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RESOLUCION 639 DE 2019

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<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por medio de la cual se establece el contenido del Curso de Capacitación Diplomática y Consular que impartirá la Academia Diplomática en el año 2019

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 208 de la Constitución Política de Colombia, el numeral 3 del artículo 59 y el artículo 61 de la Ley 489 de 1998, los artículos 21 y 22 del Decreto - Ley 274 de 2000 y el numeral 17 del artículo 7 del Decreto 869 de 2016 y

CONSIDERANDO:

Que el ingreso a la Carrera Diplomática y Consular se hace exclusivamente por concurso abierto y en la categoría de Tercer Secretario, previa aprobación del Curso de Capacitación Diplomática y Consular, y de acuerdo con el Reglamento de la Academia Diplomática;

Que el artículo 10 del Decreto 869 de 2016 establece como función de la Dirección de la Academia Diplomática preparar y actualizar periódicamente los cursos de formación, capacitación, actualización y demás programas de estudio de la Academia, de conformidad con lo previsto en las disposiciones que regulan el Servicio Exterior y la Carrera Diplomática y Consular y con los intereses y prioridades de la política exterior de Colombia;

Que de conformidad con el parágrafo del artículo 21 del Decreto-Ley 274 de 2000, la Academia Diplomática programará el correspondiente Curso de Capacitación Diplomática y Consular, anualmente, por Resolución Ministerial;

Que el artículo 22 del Decreto-Ley 274 de 2000, establece que el contenido de los cursos de Capacitación será el que se determine mediante Resolución Ministerial, con base en las propuestas que formule el Consejo Académico de la Academia Diplomática;

Que el Consejo Académico, mediante Actas Nros 12 del 20 de diciembre de 2018, 01 del 21 de enero de 2019, 02 del 06 de febrero de 2019 y 03 del 11 de febrero de 2019, aprobó la propuesta de diseño curricular para el Curso de Capacitación Diplomática y Consular 2019;

Que el artículo 25 de la Resolución 4738 del 12 de junio de 2018, “Por medio de la cual se Convoca a Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2020”, previo las generalidades del Curso de Capacitación en la Academia Diplomática para el año 2019;

Que en mérito de los expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. CURSO DE CAPACITACIÓN DIPLOMÁTICA Y CONSULAR. El Curso de Capacitación Diplomática y Consular para el año 2019, a que se refieren los considerandos de la presente Resolución, se desarrollará teniendo en cuenta los siguientes componentes:

1. Teórico: Compuesto por dos (2) semestres académicos, mediante la modalidad de cátedra, con el fin de efectuar una nivelación profesional de los estudiantes, debido a la diversidad de profesiones de éstos, comprendiendo en el programa de estudios materias sobre diferentes temáticas, que capacitarán a los estudiantes que resulten seleccionados para ser nombrados en periodo de prueba por el término de un (1) año, como terceros secretarios.

2. Práctico: Compuesto por dos (2) semestres articulados con el componente teórico, en apoyo a las diferentes dependencias del Ministerio de Relaciones Exteriores. La práctica será remunerada mediante la modalidad de contrato de prestación de servicios para los estudiantes que no cuenten con vínculo alguno en el Ministerio de Relaciones Exteriores.

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ARTÍCULO 2. COMPONENTE TEÓRICO. Los ejes temáticos del curso de capacitación se desarrollarán, así:

FUNDAMENTACIÓN

DERECHORégimen político y ordenamiento constitucional colombiano24 horas / 2 créditos
Los sujetos del derecho internacional público24 horas/2 créditos
Las fuentes del derecho internacional público24 horas / 2 créditos
Derecho consular y servicio a connacionales24 horas/2 créditos
Instituciones internacionales y gobernanza global24 horas / 2 créditos
CIENCIA POLITICAProceso político y funcionamiento del Estado colombiano24 horas/2 créditos
Procesos y regímenes políticos comparados24 horas / 2 créditos
Análisis y construcción de políticas públicas24 horas / 2 créditos

Nuevos fenómenos y desafíos políticos contemporáneos24 horas/2 créditos
RELACIONESGeopolítica mundial y análisis de riesgos globales24 horas / 2 créditos
INTERNACIONALES Y DIPLOMACIAPolítica y relaciones internacionales en América Latina24 horas/2 créditos
El lugar de Colombia en el mundo: política exterior colombiana e intereses nacionales24 horas/2 créditos
Desafíos de la diplomacia contemporánea24 horas/2 créditos
Protocolo y ceremonial24 horas / 2 créditos
ECONOMÍAPrincipales problemas macroeconómicos24 horas / 2 créditos
Comercio internacional: entre apertura y proteccionismo24 horas / 2 créditos
La internacionalización de la economía colombiana24 horas/2 créditos
Hacienda, presupuesto y política pública en Colombia24 horas / 2 créditos

FORMACIÓN COMPLEMENTARIA

CONFERENCIAS DE COYUNTURA, PROFUNDIZACIÓN
O VOCACIÓN DIPLOMÁTICA
Temas de actualidad a cargo de tomadores de decisión públicos o privados
Conversatorios sobre experiencia diplomática Análisis de coyuntura política interna / internacional
Presentaciones de funcionarios de carrera que regresen tras haber sido beneficiarios de comisión de estudios o becas
48 horas / 0 créditos
IDIOMASIdiomas de uso diplomático48 horas / 0 créditos
INVESTIGACIÓNConstrucción de discurso y producción de textos de uso diplomático24 horas / 2 créditos
Talleres de investigación según necesidad de las Direcciones de la Cancillería24 horas / 2 créditos
ACOMPAÑAMIENTOY ORIENTACIÓN PSICOLÓGICAAsesorías individuales, actividades grupales, acompañamiento y orientación vocacional48 horas/0 créditos
TOTAL HORAS/CRÉDITOS624 horas /40 créditos

PARÁGRAFO. La asistencia y participación a las conferencias de coyuntura, profundizaron o vocación diplomática son de carácter obligatorio. Asimismo, la Dirección de la Academia Diplomática podrá, entre otros, organizar proyectos de investigación, seminarios y visitas pedagógicas para los estudiantes del Curso de Capacitación Diplomática y Consular, con el fin de fortalecer la formación integral de los mismos.

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ARTÍCULO 3. COMPONENTE PRÁCTICO. La práctica del curso de capacitación propuesta por el Consejo Académico para el año 2019, se llevará a cabo de manera presencial en las diferentes dependencias del Ministerio de Relaciones Exteriores. La Dirección de la Academia Diplomática hará la distribución de los aspirantes para las prácticas en el Ministerio de Relaciones y podrá hacer una rotación al finalizar cada semestre. Los funcionarios participantes en el Curso de Capacitación Diplomática y Consular harán su práctica en las dependencias donde se encuentran ubicados.

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ARTÍCULO 4. CALENDARIO. El Curso de Capacitación Diplomática y Consular iniciará el 11 de marzo de 2019 y terminará el 29 de noviembre de 2019. Cada uno de los semestres a los que se refieren los artículos primero y tercero de la presente Resolución se desarrollarán así:

SemestreFechasObservaciones
1er Semestre11 de marzo al 19 de julioComponente teórico y práctico
RecesoDel 15 de abril al 17 de abril
Del 22 de julio al 2 de agosto
Receso componente teórico y práctico
2do SemestreDel 12 de agosto al 29 de noviembreComponente teórico y práctico

PARÁGRAFO 1. Cada uno de los componentes teórico y práctico tendrán una duración de diecisiete (17) semanas.

PARÁGRAFO 2. Los aspirantes que adelanten el Curso de Capacitación Diplomática y Consular deberán cumplir con la programación establecida por la Dirección de la Academia Diplomática para el desarrollo del componente teórico y práctico.

ARTÍCULO 5. EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO ACADÉMICO EN EL CURSO DE CAPACITACIÓN 2019. Cada materia del componente teórico y cada criterio del componente práctico serán calificados utilizando una escala de cero (0) a cien (100) puntos. Los estudiantes del Curso de Capacitación Diplomática y Consular deben obtener un mínimo de setenta (70) puntos en cada una de las materias para aprobarlas.

PARÁGRAFO 1. El resultado final de la evaluación del rendimiento de los estudiantes del curso de capacitación, será el promedio final de las calificaciones de las materias del componente teórico con un peso porcentual de setenta puntos (70%), y el promedio final de las evaluaciones de los criterios del componente práctico con un peso porcentual de treinta puntos (30%).

PARÁGRAFO 2. El estudiante que no obtenga el mínimo aprobatorio en una (1) o más de las materias del componente teórico durante el curso de capacitación, será retirado del mismo, siendo causal de terminación anticipada del contrato de prestación de servicios que haya suscrito con el Ministerio de Relaciones Exteriores o su Fondo Rotatorio. Los estudiantes que cuenten con vinculación laboral en el Ministerio de Relaciones Exteriores serán retirados solamente del curso de capacitación.

PARÁGRAFO 3. La calificación del componente práctico estará a cargo del respectivo jefe de la dependencia a la que sea asignado cada estudiante del Curso de Capacitación Diplomática y Consular. Para el efecto el calificador deberá hacer uso del Formato GH- FO-81, disponible en el Sistema Maestro del Ministerio de Relaciones Exteriores, o el que lo modifique y/o lo reemplace.

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ARTÍCULO 6. LISTA DE ELEGIBLES. El Consejo Académico conformará, en estricto orden descendente, según la calificación final obtenida en el Curso de Capacitación Diplomática y Consular, una lista de hasta veinte (20) elegibles para ingresar como Tercer Secretario al Ministerio de Relaciones Exteriores, en periodo de prueba, en el año 2020.

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ARTÍCULO 7. DISPOSICIONES FINALES. Es deber de los estudiantes del Curso de Capacitación Diplomática y Consular cumplir estrictamente el Reglamento de la Academia Diplomática, así como las disposiciones que adopten el Consejo Académico y la Dirección de la Academia Diplomática para el cabal desarrollo del Curso.

ARTÍCULO 8. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C.

CARLOS HOLMES TRUJILLO GARCÍA

Ministro De Relaciones Exteriores

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de mayo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.755 - 13 de mayo de 2024)

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