Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCIÓN 1227 DE 2011

(Marzo 16)

<Fuente: Archivo interno de la entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 5462 de 2014>

Por la cual se adopta el Manual de Contratación del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio

Resumen de Notas de Vigencia

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 3 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998, el artículo 5 del Decreto 3576 de 2009, el numeral 8 del artículo 6 del Decreto 3355 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 87 de 1993 establece las normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado incluyendo entre otros, los elementos para la operación del Sistema.

Que de acuerdo con la mencionada ley se deben definir políticas que sirvan como guía de acción y procedimiento para la ejecución de los procesos.

Que para tal efecto y de acuerdo con los procedimientos establecidos en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y sus Decretos Reglamentarios, se hace necesario implementar el proceso para adelantar los procedimientos de contratación que requiera el Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.

Que el artículo 5 del Decreto 3576 de 2009 dispone que "las entidades estatales sometidas al Estatuto General de Contratación deberán contar con un manual de contratación, en el que se señalen las funciones internas en materia contractual, las tareas que deban acometerse por virtud de la delegación o desconcentración de funciones, así como las que se derivan de la vigilancia y control de la ejecución contractual".

Que conforme con lo anterior, se hace necesario adoptar el Manual que incorpore las funciones internas en materia contractual, las tareas que deban acometerse por virtud de la delegación o desconcentración de funciones, así como las que se derivan de la vigilancia y control de la ejecución contractual.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. ADOPCIÓN DEL MANUAL. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 5462 de 2014> Adóptese el Manual de Contratación del Ministerio de Relaciones Exteriores y de su Fondo Rotatorio.

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. REGLAMENTACIÓN DE LA ACTIVIDAD CONTRACTUAL. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 5462 de 2014> La actividad contractual del Ministerio de Relaciones Exteriores y de su Fondo Rotatorio se adelantará con sujeción a las normas legales y reglamentarias que rigen la materia y a lo previsto en el Manual de Contratación que por este acto administrativo se adopta.

Ir al inicio

ARTÍCULO 3o. DIVULGACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 5462 de 2014> La divulgación del Manual y sus modificaciones, será realizada por la Oficina Asesora Jurídica Interna con la colaboración de la Oficina Asesora de Planeación y Desarrollo Organizacional, a través del Sistema Maestro y/o los medios idóneos para ello.

Ir al inicio

ARTÍCULO 4o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 5462 de 2014> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resoluciones números 5592 de 2008 y 1748 de 2010.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a

MARÍA ANGELA HOLGUIN CUELLAR

MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de mayo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.755 - 13 de mayo de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.