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RESOLUCIÓN 363 DE 2008

(Enero 30)

<Fuente: Archivo interno de la entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por medio de la cual se reconoce la garantía de permiso sindical a los miembros de la junta directiva y de la comisión estatutaria de quejas y reclamos del Sindicato de Empleados del Ministerio de Relaciones Exteriores -SEMREX-

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES

En uso de sus facultades legales y en especial las que le confieren el artículo 39 de la Constitución Nacional, el artículo 13 de la Ley 584 de 2000 y el artículo 3 del Decreto 2813 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 39 de la Constitución Nacional, consagra el derecho de asociación sindical y reconoce a los representantes sindicales el fuero y demás garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión;

Que el artículo 13 de la Ley 584 de 2000, estableció que las organizaciones sindicales de los servidores públicos, tienen derecho a que las entidades públicas, les otorguen permisos sindicales a quienes sean designados por ellas, para atender las responsabilidades que se desprenden del citado derecho de asociación sindical;

Que el artículo 2 del Decreto 2813 de 2000, preceptúa que son titulares de la garantía de permiso sindical entre otros, las juntas directivas y las comisiones legales o estatutarias de reclamos;

Que el artículo 3 del citado decreto 2813, faculta al nominador para reconocer mediante acto administrativo los permisos sindicales, previa solicitud de la organización sindical que precise entre otros, los permisos necesarios para el cabal cumplimiento de su gestión, el nombre de los representantes, su finalidad y duración periódica;

Que el artículo 22 de los estatutos del Sindicato, aprobados mediante Resolución 4249 de 2007 del Ministerio de la Protección Social, señala que la Junta Directiva del Sindicato de Empleados del Ministerio de Relaciones Exteriores -SEMREX- se reunirá ordinariamente con periodicidad semanal;

Que de conformidad con el artículo 15 de los estatutos del Sindicato, aprobados mediante la citada Resolución 4249 de 2007, la Junta Directiva está conformada por once (11) miembros, quienes se desempeñan como: Presidente, Vicepresidente, Secretario General, Tesorero, Fiscal, Director de Asuntos Jurídicos; Director de Educación y Pedagogía; Director de Comunicaciones, Prensa y Propaganda; Director de Bienestar Social y Solidaridad, Director de Actas y Documentación y Director de Asuntos Internacionales;

Que el artículo 29 de los citados estatutos, establece que la Comisión Estatutaria de Reclamos está conformada por un (1) comisionado;

Que mediante comunicación del 18 de enero de 2008, la Presidenta del Sindicato de Empleados del Ministerio de Relaciones Exteriores -SEMREX- solicitó autorización de permiso sindical, para los miembros de la Junta Directiva y de la Comisión Estatutaria de Reclamos, los días viernes entre la 1:30 y las 5:45 p.m.;

Que el numeral 13 del artículo 23 de los Estatutos del Sindicato, señala como atribución de la Junta Directiva "Asignar y supervisar los permisos sindicales concedidos por la Entidad, los cuales deberán ser asignados de tal manera que garanticen la buena marcha de la organización."

Que en consideración a lo anterior;

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Otorgar permiso sindical a los miembros de la Junta Directiva y de la Comisión Estatutaria de Reclamos del Sindicato de Empleados del Ministerio de Relaciones Exteriores -SEMREX-, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución.

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ARTÍCULO 2o. La garantía de permiso sindical otorgado en el artículo anterior, será disfrutada, a partir de la fecha y hasta el 31 de diciembre de 2008, durante los días viernes entre la 1:30 p.m. y las 5:45 p.m.

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ARTÍCULO 3o. La Junta Directiva del Sindicato de Empleados del Ministerio de Relaciones Exteriores -SEMREX-, otorgará los permisos correspondientes y dará aviso oportuno a los jefes inmediatos, con el fin de garantizar la buena marcha de la organización; de conformidad con las consideraciones expuestas en la parte motiva de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a 30 ENE. 2008

FERNANDO ARAÚJO TERDOMO

Ministro de Relaciones Exteriores

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 30 de septiembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.869 - 4 de septiembre de 2024)

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