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RESOLUCIÓN 0-2791 DE 2010

(noviembre 23)

Diario Oficial No. 47.903 de 24 de noviembre de 2010

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 2953 de 2010>

Por medio de la cual se hace una delegación especial.

Resumen de Notas de Vigencia

EL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN (E.),

en uso de sus facultades legales contenidas en la Ley 938 del treinta (30) de diciembre de 2004, la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y sus Decretos Reglamentarios, en la Resolución número 0-0163 del doce (12) de enero de 2005 modificada mediante la Resolución número 0-3327 del veintiuno (21) de septiembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado.

Que el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, establece que las autoridades administrativas podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias y que dicha delegación procede respecto de la atención y decisión de asuntos que les han sido confiadas por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política.

Que el artículo 13 de la Ley 938 de 2004, determina: Delegación “El Fiscal General de la Nación podrá delegar en los servidores del más alto nivel de la Fiscalía General de la Nación las funciones de carácter legal que convengan al mejor cumplimiento de los objetivos de la entidad. Vigilará el desarrollo de la delegación y reasumirá las facultades delegadas cuando lo considere necesario”.

En el parágrafo de la misma norma dispone: “En su condición de nominador el Fiscal General de la Nación podrá delegar la facultad de expedir los actos administrativos relacionados con la aceptación de renuncias; la vacancia por abandono del cargo; el retiro por pensión de jubilación o invalidez absoluta, muerte o retiro forzoso motivado por la edad. Así mismo podrá delegar el trámite de las situaciones administrativas, los movimientos de personal y la ejecución de las sanciones disciplinarias impuestas a servidores de la Fiscalía, por autoridad competente”.

Que a su turno y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2o de la Resolución 2473 del dieciséis (16) de junio de 2005, “por medio de la cual se establece y desarrolla la estructura orgánica de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones”, señala que la Oficina de Personal hace parte de la estructura interna de la Secretaría General de la entidad.

Que de conformidad con el artículo 25 de la Ley 938 de 2004, numeral 3 y Ley 1024 de mayo diecinueve (19) del año 2006, la Oficina de Personal, perteneciente al Nivel Directivo, tiene las siguientes funciones sin límite de cuantía: “Tramitar las novedades, movimientos de personal, situaciones administrativas, nómina y prestaciones sociales, afiliación a las empresas prestadoras de salud, administradoras de pensiones y de riesgos profesionales, así como preparar, para la firma del competente, los actos administrativos relacionados con estas y con el retiro del servicio”.

Que mediante Resolución número 0-0163 del doce (12) de enero de 2005, “por medio de la cual se delegan unas funciones administrativas y se dictan otras disposiciones”, se delegó en el Jefe de la División Administrativa de la Fiscalía General de la Nación, la facultad de ordenar el gasto y realizar todos los actos y trámites inherentes a los procedimientos de selección, al igual que la suscripción de los contratos que vayan de los mil (1.000) a los cinco mil quinientos (5.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv) del Nivel Central, así como sus respectivas adiciones hasta el máximo legal y al Director Nacional Administrativo y Financiero la facultad de ordenar el gasto y realizar todos los actos y trámites inherentes a los procedimientos de selección, al igual que la suscripción de los contratos que superen los cinco mil quinientos (5.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv) del Nivel Central.

En mérito de lo expuesto, el Despacho del Fiscal General de la Nación,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 2953 de 2010> Delegar en el Jefe de la Oficina de Personal de la Fiscalía General de la Nación la función administrativa para el pago sin cuantía de sentencias y conciliaciones en las que sea condenada la entidad, en especial lo concerniente al pago de cesantías definitivas, vacaciones, prima de vacaciones y pagos por salud generados por dicho concepto, atendiendo que las mismas se relacionan directamente con las funciones propias del cargo.

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ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 2953 de 2010> Delegar en el Jefe de la División Administrativa de la Fiscalía General de la Nación, la facultad de ordenar el gasto y realizar todos los actos y trámites inherentes a los procedimientos de selección, al igual que la suscripción de los contratos que vayan de los mil (1.000) a los cinco mil quinientos (5.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv) del Nivel Central, así como sus respectivas adiciones hasta el máximo legal y al Director Nacional Administrativo y Financiero la facultad de ordenar el gasto y realizar todos los actos y trámites inherentes a los procedimientos de selección, al igual que la suscripción de los contratos que superen los cinco mil quinientos (5.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv) del Nivel Central.

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ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 2953 de 2010> Comunicar la presente decisión por conducto de la Secretaría General a la Oficina de Personal, a la Dirección Nacional Administrativa y Financiera, a la División Administrativa, a la Oficina Jurídica, y a los Directores Seccionales Administrativos y Financieros de la Entidad.

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ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 2953 de 2010> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, conforme a lo dispuesto en el artículo 119 de la Ley 489 de 1999 y deroga cualquier disposición que le sea contraria.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 23 de noviembre de 2010.

El Fiscal General de la Nación (E.),

GUILLERMO MENDOZA DIAGO.

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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