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RESOLUCIÓN 1846 DE 2011

(Abril 29)

<Fuente: Archivo interno de la entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011>

Por la cual se crea el Grupo Interno de Trabajo de Asuntos ante la Corte Internacional De Justicia del Ministerio de Relaciones Exteriores

Resumen de Notas de Vigencia

LA VICEMINISTRA DE ASUNTOS MULTILATERALES ENCARGADA DEL DESPACHO DE LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

En uso de sus facultades legales y, en especial, de las que le confiere el artículo 115  de la Ley 489 de 1998 y numeral 13 del artículo 6o del Decreto 3355 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que según lo dispone el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los representantes legales de las entidades públicas podrán crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo tercero del precitado artículo, en el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento.

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 6o, numeral 13, del Decreto 3355 de 2009, corresponde al Ministro de Relaciones Exteriores crear, organizar y reglamentar, mediante resolución, grupos internos de trabajo, con el fin de desarrollar con eficiencia y eficacia los objetivos, políticas, planes, estrategias y programas del Ministerio.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011> Crear el Grupo Interno de Trabajo de Asuntos ante la Corte Internacional de Justicia, del Viceministerio de Relaciones Exteriores.

ARTÍCULO SEGUNDO. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011> Corresponde al Grupo Interno de Trabajo creado en el artículo primero de la presente resolución, ejercer las siguientes funciones:

1. Coordinar el apoyo requerido para la preparación y ejecución de la estrategia de defensa de Colombia en los procesos interpuestos en su contra ante la Corte Internacional, según las instrucciones que sobre el particular impartan el Ministro, el Viceministro de Relaciones Exteriores y el Agente de Colombia respectivo.

2. Elaborar documentos sobre los temas especializados, de conformidad con las necesidades de los procesos ante esa instancia internacional.

3. Organizar, actualizar y administrar el archivo documental y llevar una base de datos especializada sobre el tema de su competencia

4. Recopilar información de carácter histórico - jurídico. Para ello, adelantará las investigaciones que sean necesarias en las entidades nacionales que correspondan, y en archivos y bibliotecas en el exterior.

5. Seleccionar, analizar, clasificar y sistematizar el material recopilado en las investigaciones que se realicen.

6. Responder peticiones o consultas formuladas sobre el tema de su competencia.

7. Firmar las notas que sean necesarias en las áreas de su competencia.

8. Interactuar con las entidades públicas que sean necesarias y organizar reuniones de acuerdo con las labores encomendadas o aquellas que se le soliciten.

9. Participar en la definición, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas, planes y programas relacionados con los temas de su competencia.

10. Presentar los informes que sean requeridos por el Ministro, el Viceministro de Relaciones Exteriores, los organismos de control y demás entidades, relacionados con las funciones asignadas al grupo interno de trabajo.

11. Mantener actualizada y sistematizada la documentación relativa a los asuntos relacionados con el grupo de trabajo y velar por su correcto archivo y conservación.

12. Las demás que le sean asignadas y que por su naturaleza sean afines con las descritas anteriormente.

ARTÍCULO TERCERO. VIGENCIA. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 29 ABR. 2011

PATTI LONDOÑO JARAMILLO

Viceministra de Asuntos Multilaterales

Encargada del Despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
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