Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCIÓN 1152 DE 2019

(marzo 15)

Diario Oficial No. 50.899 de 18 de marzo 2019

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 86 de la Resolución 967 de 2024>

Por la cual se modifican los artículos 1o y 55 de la Resolución 9709 del 5 de diciembre de 2017 y se crea un grupo interno de trabajo.

Resumen de Notas de Vigencia

LA VICEMINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES,

en ejercicio de las facultades constitucionales conferidas por los artículos 208 a 211 y las facultades legales, especialmente las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, el numeral 14 del artículo 7o del Decreto 869 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que según lo dispone el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los representantes legales de las entidades públicas podrán crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, Grupos Internos de Trabajo, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo.

Que de acuerdo con lo establecido en el numeral 14 del artículo 7o del Decreto 869 de 2016, corresponde al Ministro de Relaciones Exteriores crear, organizar, y reglamentar, mediante resolución, los grupos internos de trabajo y comités necesarios, con el fin de desarrollar los objetivos, políticas, planes, programas y proyectos del Ministerio.

Que mediante Resolución 9709 del 5 de diciembre de 2017, se crearon los Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que, en virtud de prestar un mejor servicio a los funcionarios y ex funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, se hace necesario modificar la Resolución 9709 del 5 de diciembre de 2017, en sus artículos 1o y 55 y crear un nuevo Grupo Interno de Trabajo de Prestaciones Sociales, con el fin de lograr la efectividad en el cumplimiento de las funciones asignadas a la Dirección de Talento Humano.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 86 de la Resolución 967 de 2024> Modificar parcialmente el artículo 1o de la Resolución número 9709 del 5 de diciembre de 2017, en relación con los grupos internos de trabajo, adscritos a la Dirección de Talento Humano, los cuales quedarán así:

Artículo 1o. Crear los siguientes Grupos Internos de Trabajo:

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 86 de la Resolución 967 de 2024> Modificar el artículo 55 de la Resolución número 9709 del 5 de diciembre de 2017, el cual quedará así:

Artículo 55. Grupo interno de trabajo de nómina. Corresponde al Grupo Interno de Trabajo de Nómina, adscrito a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores, ejercer las siguientes funciones:

1. Liquidar y tramitar las nóminas de salarios y demás emolumentos a que tengan derecho los funcionarios y ex funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia.

2. Realizar las liquidaciones de los aportes parafiscales, de acuerdo con las normas y procedimientos vigentes sobre la materia.

3. Elaborar y presentar las autoliquidaciones al Sistema Integral de Seguridad Social (pensiones, salud, riesgos laborales y parafiscales), de acuerdo con las normas y procedimientos vigentes sobre la materia.

4. Elaborar, tramitar y comunicar los actos administrativos de horas extras y compensatorios.

5. Efectuar la revisión de las novedades de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores que afecten los conceptos de pago y descuento en la nómina y en las prestaciones sociales y realizar los ajustes a que haya lugar en la liquidación de la nómina.

6. Elaborar los reportes mensuales sobre doceavas partes de cesantías de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores con destino al Fondo Nacional de Ahorro, de acuerdo con las normas y procedimientos vigentes sobre la materia.

7. Liquidar el consolidado anual de las cesantías para los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y reportar al Fondo Nacional de Ahorro para el cargue del valor en las cuentas individuales de las cesantías.

8. Efectuar la revisión y el trámite del acto administrativo de asignación de recursos a las Oficinas Consulares y Embajadas para el pago de servicios del personal local.

9. Realizar la liquidación de prestaciones sociales de funcionarios y ex funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores.

10. Participar en la construcción del anteproyecto de presupuesto para cada vigencia, de acuerdo con los temas de su competencia.

11. Liquidar y actualizar para efectos de provisión contable los procesos judiciales en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores de índole salarial y prestacional.

12. Generar los reportes necesarios para la provisión contable de prestaciones sociales.

13. Dar respuesta a los derechos de petición relacionados con los temas de su competencia.

14. Participar en la definición, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas, planes y programas relacionados con los temas de su competencia.

15. Presentar los informes que sean requeridos por el Secretario General, el Director de Talento Humano, los organismos de control y demás entidades, relacionados con las funciones asignadas al Grupo Interno de Trabajo.

16. Mantener actualizada y sistematizada la documentación relativa a los asuntos relacionados con el grupo de trabajo y velar por su correcto archivo y conservación.

17. Expedir las certificaciones salariales de funcionarios y ex funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores cuando sean solicitadas.

18. Atender los requerimientos de autoridades judiciales y administrativas, relacionados con liquidaciones y pagos de salarios y demás emolumentos de los funcionarios y ex funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores.

19. Las demás que le sean asignadas y que por su naturaleza sean afines con las descritas anteriormente.

Ir al inicio

ARTÍCULO 3o. GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PRESTACIONES SOCIALES. <Resolución derogada por el artículo 86 de la Resolución 967 de 2024> Corresponde al Grupo Interno de Trabajo de Prestaciones Sociales, adscrito a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores, ejercer las siguientes funciones:

1. Elaborar, tramitar y comunicar los actos administrativos de vacaciones, licencias de maternidad, enfermedad común, enfermedad profesional, y los encargos a que haya lugar, de conformidad a las situaciones antes mencionadas, de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.

2. Elaborar y notificar los actos administrativos de liquidación de prestaciones sociales de los funcionarios y ex funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

3. Registrar las novedades de vacaciones y licencias médicas y reportarlas oportunamente ante el grupo interno de trabajo competente.

4. Atender los requerimientos de autoridades judiciales y administrativas, relacionados con liquidaciones y pagos de prestaciones sociales de los funcionarios y ex funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores.

5. Adelantar las actividades propias que se requieran ante el Fondo Nacional de Ahorro para el retiro parcial o total de cesantías de los funcionarios y ex funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores.

6. Tramitar los avisos y edictos nacionales y extranjeros para el reconocimiento y pago de prestaciones sociales por funcionarios fallecidos.

7. Realizar las afiliaciones y reportes de novedades al Sistema Integral de Seguridad Social de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores.

8. Expedir los certificados para el trámite ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia (DIAN), de importación de vehículo, equipaje y menaje de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y demás beneficiarios, en los términos señalados en la normatividad vigente.

9. Validar en la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), las certificaciones de vehículo y menaje de aquellas personas que solicitan la importación a su regreso al país.

10. Entregar al Grupo Interno de Trabajo Interno de Nómina los actos administrativos de prestaciones sociales una vez notificados y en firme para su inclusión en Nómina.

11. Participar en la definición, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas, planes y programas relacionados con los temas de su competencia.

12. Dar respuesta a los derechos de petición relacionados con los temas de su competencia.

13. Presentar los informes que sean requeridos por el Secretario General, el Director de Talento Humano, los organismos de control y demás entidades, relacionados con las funciones asignadas al Grupo Interno de Trabajo.

14. Mantener actualizada y sistematizada la documentación relativa a los asuntos relacionados con el grupo de trabajo y velar por su correcto archivo y conservación.

15. Gestionar el recobro de las prestaciones económicas de los funcionarios a las EPS.

16. Las demás que le sean asignadas y que por su naturaleza sean afines con las descritas anteriormente.

Ir al inicio

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente la Resolución 9709 del 5 de diciembre de 2017.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D.C., a 15 de marzo de 2019.

La Viceministra de Relaciones Exteriores, Encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores,

Luz Stella Jara Portilla.

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 30 de septiembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.869 - 4 de septiembre de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.