Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCIÓN 1624 DE 2013

(Marzo 15)

<Fuente: Archivo Ministerio de Relaciones Exteriores>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

“Por la cual se convoca a elección de los Representantes de los Empleados ante el Comité Paritario de Salud Ocupacional del Ministerio de Relaciones Exteriores"

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

En uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 63 del Decreto 1295 de 1994 y la Resolución 2013 de 1986

CONSIDERANDO:

Que el artículo 25 del decreto 614 de 1984 establece que en todas las empresas o instituciones públicas o privadas se constituirá un Comité de Medicina, Higiene y seguridad Industrial integrado por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores,

Que en armonía con lo anterior, el artículo 1 de la Resolución 2013 de 1986 dispuso, que las empresas e instituciones, públicas o privadas, que tengan a su servicio diez (10) o más trabajadores, están obligadas a conformar un Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial.

Que el artículo 5 de la misma norma, menciona que el empleador nombrará directamente sus representantes al Comité y los trabajadores elegirán los suyos mediante votación libre.

Que el artículo 63 del decreto 1295 de 1994, señala que a partir de su entrada en vigor, el comité citado se denominará Comité Paritario de Salud ocupacional COPASO, cuyos miembros lo integrarán por (2) dos años.

Que mediante Resolución 1742 del 25 de abril de 2011, se integró en el Ministerio de Relaciones Exteriores el Comité Paritario de Salud Ocupacional -COPASO, conformado por dieciséis (16) funcionarios principales y suplentes, de los cuales ocho son delegados por la señora Ministra y los restantes electos por los funcionarios con vigencia hasta el 25 de abril de 2013.

Que en cumplimiento a lo señalado en el artículo 63 del Decreto 1295 de 1994, se hace necesario conformar mediante acto administrativo un nuevo Comité Paritario de Salud Ocupacional en el Ministerio de Relaciones Exteriores, por lo que debe convocarse a elección de los 8 miembros Representantes de los Empleados, 4 principales y 4 suplentes, respectivamente.

Que con mérito en lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. DE LA CONVOCATORIA. Convocar a elecciones a todos los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, con el fin de escoger a sus representantes ante el Comité Paritario de Salud Ocupacional, 4 principales y 4 suplentes, respectivamente.

DE LOS ASPIRANTES Y SU INSCRIPCIÓN

ARTÍCULO 2o. CALIDADES DE LOS ASPIRANTES. Los aspirantes a representar a los empleados en el Comité Paritario de Salud Ocupacional COPASO del Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán acreditar su condición de funcionarios de la planta interna de la Entidad.

ARTÍCULO 3o. REQUISITOS, PLAZO, DIVULGACIÓN Y MODO PARA LLEVAR A CABO LA INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS. Los candidatos a ser representantes de los funcionarios ante el Comité Paritario de Salud Ocupacional (COPASO) del Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán inscribirse personalmente en la oficina MFS 101 ante el grupo Interno de trabajo de Bienestar, y Capacitación a partir de las 8:00 a.m hasta las 5:00 p.m. los días 19, 20, 21 del mes Marzo de 2013.

El listado de los candidatos hábiles inscritos se divulgará el día hábil siguiente al vencimiento del término previsto, a través de la intranet del Ministerio de Relaciones Exteriores, es decir el 22 de marzo de 2013.

ARTÍCULO 4o. DE LOS VOTANTES. Todos los funcionarios del Ministerio pertenecientes tanto a la planta interna, como a la planta externa de la Entidad, podrán ejercer su derecho al sufragio, a través de la intranet del Ministerio y personalmente en la Dirección de Talento Humano; ésta última opción se habilita únicamente para los funcionarios que no cuentan con intranet.

DE LOS JURADOS

ARTÍCULO 5o. DESIGNACION DE LOS JURADOS. El Director del Talento Humano designará (3) jurados de votación, quienes actuaran como Presidente, Vicepresidente y Vocal, respectivamente.

Los jurados de votación deberán presentarse en la Dirección del Talento Humano a las 8:00 a.m. el día 2 de Abril de 2013, para la apertura de las votaciones; y a las 5:00 p.m. del día 5 de Abril de 2013, para el cierre de las mismas.

ARTÍCULO 6o. FUNCIONES DE LOS JURADOS. Corresponderá a los jurados de votación:

a) Recibir y verificar los documentos y los elementos de la mesa de votación y la urna;

b) Instalar la mesa de votación;

c) Verificar la identidad de los votantes y que éstos correspondan a los funcionarios que por carecer del servicio de intranet pueden acudir a este mecanismo de votación;

d) Verificar que el inicio de la votación, se realice de acuerdo con lo estipulado en la presente resolución;

e) Vigilar el proceso de votación;

f) Realizar el escrutinio de los votos y consignar los resultados en el acta de escrutinio;

g) Verificar que el cierre de la votación, se realice de acuerdo con lo estipulado en la presente resolución;

h) Verificar los resultados de la votación y su comunicación.

DE LAS VOTACIONES

ARTÍCULO 7o. MODO Y FECHA DE APERTURA Y CIERRE DE LA VOTACIÓN. La votación se realizará a través de la intranet del Ministerio de Relaciones Exteriores y en las instalaciones de la Dirección de Talento Humano, éste último caso se habilita únicamente para los funcionarios de planta interna que no cuentan con internet.

La votación se realizará los días 2, 3, 4 y 5 del mes de abril de 2013 desde las 8:00 a.m. hasta las 5:00 p.m, hora de Colombia. A las 5:00 p.m., se cerrará la votación.

ARTÍCULO 8o. DE LAS VOTACIONES. El acto de votación será nominal, directo y secreto, y en consecuencia el derecho a votar no es delegable, ni los electores pueden hacerse representar.

Los funcionarios señalados en el artículo 8o de la presente Resolución, estarán habilitados para votar electrónicamente, por una sola vez, a través de la intranet del Ministerio de Relaciones Exteriores, usando su usuario y contraseña.

El elector debe ingresar con su usuario y contraseña, al link diseñado en la intranet para las presentes votaciones. Una vez haya ingresado, encontrará la lista de los candidatos a ser representantes de los Funcionarios ante el Comité Paritario de Salud Ocupacional COPASO, de los cuales deberá seleccionarse solo un candidato o consignar su voto en blanco, respectivamente.}

Únicamente los funcionarios de planta interna que no tienen acceso a la intranet, podrán votar personalmente, en el tarjetón diseñado para tal fin, en la mesa ubicada en la dirección de Talento Humano. En este caso, el elector deberá presentar al jurado el carnet que lo identifica como funcionario, quien lo confrontara con la respectiva lista de votantes. El elector marcará con una X en el tarjetón el candidato de su preferencia o su voto en blanco. Una vez hubiere depositado el voto en la urna, el jurado hará el registro correspondiente.

DEL ESCRUTINIO Y LOS RESULTADOS

Ir al inicio

ARTÍCULO 9o. FECHA Y LUGAR DEL ESCRUTINIO GENERAL Y DECLARACIÓN DE RESULTADOS. La revisión de los resultados obtenidos a través de la intranet del Ministerio de Relaciones Exteriores, así como el escrutinio de los votos depositados de manera personal por los funcionarios se contarán al finalizar la jornada del 5 de abril del i 2013, en la Dirección de Talento Humano, una vez finalizada la votación. A continuación, se declararán y comunicarán los resultados definitivos. A continuación, se declararán y comunicarán los resultados definitivos.

Cerrada la votación, un miembro del jurado designado para tal efecto y el Coordinador de Bienestar, y Capacitación leerán en voz alta el número total de votantes, bajo uno y otro sistema de votación, respectivamente, de lo cual se dejará constancia en el acta de escrutinio.

En el caso de la votación personal, si el número de votos depositados en la urna superare el número de funcionarios que votaron, se introducirán los votos de nuevo en la urna y se sacaran al azar tantos votos cuanto sean los excedentes y sin desdoblarlos se incineraran en el acto. De tal evento se dejará constancia en el acta de escrutinio.

Los candidatos podrán en el acto del escrutinio, presentar reclamaciones por escrito, las cuales serán resueltas por el Director del Talento Humano. Una vez resueltas las reclamaciones, el Director publicará los resultados de las votaciones

En la primera hora hábil del día 08 de Abril de 2013, se publicará a través de la intranet y de las carteleras dispuestas en las instalaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, los resultados de las elecciones.

DE LOS FUNCIONARIOS ELEGIDOS

Ir al inicio

ARTÍCULO 10. DE LOS FUNCIONARIOS ELEGIDOS. Serán elegidos como representantes Principales de los funcionarios ante el Comité Paritario de Salud Ocupacional, los cuatro (4) candidatos que obtengan mayoría de votos en estricto orden descendente. Como suplentes serán elegidos los que obtengan los cuatro (4) siguientes lugares, quienes en su orden reemplazarán a los principales.

PARAGRAFO. Si el número de votos a favor de dos candidatos o más fuere igual, la elección se decidirá a la suerte.

Ir al inicio

ARTÍCULO 11. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y será publicada en las carteleras de la Entidad.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a 15 MAR. 2013

MARÍA ANGELA HOLGUIN CUELLAR

Ministra de Relaciones Exteriores

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de mayo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.755 - 13 de mayo de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.