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RESOLUCIÓN 4 DE 2019

(marzo 5)

Diario Oficial No. 50.888 de 7 de marzo 2019

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

Por la cual se modifica la Resolución número 0010 del 7 de marzo de 2018 por la cual se establece el Catálogo de Clasificación Presupuestal y se dictan otras disposiciones para su administración.

LA DIRECTORA GENERAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL (E),

en uso de sus facultades legales, en especial el Decreto número 111 de 1996, la Ley 1473 de 2011, el Decreto número 1068 de 2015 y el Decreto número 4712 de 2008, modificado por el Decreto número 2384 de 2015,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 1068 de 2015 ordenó a la Dirección General del Presupuesto Público Nacional establecer el Catálogo de Clasificación Presupuestal, por lo cual se expidió la Resolución número 0010 del 7 de marzo de 2018;

Que durante la implementación se observó la necesidad de actualizar el listado de unidades ejecutoras especiales contenidas en el Catálogo de Clasificación Presupuestal;

Que para una mejor gestión en la operatividad del Catálogo de Clasificación Presupuestal, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional considera pertinente el cambio en unas disposiciones que regulan su administración;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modifíquese el artículo 4o de la Resolución número 0010 de 2018, el cual quedará así:

“Artículo 4o. Solicitudes sobre el Catálogo de Clasificación Presupuestal. Las solicitudes señaladas en el numeral 4 del artículo anterior serán atendidas por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional a través de la Subdirección de Análisis y Consolidación Presupuestal, en coordinación con la Subdirección Técnica correspondiente y el Grupo de Asuntos Jurídicos”.

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ARTÍCULO 2o. Modifíquese el artículo 7o de la Resolución número 0010 de 2018, el cual quedará así:

“Artículo 7o. Unidades Ejecutoras Especiales. El Decreto de Liquidación del Presupuesto General de la Nación, adicional a lo establecido en los artículos 11 y 36 del Estatuto Orgánico del Presupuesto contará con las siguientes Unidades Ejecutoras Especiales:

- Unidades Administrativas Especiales de la Administración Central.

- Las Superintendencias sin personería jurídica.

- En las entidades de previsión social una unidad ejecutora especial para cada uno de los regímenes que administre así: El régimen contributivo en salud, el régimen pensional y el pago directo de cesantías.

- En el Ministerio de Defensa Nacional una unidad ejecutora especial para cada una de las Fuerzas Militares así: El Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, y el Comando General.

- En la Rama Judicial una unidad ejecutora especial para cada una de las altas cortes judiciales.

- En la Registraduría Nacional del Estado Civil una unidad ejecutora especial para el Consejo Nacional Electoral.

- Las dependencias internas con autonomía administrativa y financiera sin personería jurídica, de cada entidad u órgano administrativo, de acuerdo con el literal j) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998.

- Los órganos que tengan aportes de la Nación permitidos por las normas vigentes para las empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta, con régimen de aquellas.

- Cada una de las cámaras que componen el Congreso de la República.

- En la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) se identificarán como unidades ejecutoras: el Tribunal de Paz y las Salas de Justicia, la Unidad de Investigación y Acusación y la Secretaria Ejecutiva.

- Las demás dependencias de los órganos no mencionadas en este artículo se presentarán agrupadas bajo la denominación: Gestión General”.

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ARTÍCULO 3o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el artículo 19 de la Resolución número 0010 de 2018 y demás normas que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 5 de marzo de 2019.

La Directora General del Presupuesto Público Nacional (E),

Claudia Marcela Numa Páez.

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de mayo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.755 - 13 de mayo de 2024)

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