Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción
RESOLUCIÓN 4970 DE 2007
(octubre 12)
Diario Oficial No. 46.786 de 19 de octubre de 2007
AERONÁUTICA CIVIL
Por la cual se modifica la organización del órgano técnico evaluador de los aspirantes a ocupar los empleos gerenciales en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, Aerocivil.
EL DIRECTOR GENERAL (E.) DE LA UNIDAD,
en ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 9o del Decreto 260 de 2004 y en el Decreto 1601 de 2005,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante la Ley 909 de 2004 se expidió el régimen de carrera, del empleo público y la gerencia pública aplicable a los servidores públicos no excepcionados en dicha norma.
2. Que mediante el Decreto 1601 de 2005 se reglamentan algunos artículos de la Ley 909 de 2004 relacionados con los principios de la gerencia pública en la Administración Pública.
3. Que en dicha disposición se establece que en la provisión de los empleos de libre nombramiento y remoción de grado inferior al de Secretario General se deberán tener en cuenta las competencias gerenciales, el mérito, la capacitad, le experiencia, las cualidades personales y capacidad en relación con las funciones y responsabilidades frente al empleo.
4. Que la evaluación de los aspirantes podrá ser adelantada por un órgano técnico conformado al interior de las entidades, opción que ha escogido la Aerocivil para tal efecto.
5. Que dicha disposición fue implementada en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil mediante Resolución 2702 del 17 de junio de 2005, creando el Comité Técrico Evaluador de los candidatos a ocupar los empleos de libre nombramiento y remoción en la Unidad, integrado por el Subdirector General, el Secretario General y el Secretario de Seguridad Aérea.
6. Que la anterior composición fue modificada por la Resolución 02961 del día 14 de julio de 2006 la cual dispuso en el artículo 1o que el Comité Técnico Evaluador estará integrado por dos asesores del Despacho del Director General de la Unidad Administrativa Especial.
7. Que se hace necesario modificar la integración del órgano técnico a fin de hacer más expedito su funcionamiento
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modifícase el artículo 1o de la Resolución 02961 del día 14 de julio de 2006, así: El Comité Técnico Evaluador de los candidatos a ocupar los empleos de libre nombramiento y remoción en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil estará integrado por dos (2) asesores que podrán ser del Despacho del Director General y de la Secretaria General.
PARÁGRAFO. Actuará Como Secretario del Comité, con voz y sin voto, el Director de Talento Humano.
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
12 de octubre de 2007.
El Director General (E.),
CR. CARLOS E. MONTEALEGRE RODRÍGUEZ.
El Secretario General,
ANDRÉS FORERO LINARES.
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.