencia de los funcionarios de Carrera Administrativa, Carrera Diplomática y Consular y de Libre Nombramiento y Remoción de la planta interna del Ministerio de Relaciones Exteriores, así como de los equipos de trabajo que ocupen el segundo y tercer puesto.
2. Pecuniario, entendido como el reconocimiento económico que se asigna al mejor equipo de trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores.
ARTÍCULO SEGUNDO. BENEFICIARIOS DEL PLAN ANUAL DE INCENTIVOS. Serán beneficiarios del Plan de Incentivos del Ministerio de Relaciones Exteriores los siguientes funcionarios:
1. Los mejores empleados de Carrera Administrativa de cada nivel jerárquico y, entre ellos, el mejor funcionario.
2. Los mejores empleados de Carrera Diplomática y Consular de cada nivel jerárquico y, entre ellos, el mejor funcionario.
3. El mejor empleado de Libre Nombramiento y Remoción.
4. Los tres (3) mejores Equipos de Trabajo.
DE LOS INCENTIVOS AL DESEMPEÑO INDIVIDUAL.
ARTÍCULO TERCERO. INCENTIVOS PARA LOS MEJORES EMPLEADOS DEL MINISTERIO. Los incentivos no pecuniarios para los mejores empleados de Carrera Administrativa, Carrera Diplomática y Consular y Libre Nombramiento y Remoción de planta interna del Ministerio del <sic> Relaciones Exteriores, serán los que se señalan a continuación:
1. Becas para educación formal.
2. Participación en proyectos especiales, los cuales deben ser de interés para el Ministerio.
3. Publicación de trabajos en medios institucionales.
4. Programas de turismo social.
5. Financiación de investigaciones.
6. Reconocimiento público a la labor meritoria del funcionario.
PARAGRAFO 1. Para el caso de los incentivos no pecuniarios cada empleado seleccionado tendrá derecho a escoger el incentivo de su preferencia, el cual podrá hacerse efectivo durante el año siguiente a su asignación, con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores de la presente vigencia.
En ningún caso, los incentivos no pecuniarios establecidos en el presente artículo constituyen factor salarial o pueden compensarse en dinero.
PARÁGRAFO 2. Si alguno o algunos de los funcionarios seleccionados escogieren como incentivo el relacionado en el numeral 1 "becas para educación formal", la institución educativa escogida por el beneficiario debe ser nacional y estar reconocida por el Ministerio de Educación Nacional y los estudios deberán guardar relación con la misión del Ministerio.
Los trámites de admisión académica correrán a cargo del beneficiario y el pago se hará directamente a la institución educativa, previo cumplimiento de los requisitos legales.
PARÁGRAFO 3. Si alguno o algunos de los funcionarios seleccionados escogieren como incentivos los relacionados en los numerales 3 y 5 del presente artículo, el contenido del trabajo a publicarse y el tema de la respectiva investigación deberán ser evaluados previamente por el Comité Editorial del Ministerio de Relaciones Exteriores.
ARTÍCULO CUARTO. MONTO DE LOS INCENTIVOS NO PECUNARIOS PARA LOS MEJORES EMPLEADOS. Los montos de los incentivos para los mejores empleados de planta interna del Ministerio de Relaciones Exteriores serán los siguientes:
CATEGORÍA | MONTO | |
1. Mejor Empleado de Carrera Administrativa | $ 2.125.300 | |
2. Mejor Empleado de Carrera Diplomática y Consular | $ 2.125.300 | |
3. Mejor Empleado de Libre | Nombramiento y Remoción | $ 2.125.300 |
4. Mejores funcionarios por nivel jerárquico de las Carreras Administrativa y Diplomática y Consular | $ 1.500.025 |
PARÁGRAFO. Los funcionarios que sean seleccionados como los mejores empleados de las carreras Administrativa y Diplomática y Consular, por recibir los incentivos de que trata los numerales 1 y 2 de esta tabla, no recibirán los incentivos como mejores empleados de los niveles jerárquicos a los que pertenezcan.
ARTÍCULO QUINTO. REQUISITOS. Se seleccionarán los mejores empleados que cumplan con los requisitos que se describan a continuación:
1. Funcionarios de Carrera Administrativa:
2. Funcionarios de Carrera Diplomática y Consular:
3. Funcionarios de Libre Nombramiento y Remoción:
ARTÍCULO SEXTO. CRITERIOS DE ELECCIÓN. Los mejores empleados de Carrera Administrativa, de Carrera Diplomática y Consular y el mejor de Libre nombramiento y Remoción de la entidad serán quienes tengan las más altas calificaciones entre los seleccionados como los mejores de cada nivel.
ARTÍCULO SÉPTIMO. PROCEDIMIENTO. Para la elección de los mejores empleados se procederá de la siguiente manera:
1. La Dirección del Talento Humano presentará al Comité de Selección de los Mejores Empleados y Equipos de Trabajo un informe sobre los funcionarios de Carrera Administrativa, Carrera Diplomática y Consular y Libre Nombramiento y Remoción de planta interna que tengan una evaluación del desempeño laboral en niveles de excelencia señalados en el artículo cuarto de la presente resolución.
2. El Comité de Selección de los Mejores Empleados y Equipos de Trabajo teniendo en cuenta las calificaciones obtenidas por los diferentes empleados, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo del listado, seleccionará en estricto orden de mérito, es decir, a quienes hayan obtenido la más alta calificación, a los mejores funcionarios de cada nivel jerárquico y, entre ellos, a los mejores de Carrera Administrativa, Carrera Diplomática y Consular y Libre Nombramiento y Remoción.
3. En caso de presentarse empates el Comité efectuará la selección mediante el mecanismo de sorteo por balotas, procedimiento que se llevará a cabo en audiencia pública.
4. El resultado de la selección será consignado en acta que deberá ser firmada por todos los miembros.
5. El Ministro de Relaciones Exteriores, de acuerdo con lo establecido dentro del Plan institucional de incentivos, mediante acto administrativo, asignará los incentivos que hayan sido seleccionados por los mejores funcionarios.
6. Mediante acto público deberán ser proclamados y premiados los mejores funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores.
ARTÍCULO OCTAVO. CRONOGRAMA. El cronograma para la selección de los mejores funcionarios será el siguiente:
ACTIVIDAD | FECHA |
Presentación del informe al Comité de Selección de los Mejores Empleados y Equipos de Trabajo sobre evaluaciones de desempeño por parte de la Dirección de Talento Humano. | 9 de noviembre |
Selección los mejores funcionarios de cada nivel jerárquico y, entre ellos, a los mejores de Carrera Administrativa, Carrera Diplomática y Consular y Libre Nombramiento y Remoción. | Hasta el 17 de noviembre |
Audiencia Pública: sorteo para dirimir los empates presentados entre los empleados de la Carrera Administrativa, Carrera Diplomática y Consular y de Libre Nombramiento y Remoción. | 20 de noviembre |
Asignación de incentivos no pecuniarios a los mejores funcionarios. | 30 de noviembre |
DE LOS INCENTIVOS PARA LOS EQUIPOS DE TRABAJO.
ARTÍCULO NOVENO. INCENTIVOS PARA LOS MEJORES EQUIPOS DE TRABAJO DEL MINISTERIO. Los incentivos pecuniarios y no pecuniarios para los mejores equipos de trabajo de planta interna del Ministerio de Relaciones Exteriores serán los siguientes:
1. Incentivo pecuniario: Reconocimiento económico para el mejor equipo de trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores.
2. Incentivos no pecuniarios para los equipos de trabajo que ocupen el segundo y tercer puesto:
3. Becas para educación formal.
4. Participación en proyectos especiales, los cuales deben ser de interés para el Ministerio.
5. Publicación de trabajos en medios institucionales.
6. Programas de turismo social.
7. Financiación de investigaciones.
8. Reconocimiento público a la labor meritoria del equipo de trabajo
ARTÍCULO DÉCIMO. MONTOS DE LOS INCENTIVOS PECUNIARIOS Y NO PECUNARIOS PARA LOS MEJORES EQUIPOS DE TRABAJO. Los montos de los incentivos para los mejores equipos de trabajo de planta interna del Ministerio de Relaciones Exteriores serán los siguientes:
CATEGORÍA | MONTO |
1. Equipo de trabajo que ocupe el primer puesto | $ 4.000.000 |
2. Equipo de trabajo que ocupe el segundo puesto | $ 2.000.000 |
3. Equipo de trabajo que ocupe el tercer puesto | $ 1.500.000 |
PARÁGRAFO. En caso de no presentarse ningún equipo de trabajo o no ser seleccionado alguno de los anteriores puestos, los recursos apropiados se adicionarán de manera proporcional a los montos establecidos para los incentivos.
ARTÍCULO UNDÉCIMO. DEFINICIÓN DE EQUIPO DE TRABAJO. Se entiende por equipo de trabajo, el grupo de personas que laboran en forma interdependiente aportando las habilidades individuales requeridas para la consecución de un resultado concreto, en el cumplimiento de planes y objetivos institucionales. Los integrantes de los equipos de trabajo pueden ser empleados de una misma dependencia o de distintas dependencias de la entidad.
ARTÍCULO DUODÉCIMO. REQUISITOS. Se inscribirán los equipos de trabajo que cumplan con los requisitos que se describen a continuación:
1. Los equipos deberán estar conformados por un mínimo de tres (3) y un máximo de siete (7) funcionarios, de la misma o diferente dependencia del Ministerio.
2. El proyecto deberá inscribirse y entregarse del 9 al 17 de noviembre de 2009 en la Dirección de Talento Humano.
3. El proyecto debe haber concluido.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. INFORME DEL PROYECTO POSTULADO. El proyecto que se postula para ser evaluado, deberá contener como mínimo la siguiente información:
1. Nombre
2. Breve descripción
3. Descripción de la problemática que solucionó el proyecto
4. Población objetivo
5. Objetivos y metas del proyecto
6. Recursos e instrumentos utilizados
7. Indicadores
8. Nombre, identificación, cargo y dependencia de cada uno de los integrantes del equipo
9. El informe debe presentarse en CD y dos copias impresas, tamaño carta a un espacio y una columna; la extensión total del informe no puede exceder de 30 páginas.
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO. PROCEDIMIENTO. Para la selección del mejor equipo de trabajo, el Comité de Selección de los Mejores Empleados y Equipos de Trabajo Incentivos realizará audiencias públicas para que los equipos de trabajo inscritos sustenten el proyecto ejecutado, sus logros y desempeño.
El Comité podrá buscar asesoramiento de un grupo de expertos en el <sic> temáticas sobre las cuales versen los proyectos que se inscriban.
En caso de presentarse empates el Comité efectuará la selección mediante el mecanismo de sorteo por balotas, procedimiento que se llevará a cabo en audiencia pública.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO. CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Para efectos de la calificación de los proyectos el Comité de Selección de los Mejores Empleados y Equipos de Trabajo, tendrá en cuenta los siguientes criterios:
CRITERIOS | PUNTOS | |
1. Consecución de los objetivos y metas del proyecto: | 20 | |
Se cumplieron las metas del proyecto? | ||
Los resultados del proyecto se pueden presentar como productos concretos y verificables? | ||
2. Soporte teórico y metodológico del proyecto | 20 | |
El proyecto tiene una presentación clara, ordenada, lógica y estructurada? | ||
El proyecto permite solucionar el problema o mejorar la situación? | ||
Aborda un tema de alto impacto? | ||
3. Aplicabilidad futura del producto | 20 | |
Incide en el mejoramiento de los servicios que presta el Ministerio? | ||
Permite una mayor eficiencia involucrada? | En la gestión de la dependencia | |
3.3 Aporta al cumplimiento de metas institucionales | ||
4. Iniciativa | 20 | |
Corresponde a una contribución extraordinaria? | ||
Contribuye al desarrollo de nuevos esquemas de trabajo oprocedimientos? | ||
5. Sustentación del proyecto en audiencia pública | 20 | |
Manejo del tema por parte de todos los integrantes del grupo | ||
Manejo del auditorio y uso de medios y ayudas | ||
TOTAL | 100 |
PARÁGRAFO. Para la sustentación del proyecto ante el Comité de Selección de los Mejores Empleados y Equipos de Trabajo es obligatoria la asistencia de todos los integrantes del equipo. El orden de presentación de los proyectos se definirá mediante sorteo. Tanto los miembros del Comité como los asistentes podrán formular preguntas a cualquier integrante del mismo.
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO. CRONOGRAMA. El cronograma de inscripción y ejecución de la selección de los mejores equipos de trabajo será el siguiente:
ACTIVIDAD | FECHA |
Inscripción de los proyectos ejecutados por los equipos de trabajo ante el Comité Selección de los Mejores Empleados y Equipos de Trabajo. | 9 al 17 de noviembre |
Realización de audiencias públicas para presentación de los proyectos inscritos por los equipos de trabajo | 20 y 23 de noviembre |
Evaluación y selección de los mejores equipos de trabajo | 26 de noviembre |
Asignación de incentivos pecuniarios y no pecuniarios a los mejores equipos de trabajo | 30 de noviembre |
DEL COMITÉ DE SELECCIÓN DE LOS MEJORES EMPLEADOS Y EQUIPOS DE TRABAJO.
ARTÍCULO DECIMO SÉPTIMO. CONFORMACIÓN. El Comité de Selección de los Mejores Empleados y Equipos de Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores, estará integrado por:
PARÁGRAFO 1. El Director del Talento Humano designará un funcionario de esa Dirección que realizará las funciones de Secretario del Comité de Selección de los Mejores Empleados y Equipos de Trabajo.
PARÁGRAFO 2. En caso de conflicto de intereses de alguno de los miembros del comité de selección, el Ministro de Relaciones Exteriores designará en su reemplazo a otro empleado de la entidad.
ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO. FUNCIONES. Las funciones del Comité de Selección de los Mejores Empleados y Equipos de Trabajo, son las siguientes:
a) Seleccionar al mejor empleado de cada uno de los niveles jerárquicos que conforman la Carrera Administrativa y la Carrera Diplomática y Consular y entre ellos a los mejores empleados de cada una de ellas y el mejor empleado de Libre Nombramiento y Remoción del Ministerio de Relaciones Exteriores, con base en los parámetros establecidos.
b) Analizar los informes de los proyectos que postulen los equipos de trabajo, participar en las audiencias públicas de sustentación y evaluar a los equipos de trabajo con base en los criterios y variables establecidas en el artículo 15 de la presente resolución.
c) Seleccionar los mejores equipos de trabajo de la Entidad, con base en los parámetros establecidos.
ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 28 OCT. 2009
JAIME BERMUDEZ MERIZALDE
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
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