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RESOLUCIÓN 141 DE 2009
(abril 21)
Diario Oficial No. 47.336 de 30 de abril de 2009
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Por la cual se modifica la vigencia de la Resolución 669 de 2008 y se precisa su ámbito de aplicación.
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN,
en uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 354 de la Constitución Política, la Ley 298 del 23 de julio de 1996, el Decreto 143 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 669 de 2008 se modificó el Manual de Procedimientos Contables del Régimen de Contabilidad Pública, en lo relacionado con las cuentas de la Clase Cero de Presupuesto y Tesorería, para permitir el registro contable automático del Presupuesto General de la Nación en el Sistema Integrado de Información Financiera – SIIF Nación.
Que es necesario precisar el momento de entrada en vigencia de los conceptos que hacen parte de la Resolución 669 de 2008 y determinar el ámbito de aplicación de los mismos.
Que es pertinente indicar las subcuentas que fueron incorporadas al Catálogo General de Cuentas del Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública con la Resolución 669 de 2008, cuyo ámbito de aplicación es general y de forma inmediata.
Que es necesario definir el procedimiento contable para el reporte de la información financiera, económica, social y ambiental de aquellas entidades contables públicas que hacen parte del Presupuesto General de la Nación, pero que solo ejecutan una parte del proceso contable en el SIIF Nación.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. La Resolución 669 de 2008, debe ser aplicada por las entidades contables públicas que hacen parte del Presupuesto General de la Nación – PGN, de conformidad con lo señalado en el artículo 3o del Estatuto Orgánico del Presupuesto, contenido en el Decreto 111 de 1996 y la ley anual de presupuesto.
ARTÍCULO 2o. Las cuentas y sus respectivas subcuentas creadas en la Resolución 669 de 2008, se utilizarán a partir de la fecha en que entre en producción el SIIF en la segunda etapa, la cual será definida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en su calidad de administrador del Sistema.
ARTÍCULO 3o. Las siguientes subcuentas creadas en la Resolución 669 de 2008, que se incorporan a cuentas existentes, son de utilización inmediata por las entidades contables públicas que correspondan.
020216-Impuesto al turismo
020353-Tasas, multas y contribuciones – PGN
020745-Crédito externo – Banca comercial
020746-Rendimientos financieros - PGN
020747-Enajenación de activos - PGN
020940-Fondo de Pensiones Fondo Fonprenor
020941-Fondo Especial Cuota de Fomento de Gas Natural
020942-Fondo Especial para Programa de Normalización de Redes Eléctricas - Prone
021616-Impuesto al turismo
021753-Tasas, multas y contribuciones – PGN
021945-Crédito externo – Banca comercial
021946-Rendimientos financieros - PGN
021947-Enajenación de activos - PGN
022240-Fondo de Pensiones Fondo Fonprenor
022241-Fondo Especial Cuota de Fomento de Gas Natural
022242-Fondo Especial para Programa de Normalización de Redes Eléctricas - Prone
022316-Impuesto al turismo
022453-Tasas, multas y contribuciones – PGN
022745-Crédito externo – Banca comercial
022746-Rendimientos financieros - PGN
022747-Enajenación de activos - PGN
022940-Fondo de Pensiones Fondo Fonprenor
022941-Fondo Especial Cuota de Fomento de Gas Natural
022942-Fondo Especial para Programa de Normalización
032026-Contribuciones inherentes a la nómina - Administradas por el sector público – PGN
032027-Contribuciones inherentes a la nómina – Otros aportes a entidades del sector privado – PGN
032127-Defensa de la Hacienda Pública
033126-Contribuciones inherentes a la nómina - Administradas por el sector público – PGN
033127-Contribuciones inherentes a la nómina – Otros aportes a entidades del sector privado – PGN
033227-Defensa de la Hacienda Pública
035026-Contribuciones inherentes a la nómina - Administradas por el sector público – PGN
035027-Contribuciones inherentes a la nómina – Otros aportes a entidades del sector privado – PGN
035127-Defensa de la Hacienda Pública
036026-Contribuciones inherentes a la nómina -Administradas por el sector público – PGN
036027-Contribuciones inherentes a la nómina – Otros aportes a entidades del sector privado – PGN
036127-Defensa de la Hacienda Pública
037026-Contribuciones inherentes a la nómina - Administradas por el sector público – PGN
037027-Contribuciones inherentes a la nómina – Otros aportes a entidades del sector privado – PGN
037127-Defensa de la Hacienda Pública
032324-Transferencias para apoyo de programas de salud
033424-Transferencias para apoyo de programas de salud
035224-Transferencias para apoyo de programas de salud
036224-Transferencias para apoyo de programas de salud
037224-Transferencias para apoyo de programas de salud
032408-Organismos internacionales
033508-Organismos internacionales
035308-Organismos internacionales
036308-Organismos internacionales
037308-Organismos internacionales
ARTÍCULO 4o. Para las entidades contables públicas que llevan a cabo el proceso contable de manera parcial a través del SIIF Nación, en razón a que ejecutan recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, debe entenderse que el proceso contable contiene todas las operaciones contables que realiza la entidad, tanto a través de este sistema, como por fuera del mismo. En este sentido, se deben adoptar los procesos administrativos y técnicos que sean necesarios para garantizar que la totalidad de la información financiera, económica, social y ambiental se incorpore al proceso contable y se revele en los estados, informes y reportes contables que deban presentarse a la Contaduría General de la Nación y demás usuarios que los requieran. Para ello, las entidades deben incluir en sus sistemas de gestión contable la información del SIIF Nación producto de las transacciones ejecutadas en el Sistema.
ARTÍCULO 5o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 21 de abril de 2009.
El Subcontador General de la Nación, encargado de las funciones del Despacho del Contador General de la Nación,
LUIS ALONSO COLMENARES RODRÍGUEZ.
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