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RESOLUCION 340 DE 2005
(agosto 30)
Diario Oficial No. 46.024 de 07 de septiembre de 2005
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Por la cual se crea un Grupo Interno de Trabajo en la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación y se fijan sus funciones.
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN,
en uso de sus atribuciones legales, en especial las contenidas en el artículo 3o de la Ley 298 del 23 de julio de 1996 y el artículo 4o del Decreto 143 del 21 de enero de 2004.
CONSIDERANDO:
Que el numeral 6o del artículo 4o del Decreto 143 de 2004, dispone que es función del Contador General de la Nación crear y organizar Grupos Internos de Trabajo con el fin de desarrollar con eficiencia y eficacia los objetivos, planes, políticas y programas de la entidad, así como definir las funciones de los diferentes Grupos Internos de Trabajo de la entidad;
Que mediante la Resolución número 148 del 26 de abril de 2004, se crearon los Grupos Internos de la Unidad Administrativa Especial, Contaduría General de la Nación y se fijaron sus funciones;
Que el artículo 66 de la Ley 863 de 2004, le asigna a la Contaduría General de la Nación funciones relacionadas con el Boletín de Deudores Morosos del Estado -BDME-;
Que la Ley 901 de 2004 reitera la función de consolidación y publicación del Boletín de Deudores Morosos del Estado de la CGN;
Que se hace necesario asignar las funciones de dirección, coordinación y control del Boletín de Deudores Morosos del Estado -BDME-, a una dependencia de la planta global de la Contaduría General de la Nación.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Créase en la Subcontaduría de Centralización de la Información el Grupo Interno de Trabajo de Boletín de Deudores Morosos del Estado.
ARTÍCULO 2o. El Grupo Interno de Trabajo de Boletín de Deudores Morosos del Estado BDME, será responsable del cumplimiento de las siguientes funciones:
a) Elaborar el Plan Indicativo del BMDE, en concordancia con el Plan Indicativo de la CGN, y los respectivos planes de acción anuales que lleven a su cumplimiento;
b) Ejecutar los planes y programas propios al manejo del BDME, y la presentación eficiente de los servicios;
c) Formular las políticas de Recepción, Cargue y Retiros del BDME de la Contaduría General de la Nación, de acuerdo con la determinación de los programas de manejo;
d) Aplicar adecuadamente las normas y procedimientos para la administración del BDME de la Contaduría General de la Nación;
e) Proponer las recomendaciones necesarias sobre las acciones que deban desarrollarse para el logro de los objetivos del BDME de la Contaduría General de la Nación;
f) Ejecutar el proceso de recepción y cargue de la información suministrada por las diferentes entidades públicas, para la consolidación y publicación del BDME;
g) Llevar a cabo las actividades propias del proceso para retiros de la base de datos del BDME;
h) Ejecutar el proceso para la expedición de los certificados BDME solicitados por las diferentes entidades públicas;
i) Velar por el efectivo cumplimiento y el correcto manejo de los recursos humanos, físicos y tecnológicos, en la ejecución de planes, programas y proyectos de manejo del BDME.
j) Elaborar y presentar informes sobre las actividades desarrolladas por el BDME, con la oportunidad y periodicidad requerida.
k) Velar por la adecuada aplicación de normas y procedimientos dentro de la administración del BDME para la aplicación de la página web;
l) Responder los derechos de petición, las consultas y en general las comunicaciones relacionadas con el BDME;
m) Las demás que le sean asignadas por el Contador General de la Nación.
ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución 241 del 16 de junio de 2004 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 30 de agosto de 2005.
El Contador General de la Nación,
JAIRO ALBERTO CANO PABÓN.
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