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RESOLUCIÓN 52 DE 2013

(febrero 11)

Diario Oficial No. 48.704 de 14 de febrero de 2013

CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada  a partir del 1o. de enero de 2018,  por la Resolución 470 de 2016>

Por medio de la cual se modifica el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública.

Resumen de Notas de Vigencia

EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN,

en ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 354 de la Constitución Política de Colombia, además de las conferidas por la Ley 298 del 23 de julio de 1996 y el Decreto número 143 de 2004,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 354 de 2007 se adoptó el Régimen de Contabilidad Pública, conformado por el Plan General de Contabilidad Pública, el Manual de Procedimientos y la Doctrina Contable Pública;

Que mediante la Resolución número 356 de 2007 se adoptó el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública, integrado por el Catálogo General de Cuentas, los Procedimientos Contables y los Instructivos Contables;

Que la información contable pública busca satisfacer el conjunto de necesidades específicas y demandas de los distintos usuarios para facilitar la toma de decisiones tendientes a optimizar la gestión eficiente de los recursos y el mantenimiento del patrimonio público;

Que el artículo 9o del Decreto número 1075 de 2012 señala que “El Departamento Nacional de Planeación, con cargo a los recursos de funcionamiento del Sistema General de Regalías que le sean asignados, podrá, entre otros gastos, suministrar apoyo para el fortalecimiento de las secretarías técnicas de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión de acuerdo con lo establecido por la Comisión Rectora”;

Que se hace necesario modificar el Catálogo General de Cuentas para facilitar la identificación y registro de los recursos asignados al Departamento Nacional de Planeación, destinados al fortalecimiento de las Secretarías Técnicas de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión, y definir su tratamiento contable;

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Catálago derogado por la Resolución 620 de 2015> Crear las siguientes subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas.

CÓDIGO DENOMINACIÓN
511171 Apoyo para el fortalecimiento de las Secretarías Técnicas de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión del SGR
249023 Apoyo para el fortalecimiento de las Secretarías Técnicas de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión del SGR
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ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada a partir del 1o. de enero de 2018 por la Resolución 470 de 2016> Modificar los numerales 1.2 y 12 del Procedimiento contable para el Reconocimiento y Revelación de los recursos del Sistema General de Regalías del Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública, el cual quedará así:

1.2 Registros contables en el Sistema General de Regalías

Con la información que suministren la Agencia Nacional de Hidrocarburos y la Agencia Nacional de Minería sobre la liquidación de las regalías, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) reconoce los derechos por este concepto en la contabilidad del Sistema General de Regalías mediante un débito en la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1405-REGALÍAS y un crédito en la subcuenta respectiva, de la cuenta 4111-REGALÍAS.

12. Reconocimiento de gastos del Sistema General de Regalías

El MHCP debe reconocer los gastos de fiscalización del SGR, en la contabilidad del Sistema, debitando la subcuenta 511168-Fiscalización del Sistema General de Regalías, de la cuenta 5111-GENERALES y acreditando la subcuenta 249020-Fiscalización del Sistema General de Regalías, de la cuenta 2490-OTRAS CUENTAS POR PAGAR.

El MHCP debe reconocer los gastos de monitoreo, seguimiento, control y evaluación del SGR, en la contabilidad del Sistema, debitando la subcuenta 511169-Monitoreo, seguimiento, control y evaluación del Sistema General de Regalías, de la cuenta 5111-GENERALES y acreditando la subcuenta 249021-Monitoreo, seguimiento, control y evaluación del Sistema General de Regalías, de la cuenta 2490-OTRAS CUENTAS POR PAGAR.

El MHCP debe reconocer los gastos de funcionamiento del SGR, en la contabilidad del Sistema, debitando la subcuenta 511170-Funcionamiento del Sistema General de Regalías, de la cuenta 5111-GENERALES y acreditando la subcuenta 249022- Funcionamiento del Sistema General de Regalías, de la cuenta 2490- OTRAS CUENTAS POR PAGAR.

El MHCP debe reconocer los gastos para apoyar el fortalecimiento de las Secretarías Técnicas de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión del SGR, en la contabilidad del Sistema, debitando la subcuenta 511171-Apoyo para el fortalecimiento de las Secretarías Técnicas de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión del SGR, de la cuenta 5111-GENERALES y acreditando la subcuenta 249023-Apoyo para el fortalecimiento de las Secretarías Técnicas de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión del SGR, de la cuenta 2490-OTRAS CUENTAS POR PAGAR.

Si en desarrollo de las funciones de fiscalización, monitoreo, seguimiento, control, evaluación y funcionamiento del SGR, se adquieren bienes, los mismos deben ser reconocidos en la entidad beneficiaria mediante un débito en la subcuenta y cuenta que corresponda, del grupo 16-Propiedades, planta y equipo y un crédito en la subcuenta 312525-Bienes, de la cuenta 3125-PATRIMONIO PÚBLICO INCORPORADO.

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ARTÍCULO 3o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. <Resolución derogada por la Resolución 470 de 2016> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 119 de la Ley 489 de 1998, y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 11 de febrero de 2013.

El Contador General de la Nación,

PEDRO LUIS BOHÓRQUEZ RAMÍREZ.

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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